Aunque se firme un contrato de "servicios independientes" y emita recibos por honorarios, el juez puede decir que en realidad se tuvo un contrato de trabajo.
¿Cómo lo decide el juez?
Vea si en la práctica existía Subordinación*. O sea:
1. Se tenia horario fijo: Ingresa y sale a la misma hora que los demás trabajadores.
2. *Recibe órdenes*: Su jefe le decía qué hacer, cómo hacerlo y le supervisaba.
3. *No era libre*: No podía enviar mandar a otra persona en su lugar ni rechazar tareas sin problema.
Si se tiene pruebas de eso - mensajes de WhatsApp, correos, fotos del reloj de asistencia, testigos - puede dar motivo de reclamo.
*Esto se llama Principio de Primacía de la Realidad*
Para el Derecho Laboral peruano vale más lo que pasa en el día a día que lo que dice el papel.
Si en la realidad se trabajaba como empleado, lo tratan como empleado.
*Fuente legal*: Casación Laboral N° 9374-2012 Arequipa.
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