El proyecto del noveno retiro de AFP es presentado por Américo Gonza de Perú Libre.
Se trataría de, un nuevo acceso libre de hasta 4 UIT (S/22.000) para todos los afiliados sin excepción.
Ahora en esta propuesta tiene una medida más.
“En caso de fallecimiento del aportante o afiliado, el Sistema Privado de Pensiones a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), efectúa la devolución total de los fondos más las ganancias generadas a la fecha, a los familiares directos o beneficiarios legales”..
¿Cuál es la justificación ? Los retiros de AFP anteriores estuvieron justificados en la recesión del Perú en 2023, en los efectos de esta el 2024 y, en general, en el elevado costo de vida.
Ahora, la justificación va en términos similares.
“La presente Ley tiene por finalidad que los afiliados puedan disponer de sus fondos para mitigar los efectos del incremento del costo de vida y la desaceleración económica”.
Pero dentro de la propuesta hay más que se detalla. “Las AFPs han demostrado ganancias considerables (...) con fluctuaciones que llegan hasta un 12% en ganancias anuales, lo que se traduce en millones de ingresos acumulados anualmente.
Sin embargo, en contraste, los afiliados han experimentado porcentajes negativos en sus inversiones, como se refleja en la rentabilidad nominal anualizada de febrero 2022- 2024, que oscila entre -0.02% y - 1.77%”
El procedimiento de retiro El procedimiento de acceso a los fondos será, como en el séptimo y octavo retiro, el siguiente:
-Los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro, de manera física o virtual, ante la AFP en la que se encuentren administrados sus fondos pensionarios
-Podrán retirar hasta un monto de 4 UIT. Para 2026 esto es de S/22.000
-Los afiliados solicitantes podrán recibir un monto de hasta una UIT cada 30 días calendario, con el primer depósito se efectuará a los 30 días calendario de presentada la solicitud ante la Administradora de Fondos de Pensiones a la que se encuentren afiliados.
Devolución total para herederos Pero esta propuesta además de proponer el acceso libre para afiliados al Sistema Privado de Pensiones, también supondrá un beneficio para los herederos en caso de que el afiliado fallezca.
En caso de fallecimiento del aportante o afiliado, el Sistema Privado de Pensiones a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), efectúa la devolución total de los fondos más las ganancias generadas a la fecha, a los familiares directos o beneficiarios legales, previa presentación de la solicitud correspondiente en cualquier mes del año”.
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