Se está como al inicio.. Así, luego de que originalmente en el Congreso se rechazara ponerle ‘gradualidad’ a la Ley 32563, que da ‘grati’ y CTS para los trabajadores CAS, ahora se ha aprobado que esto quede en las manos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) nuevamente.
Un aguinaldo es igual a una grati CAS.. El pago seguirá siendo de mínimo S/300, pero ahora el Ejecutivo definirá las "disposiciones complementarias para el pago proporcional“.
Ya no será 100 % ¿Cómo quedan las gratificaciones entonces? La Ley del crédito suplementario dispone que este año se pague a los trabajadores CAS (tentativamente empieza este julio, aunque no lo menciona el crédito) la gratificación a un monto de S/300.
S/300 en veremos .. Para llegar a este monto, el MEF aplicaría un “pago proporcional” con nuevas disposiciones complementarias.
Es decir, que se dará una especie de gradualidad (ya lo había propuesto el MEF) para que se llegue al monto del 100% en unos años.
Falta publicar en el Peruano.. Sin embargo, primero se debe promulgar la Ley del crédito suplementario.
MEF apruebe un decreto supremo con estas disposiciones para aplicar la Ley 32563
Esa formula era mentira .. La Ley del crédito suplementario no se aprobó con una ‘fórmula’ de implementación de las gratificaciones para los trabajadores CAS, sino más bien con una medida para que el MEF defina esta aplicación.
Para la implementación de las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, así como de la Compensación por Tiempo de Servicios del personal sujeto al Decreto Legislativo 1057, aprobado mediante la Ley 32563, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, se establece el procedimiento de implementación para cada año fiscal, la forma y base de cálculo, las condiciones, requisitos y demás disposiciones necesarias para su otorgamiento.
Es decisión del MEF en monto a pagar .. Es decir, se deja en manos del MEF nuevamente su aplicación. Pero también abre el espacio para que la entidad vuelva a buscar la progresividad de la medida.
Se resalta que también el MEF establecerá “las disposiciones complementarias para el pago proporcional y trunco de los referidos conceptos, de corresponder, sujeto a la disponibilidad presupuestal y respetando los principios de equilibrio y programación multianual, las reglas macrofiscales y las reglas para la estabilidad presupuestaria para cada año fiscal."

