Congreso Resucita proyecto que modifica licencia por paternidad y fue observado por el Ejecutivo...

 

El Congreso bicameral volverá a evaluar el proyecto de ley que ya había sido aprobado en el 2024 ... pero fue observado por el Ejecutivo de aquel momento. 

Se buscará nuevamente ampliar el periodo de licencia por paternidad y proteger al padre trabajador contra el despido. 

Para recordar..

HISTORIA DEL PROYECTO DE LEY Nº 1330

*ETAPA 1 - ORIGEN*                                                       *8 de marzo de 2022:* El congresista Víctor Flores Ruiz presenta el PL 1330/2021-CR, "Ley Que Protege al Niño por Nacer, a la Mujer Embarazada y en Periodo de Lactancia". Era el primer intento para que el esposo/conviviente de una gestante no trabajadora no pueda ser despedido...


*ETAPA 2 - ACUMULACIÓN*  *2022-2023:* Se acumula con otros 7 proyectos: 1934/2021-CR, 2127/2021-CR, 2890/2022-CR, 2948/2022-CR, 3317/2022-CR, 4312/2022-CR y 3514/2022-CR. 

Ya no es solo embarazo, ahora es un paquete de paternidad + maternidad + adopción


*ETAPA 3 - IDA Y VUELTA EN COMISIÓN*             *13 de diciembre de 2023:* El Pleno lo debate, pero una cuestión previa lo devuelve a Comisión de Trabajo para mayor análisis.

*Febrero 2024:* La Comisión de Trabajo ratifica el dictamen por 9 votos a favor y 2 abstenciones y lo deja listo para Pleno en marzo 2024

*ETAPA 4 - APROBACIÓN EN PLENO*                    *13 de marzo de 2024:* Pleno del Congreso aprueba el texto sustitutorio con 101 votos a favor, 5 en contra y 1 abstención. 

Se exonera de segunda votación.

Contenido aprobado:                                         - Paternidad de 10 a 15 días, y de 20 a 25 días si es prematuro o múltiple

- Los 5 días extra los paga EsSalud

- Licencia por adopción: si ambos cónyuges/convivientes trabajan para el mismo empleador, les corresponde a ambos, no solo a la mujer .


ETAPA 5 - RECONSIDERACIÓN                              *17 de abril de 2024:* Pasión Dávila, presidente de Comisión de Trabajo, presenta reconsideración porque la autógrafa omitió a los trabajadores de distintos empleadores en el tema de adopción. 

La autógrafa no se envía aún a Palacio


ETAPA 6 .- OBSERVACIÓN DEL EJECUTIVO    Mediados año 2024 : Ya co la autógrafa enviada,  el Ejecutivo observa el PL 1330 , tras haber sido aprobado por el Pleno .

El Proyecto  vuelve al Congreso.  

*¿Quiénes estaban en el poder cuando se observó?*    - *Presidenta de la República:* Dina Boluarte Zegarra. Ella firma la observación. 

Es la observación de abril-mayo 2024.

- *Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo:* *Daniel Ysau Maurate Romero*. Fue nombrado Ministro con Resolución Suprema Nº 070-2024-PCM el 6 de marzo de 2024 y era el titular en abril 2024 cuando se observó.

*¿Por qué el Ejecutivo observa el PL 1330? El texto oficial de la observación (mayo 2024) tiene 2 motivos principales y un informe técnico del MTPE detrás:

*Motivo 1: Desnaturalización de la protección a la mujer                                           > "Extender la protección contra el despido al padre desvirtúa la esencia de la protección especial otorgada a las trabajadoras gestantes o lactantes. 

La discriminación laboral por embarazo es un problema específico que afecta a las mujeres, por lo que incluir a los padres en esta protección podría desnaturalizar el objetivo inicial".

El Ejecutivo decía que la protección contra despido fue creada para mujeres, no para padres.

*Motivo 2: Impacto económico no justificado*                                                             > "No se ha presentado una justificación clara respecto al impacto económico que la implementación de los permisos propuestos podría tener para los empleadores. Falta información... temen que la ley imponga costos adicionales sin un análisis profundo, en especial para las pequeñas y medianas empresas" 

*¿Qué decía el Informe Técnico del MTPE que pesó en la decisión?*  Fue elaborado por la Dirección General de Trabajo del MTPE. Decía:       1. El proyecto carece de evaluación económica de viabilidad, debe prever efectos sobre todos los actores.

2. Debe considerarse el mercado laboral peruano real: tasa de desempleo, informalidad, bajo nivel de cualificación y predominio de MYPE.

3. Estamos en post-pandemia COVID-19, con medidas restrictivas que afectaron el crecimiento y a sectores productivos. Las MYPE están en especial situación de vulnerabilidad y no se evaluó el impacto de más días de licencia sobre ellas.

4. No se coordinó con MEF, que debía opinar por el impacto en planilla estatal. 

 Del informe técnico  del ministerio Trabajo  que sustenta  la observación  del Ejecutivo  Hay 2 informes, no uno. 

*1. El informe inicial cuando el proyecto nace:*  Es el *Informe N° 160-2022-MTPE/2/14.1* de fecha *13 de mayo de 2022*.

- Emitido por: Kenny Díaz Roncal, Director de Normativa de Trabajo

- Dirigido a: Juan Mariano Navarro Pando, Director General de Trabajo

- Asunto: Opinión técnica del Proyecto de Ley N° 1330/2021-CR “Ley que protege al niño por nacer, a la mujer embarazada y en periodo de lactancia” 

Ese informe en 2022 ya advertía que no había sustento económico y que no se había considerado el impacto en MYPE e informalidad.    Es la base técnica original.

*2. El informe que sustenta la OBSERVACIÓN del Ejecutivo en 2024:*  Cuando la autógrafa llega a Palacio el *17 de junio de 2024* y tenía plazo hasta el *8 de julio de 2024* para ser observada o promulgada, el Ejecutivo arma un informe conjunto: 

- *MTPE:* Reitera el informe 160-2022 y añade nuevo informe de la Dirección General de Trabajo diciendo que la medida deteriora la competitividad y complejidad de contratación, y que EsSalud está en déficit financiero por lo que no puede asumir los 5 días extra.

- *MEF y EsSalud:* Emiten opinión desfavorable por impacto fiscal no sustentado: "no se ha presentado una justificación clara respecto al impacto económico... en especial para las pequeñas y medianas empresas" y "ausencia de un estudio actualizado que avale la sostenibilidad financiera de esta nueva prestación económica".

Es decir, *el Informe N° 160-2022 es el que originó la posición del MTPE*, y esa misma posición fue la que el Ejecutivo usó en julio 2024 para observar la autógrafa, sumando el informe de EsSalud sobre el déficit.

Algo  más.. Informe negativo del MTPE,  EsSalud  y MEF : sustento técnico   Memorándum 001544-2024-MTPE/2/14.

Se armo un   expediente con 2 piezas:

*1. El informe madre, el que origina todo:*

*Informe N° 160-2022-MTPE/2/14.1 del 13 de mayo de 2022*   Emitido por Kenny Díaz Roncal, Director de Normativa de Trabajo. 

Es la primera opinión técnica del MTPE sobre el PL 1330.

*2. El informe que sustenta la OBSERVACIÓN del Ejecutivo en 2024. Es el *Memorándum N° 001544-2024-MTPE/2/14*, emitido por la Dirección General de Trabajo, que adjunta y hace suyo el nuevo informe técnico de 2024.

Ese Memorándum es el que cita la autógrafa observada y es donde el MTPE dice textualmente lo que luego el Ejecutivo copia en su observación:

> "Estas medidas deterioran la competitividad del país en el ámbito laboral" 

> "El costo de los 5 días adicionales a ser asumido por EsSalud... expresa preocupación sobre la incidencia económica para una entidad en déficit financiero. 

Además, se destaca la ausencia de un estudio actualizado que avale la sostenibilidad financiera de esta nueva prestación económica"

Ese Memorándum 001544-2024 es el que además viene acompañado de:

- Informe de EsSalud sobre déficit financiero

- Informe del MEF

Los 3 informes juntos forman la *Observación del Ejecutivo de fecha 8 de julio de 2024* firmada por Dina Boluarte y Daniel Maurate.

*ETAPA 7 - INSISTENCIA QUE NO LLEGA A PLENO*
*2025:* Tras retornar al Congreso, la iniciativa es aprobada por insistencia en la Comisión de Trabajo en el 2025. 
No volvió a debatirse en el Pleno y quedó en el olvido. 

*ETAPA 8 - RESURRECCIÓN - LO ACTUAL*
*Septiembre 2026:* Con el nuevo Congreso bicameral, deciden volver a presentar el mismo proyecto bajo la fórmula de "actualización", ahora como *PL N° 295*

Estado actual: En las próximas semanas seguirá evaluación y votación, primero en Cámara de Diputados y de ser aprobada, pasaría a Cámara de Senadores. 

Medidas del PL 295 vigente:
1. Paternidad 15 días / 25 días casos especiales, 5 días subsidiados por EsSalud

2. Nulidad de despido del padre desde que comunica embarazo hasta que hijo cumpla 1 año, si madre no tiene vínculo laboral

3. Adopción: extiende beneficio al padre cuando ambos laboran para el mismo empleador .


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