Incumplimiento de la jornada trabajo..

 

Un trabajador tiene un horario de lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m.

Pero casi todos los días llega a las 8:30 a.m. y se retira a las 5:30 p.m.

El trabajador justifica su comportamiento asi:

Como siempre llego media hora antes,me voy media hora antes, igual cumplomis 8 horas diarias (descontando el refrigerio)”.

¿ Es válido  este comportamiento?

Respuesta 

No.

El trabajador está incumpliendo su jornada  de Trabajo  ( 08 horas ). El tiempo  de refrigerio  no forma parte de la jornada. 

El llegar antes  , no tiene validez legal para alterar  el horario  de salida   de la empresa. 

El empleador  debe aplicar  medida  disciplinaria correctiva.

El que establece  el horario  de trabajo  es el empleador no el trabajador...


Boletin  Laboral en Perú.
 Jueves 19 Marzo 2026
Resumen Contenido ...
¿ Cómo  recibo todos los días el Boletin Laboral  en Perú  Actualizate  ?  Revise aqui




Vea tambien ...