¿ Cuáles son los principales derechos que tiene la Madre trabajadora ?
Un resumen esencial ...
Permiso por Maternidad
Prohibiciones al empleador
Despido nulo
Discriminación remunerativa
¿ Cuáles son los principales derechos que tiene la Madre trabajadora ?
Un resumen esencial ...
Permiso por Maternidad
Prohibiciones al empleador
Despido nulo
Semana Mundial de la
LACTANCIA MATERNA
Del 01 al 07 de agosto de 2023 se celebra la Semana Mundial de la Lactancia Materna.
En nuestro ordenamiento legal, se cuentan con normas que establecen derechos laborales a favor de las madres trabajadoras en etapa de lactancia, tales como:
1. Implementación y uso de lactario en todo centro de trabajo en el que laboren por lo menos 20 mujeres en edad fértil (15 a 49 años) Base legal :Ley N° 29896 y Decreto Supremo N°023-2021-MIMP
2.01 hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que el hijo cumpla 01 año.
En caso de parto múltiple, el permiso por lactancia materna se incrementará 01 hora más al día. Dicho tiempo se considera efectivamente trabajado Base legal : Ley N° 27240 y Ley N° 27403
3. Subsidio de lactancia Otorgado por el EsSalud . En beneficio de recién nacido. hasta el 01 año de vida. Base legal :Ley N° 26790,Decreto Supremo N° 009-97-SA y Decreto Supremo Nº013-2019-TR
4.Protección contra el despido o no renovación de contrato en caso el cese sea por el embarazo, nacimiento o la lactancia . Base legal :Ley N° 30709 y Decreto Supremo N° 003-97-TR
5. Protección de trabajadoras en casos de violencia familiar Base legal : Ley N° 30364, Decreto Supremo N° 004-2020-MIMP
6.Preferencia por el teletrabajo en caso de trabajadoras gestantes y lactantes. Base legal : Ley N° 31572 y Decreto Supremo N° 002-2023-TR
7.Asignación familiar .El 10 % de la Remuneración mínima Vital . Base legal :Ley N° 30709 y Decreto Supremo N° 003-97-TR
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que los principales derechos de una madre en el trabajo son:
1. Acceder a un descanso pre- y posnatal,
2. Permiso de lactancia materna,
3. protección contra el despido y no renovación del contrato,
4. Igualdad salarial y
5. Uso del lactario institucional.
Vea también ..
[ Principales derechos de la Madre trabajadora ] Ingrese aqui
Congreso de la República
La sala cuna
En la Comisión de Trabajo y Seguridad Social
Al voto propuesta para implementar guarderías en el sector público y privado
congresista Sigrid Bazán Narro (CD-JP), presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, anunció que en la próxima sesión se votará el pedido de reconsideración a la votación del proyecto de ley, que propone establecer el acompañamiento al trabajador mediante la implementación del servicio de cuidado para hijos menores de tres años.
La propuesta de reconsideración fue planteada por la congresista Lucinda Vásquez Vela (BM), luego que el dictamen no alcanzó los votos necesarios para su aprobación. El resultado de la votación fue 9 en contra, 8 a favor y una abstención.
La iniciativa
Según la iniciativa legislativa, el servicio de cuidado de menores comprende a los empleadores del sector público o privado que cuentan con centros de trabajo con más de 300 trabajadores.
Para determinar el número de trabajadores se considera tanto a los trabajadores contratados directamente, como a los trabajadores destacados por empresas de intermediación laboral o de tercerización de servicios. No están comprendidos los micro y pequeños emprendimientos.
El cuidado infantil consiste en la atención integral del menor de edad.
Se entiende por atención integral, el conjunto de intervenciones vinculadas al desarrollo y aprendizaje infantil, cuidado de la salud y nutrición; así como las intervenciones con la familia, destinadas a asegurar el desarrollo motor, socioemocional, cognitivo, comunicativo y el bienestar del menor de edad
El trabajador de empresas tercerizadoras o de intermediación laboral accede al servicio de cuidado de la empresa principal o usuaria a la que es destacado, en iguales condiciones que los trabajadores de su propia planilla.
El Poder Ejecutivo dicta las normas y medidas para garantizar el cumplimiento de la atención integral, la implementación y equipamiento adecuados de los establecimientos donde se brinda el servicio de cuidado infantil y determinar el perfil mínimo del personal dedicado al cuidado infantil. Estos estándares no podrán ser mayores que los establecidos en el Programa Nacional Cuna Más.
Para recordar:
Hoy en día, si una mujer gestante se afilia a Essalud -sea como titular o por ser cónyuge o conviviente- su embarazo no sería cubierto por la seguridad social, porque la gestación se inició antes de la filiación.
Lo que se busca : La mujer gestante cuente con la cobertura de Essalud de manera inmediata, desde su afiliación, independientemente de que la concepción se dio antes o durante el periodo de afiliación.
En el Congreso..
El pleno del Congreso aprobó -con 107 votos a favor- el dictamen de insistencia de la autógrafa de la ley que permitirá que las mujeres gestantes afiliadas a Essalud tengan derecho a la cobertura inmediata.
La ley, será promulgada por la presidencia del Congreso de la República, modifica el artículo 10 de la Ley 26790 -Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud- a fin de que la mujer gestante cuente con la cobertura de Essalud de manera inmediata, desde su afiliación, independientemente de que la concepción se dio antes o durante el periodo de afiliación.
Lo que viene
La futura ley dispone que el Poder Ejecutivo adecuará el reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social (Ley 26790) en un plazo de 90 días contados a partir de la vigencia de la norma
¿ Cuáles son los principales derechos que tiene la Madre trabajadora ?
Un resumen esencial ...
Aplique la Legislacion Laboral Peruana
Fácil y comprensible...
Pregunta ...
¿En caso la trabajadora que no tenga derecho al subsidio por parte de EsSalud, puede, de todas formas, tener derecho al descanso pre y post natal?
El subsidio por maternidad
¿ Cuáles son los requisitos para adquiere el derecho al pago del subsidio por maternidad, a cargo de ESSALUD.?
Este derecho se adquiere cuando se cumpla las siguientes condiciones:
i) Que la trabajadora esté afiliada a ESSALUD en la fecha de concepción ,y
ii) Que a la fecha del parto tenga 03 meses de aportación consecutivos o 04 meses no consecutivos en un plazo de 06 meses anteriores a la fecha del parto.
Base legal : Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Permiso o Licencia por Maternidad
¿ Qué debe cumplir la madre trabajadora para gozar de este permiso ?
Para gozar de este derecho laboral debe :
a. Tener la condición de trabajadora gestante que labore de manera dependiente ( subordinada ) en la microempresa, pequeña, mediana y gran empresa ; y
b. Contar con el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) - Expedido por el EsSalud - ; o el Certificado Médico - Expedido por médico particular o el MINSA - , en el que conste la fecha probable de parto.
Base legal : Ley N° 26644, modificada por la Ley N° 30367.
¿ Que debe presentar al empleador para gozar de este derecho?
Debe presentar al empleador dicho Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) o el Certificado Médico , con lo cual estara expedito su derecho a la licencia para el goce del descanso pre natal y posnatal.
Entonces..
¿ El pago del subsidio por maternidad y el permiso por maternidad ( pre y post) , son independientes?
Si.
El derecho a la Licencia de goce del descanso pre natal y post natal, es un derecho independiente del ""derecho al subsidio"".
Descanso prenatal durante el trabajo remoto y presencial
¿ Que debe hacer el empleador, si la trabajadora solicita la postergacion del goce descanso prenatal en época del COVID-19?
Para recordar...
La madre trabajadora tiene derecho al goce de 49 días descanso prenatal( antes del parto) y 49 días por descanso post natal ( después del parto).
En tiempos de pandemia COVID-19
Trabajo presencial en local empresa: No es recomendable la postergacion del descanso prenatal
Trabajo remoto : Es factible su postergacion , con la opción de unirlo con el respectivo descanso post natal.
Lea también ....
Le interesa los derechos de la madre trabajadora...
Algunos documentos de interés
Lactarios en la empresa
Mujer trabajadora: derechos
Permiso hora lactancia
Sus derechos especiales ..
1. PROTECCIÓN ANTE SITUACIONES DE RIESGO:
Base legal: Ley N° 28048
La trabajadora gestante tiene derecho a que se reasignen labores que pongan en riesgo su salud o el desarrollo normal del embrión y/o el feto durante el periodo de gestación, previa certificación de su médico tratante y solicitud dirigida a su empleador.
Esta reasignación de labores no debe afectar los derechos laborales de la trabajadora gestante.
2 TRABAJO REMOTO DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA NACIONAL
Base legal: Ley N° 28048
Los empleadores deben identificar a las mujeres gestantes y madres lactantes cuya integridad o la de menor hijo/a sean puestas en peligro por las circunstancias que propiciaron el estado de emergencia nacional declarado por el Estado a consecuencia del COVID-19, con el fin de asignarles trabajo remoto de manera obligatoria.
Solo cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto, el empleador asignará labores compatibles con las funciones que originalmente realizaban, o en su defecto otorga preferentemente licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior.
Ver más información ...
Video
Principales obligaciones de empleador
Mujer trabajadora
Seguridad y salud en trabajo
Covid-19
Personal de riesgo
¿Las gestantes y madres lactantes deben realizar trabajo remoto o necesariamente trabajo presencial?
Durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria, el empleador debe identificar a las trabajadoras mujeres gestantes y madres lactantes para aplicar de forma obligatoria el trabajo remoto en el cumplimiento de sus actividades laborales.
Para cumplir ello el empleador podrá realizar la variación excepcional de funciones.
¿ Y si sus funciones no permiten el trabajo remoto?
Deberá apelatse a la licencia con goce de haber compensable.
==============
Catálogo manuales Legislacion laboral peruana 2021
================
Por excepción , también son computables para el calculo de la compensación por tiempo de servicios: a) Las inasistencias motivadas por : -...