Gerente de Recursos Humanos como miembro Comité intervención Hostigamiento sexual

 

¿Se vulnera el debido proceso o el principio de imparcialidad si un miembro del Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual se desempeña a su vez como Gerente de Recursos Humanos y despide al trabajador? 

La Corte Suprema, en la Casación 30342-2024 Lima, ha establecido que ello no vulnera el debido proceso ni el principio de imparcialidad.

Porque el Reglamento de la Ley N.º 27942 prevé que un representante de Recursos Humanos forme parte del Comité de Intervención.

Solo propone.. Además, dicho Comité únicamente investiga los hechos y recomienda una sanción.

Mientras que la Oficina de Recursos Humanos es la encargada de imponerla. 

En consecuencia, la participación del Gerente de Recursos Humanos en ambas actuaciones no invalida el procedimiento disciplinario ni el despido.

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Casación 30342-2024 Lima



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