El 01 de mayo es feriado nacional obligatorio en Perú por el Día del Trabajo, según el Decreto Legislativo 713.
Es un día de descanso remunerado para trabajadores públicos y privados, sin obligación de laborar, con goce de sueldo. Si se trabaja, corresponde pago doble o triple.
Tipo de feriado: Feriado nacional oficial.
Aplicación: Sector público y privado.
Pago si no se trabaja: El trabajador recibe su remuneración ordinaria sin prestar servicios.
Pago si se trabaja: Si el trabajador labora el 1 de mayo sin descanso sustitutorio, tiene derecho al pago del día feriado, más la remuneración por el trabajo realizado, más una sobretasa del 100% (triple pago
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