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Reconocimiento de aportes pensiones en juicios por reposición y vínculo laboral.

  

Proponen que jueces reconozcan aportes previsionales en sentencias que confirmen vínculo laboral o reposición del trabajador

Proyecto  : PL 10594/2024-CR

Autor :Congresista Sigrid Bazán Narro (Bloque Democrático Popular)

Propuesta : Propone garantizar el reconocimiento de los aportes previsionales a favor de los trabajadores que obtengan una sentencia favorable por despido arbitrario o reconocimiento de vínculo laboral. 

Su objetivo es proteger el derecho a una pensión, un reclamo frecuente en los procesos laborales de los últimos años.

El PL 10594/2024-CR establece que, cuando una sentencia reconozca que el trabajador tenía una relación laboral y que fue despedido injustificadamente, se deberán calcular y reconocer los aportes a la seguridad social que debieron haberse realizado durante el periodo trabajado.

 Esto permitirá que los trabajadores accedan a su pensión sin trabas, incluso si los aportes nunca fueron efectivamente depositados.

En la actualidad, muchos trabajadores que logran demostrar su vínculo laboral en juicio ven limitados sus derechos previsionales, pues no se reconoce el tiempo de aportes que les corresponde.

La propuesta legislativa busca corregir esta situación.

Modificación.. Se modifica  el artículo 31 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para que los jueces tengan la facultad de ordenar el reconocimiento de los aportes previsionales, incluso si no fueron solicitados expresamente en la demanda.

Texto propuesta normativa,
PL 10594/2024-CR

(..)

Artículo 3.- Modificación del artículo 31 de la Ley N° 29497

Se modifica el artículo 31 de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, que queda redactado con el texto siguiente:

«El juez recoge los fundamentos de hecho y de derecho esenciales para motivar su decisión. La existencia de hechos admitidos no enerva la necesidad de fundamentar la sentencia en derecho.

La sentencia se pronuncia sobre todas las articulaciones o medios de defensa propuestos por las partes y sobre la demanda, en caso de que la declare fundada total o parcialmente, indicando los derechos reconocidos, así como las prestaciones que debe cumplir el demandado. Si la prestación ordenada es de dar una suma de dinero, la misma debe estar indicada en monto líquido. El juez puede disponer el pago de sumas mayores a las demandadas o el reconocimiento de los aportes previsionales, de corresponder, si apareciere error en el cálculo de los derechos demandados o error en la invocación de las normas aplicables, o la sentencia disponga el reconocimiento del vínculo laboral y/o la reposición del demandante.

Tratándose de pretensiones con pluralidad de demandantes o demandados, el juez debe pronunciarse expresamente por los derechos y obligaciones concretos que corresponda a cada uno de ellos.

El pago de los intereses legales; los aportes previsionales en las demandas de reconocimiento de vínculo laboral y/o reposición; y la condena en costos y costas no requieren ser demandados. Su cuantía o modo de liquidación es de expreso pronunciamiento en la sentencia».

(..)

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¿ Que es el daño moral?

 

¿ Que es el daño moral?

Al despedir  a un trabajador
 en forma arbitraria, 
 psicológicamente deprime 
al afectado,  lo cual es objeto  
de lndemnizacion en lo laboral .

indemnización por daños y perjuicios .
Exigencia  de pruebas del daño..

El daño moral es aquel que afecta el aspecto sentimental o autoestima del dañado, es el llamado “dolor interno” por la lesión o sentimiento socialmente dignos y legítimos.

Pero .. es indispensable demostrar su existencia con pruebas contundentes y verificables.

Fuente :Casación Laboral N° 6329-2023 Callao,   Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria

¿ Que es el daño moral?

Del  caso: Un trabajador despedido de una empresa papelera tras haber obtenido en primera instancia una sentencia favorable de indemnización por despido arbitrario, interpone una demanda solicitando a aquella empresa el pago de una indemnización por daños y perjuicios en la modalidad de lucro cesante y daño moral.

Por haber sido despedido de forma arbitraria más el pago de intereses, costas y costos del proceso.

El Juzgado de Trabajo   El juzgado de Trabajo que conoció esa nueva demanda la declaró fundada en parte. Se ordeno que la empresa papelera demandada pague al demandante 10,000 soles por concepto de daño moral. 

A criterio de este órgano jurisdiccional, en el proceso judicial llevado entre las mismas partes, se determinó la existencia de un despido arbitrario; lo que evidencia la afectación del derecho al trabajo del demandante. Situación que además implica una a aflicción y preocupación en el demandante, al verse desprovisto de trabajo de forma abrupta, por lo que sí le corresponde el pago por daño moral más no por lucro cesante.

Apelación.. En apelación la sala laboral superior confirmó en parte esa decisión de primera instancia judicial; revocando la sentencia que declara fundado el extremo de daño moral.

Recurso  de Casación   Ante ello, el trabajador despedido interpone recurso de casación laboral, alegando que el colegiado superior al emitir su sentencia incurrió en infracción normativa.

¿ Que es el daño moral?
Sala Suprema ..  Corte Suprema resolvió declarar infundado el recurso de casación laboral interpuesto por el trabajador, ratificando así la decisión de la instancia superior y consolidando el criterio de que la mera invocación de un daño no basta para generar derecho a una indemnización.

Sino que es indispensable demostrar su existencia con pruebas contundentes y verificables.

De interés..
Carta de Sunafil fiscaliza contratación Asistenta Social colegiada .

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Sunafil viene fiscalizando
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 designación de asistenta
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Despido durante goce descanso vacacional anual

 

Despido  durante descanso  vacacional

¿Si estás gozando tus vacaciones y te dicen que ya no seguirás laborando sin terminar de gozar de tus 30 días de vacaciones ?.¿ Es válido?

No menciona  el motivo que utiliza  la empresa para dar por terminado  la relación laboral. 

Supuestos

1. Termino de contrato durante  descanso vacacional : Si el contrato  concluye dentro del periodo  de vacaciones. 

No es válido  aplicar el cese por termino de contrato  , pues tácitamente  el empleador  a realizado una ampliación  a su vigencia. 

En este caso , el contrato  de trabajo  se ha convertido  en indeterminado. 

¿ Por qué se ha convertido  en indeterminado?

Por que la relación laboral  continua  vigente,  después de  la  fecha pactada como termino .

 El contrato  se ha desnaturalizado.

¿ A que se llama desnaturalización de los contratos sujetos a modalidad?

Cuando los contratos pierden su razón de ser , debido a diversas acciones del empleador, sancionados en la ley.

 Esto hace que los contratos de trabajo sujetos a modalidad se considerarán como de duración indeterminada

Sustento Legal

Los contratos de trabajo sujetos a modalidad se considerarán como de duración indeterminada:

Si el trabajador continúa laborando después de la fecha vencimiento del plazo estipulado, o después de las prórrogas pactadas, si estas exceden del límite máximo permitido;

Base legal  : D.S. 003 -97-TR  art 77 , inc a)

Despido durante  vacaciones

2. Por falta grave: El empleador  debe iniciar  un  proceso de despido . No es inmediato el cese .

Despido durante descanso vacacional

Ricardo Candela  Actualizate Laboral


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Computo indemnización despidió arbitrario en la CTS

 

¿La indemnizacion por despido arbitrario es computable para el calculo de CTS? 

No, porque la indemnizacion no tiene naturaleza remunerativa.


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¿Como se calcula la Indemnización por despido arbitrario?

 


La indemnización por despido arbitrario se calcula tomando la remuneración del trabajador y el tiempo trabajado.


Para saber mas  : Según se este por contrato a tiempo  indefinido o un contrato  a plazo fijo ( sujeto  a modalidad ), se debe considerar  ciertas particulares 


1.Contrato  a tiempo indefinido   : La remuneracion mensual se multiplica por 1.5 y los años de servicios prestado.

Por ejemplo: un trabajador ganaba S/2,400 mensuales y trabajó por 2 años. 

Por tanto, deberá recibir una indemnización de S/7,200


2. Contrato a plazo fijo : En caso de un contrato a plazo fijo donde se ha producido el despido antes de cumplirse el plazo, se toma en cuenta el tiempo dejado de trabajar para el cálculo.

La remuneración mensual se multiplica por 1.5 y luego por los meses que se ha dejado de trabajar. 

Por ejemplo: un trabajador recibía S/ 2,000 mensuales y fue despedido faltando 6 meses para culminar su contrato.

 Por tanto, su indemnización será de S/18,000

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Establecen reglas para determinar la indemnización por despido arbitrario

 Despido  arbitrario 

Fuente : Cas. Lab. 02885-2018, Callao


El artículo 38º del Decreto Supremo número 003-97-TR contiene dos reglas para la determinación de la indemnización por despido arbitrario:

 (i) Para el caso de los trabajadores con menos de 08 años completos de servicios la indemnización por despido arbitrario estará en función a cada año de servicios a razón de una (1) remuneración y media (½), las fracciones de año se abonan por dozavos y treintavos y; 


(ii) para el caso de trabajadores que tengan 8 años de servicios completos a más la indemnización por despido arbitrario será de 12 remuneraciones mensuales percibidas por el trabajador al momento del despido, conforme al artículo 55º del Decreto Supremo número 001-96-TR, Ley de Fomento al Empleo





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