Dictan normas relativas a la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y a la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta respecto del impuesto a la renta por rentas de cuarta categoria correspondiente al Ejercicio gravable 2012
Publicado : 31/12/2011
Vigencia : 02/01/2012
Las personas que reciben rentas de cuarta categoria ( Independientes ) , podran solicitar la suspensión de los pagos a cuenta y retenciones por el año 2012.
Al mes
Si haciendo sus proyecciones usted ganara menos de S/ 2,661.00 , puede realizar el tramite respectivo .
Si en algún momento supera los S/ 2,661.00 al mes debe declarar y efectuar el pago a cuenta y permitir las retenciones del caso.
La solicitud de suspensión queda inhabilitada.
Al año
Si proyecta sus ingresos por el año 2012 y es menos de S/ 31.938.00 , puede realizar el tramite respectivo.
Si en algún momento del año supera los S/31,938.00 debe declarar y efectuar el pago a cuenta y permitir las retenciones del caso.
La solicitud de suspensión queda inhabilitada.
No obligadas a realizar el tramite
Las personas que emitan recibos por honorarios por un monto igual o inferior a S/ 1,500.00
Dichas personas tampoco estan afectas a la retención del 10 % en cada recibo y tampoco de pagos a cuenta.
Tramite virtual
Para solicitar dicha suspensión debe realizar lo siguiente :
1.- Ingrese a http://www.sunat.gob.pe/
2.- Elija opciónes " sin clave sol "
3.- Seleccione opción : " Solicitud de suspensión de retenciones y pagos a cuenta de cuarta categoria - formulario 1609"
4.- Completar los datos solicitados
5.- El sistema le emitira una constancia . Esta puede enviar via correo a su cuenta personal.
Importante : La constancia tiene validez a partir del dia siguiente de su emisión
Para solicitar dicha suspensión debe realizar lo siguiente :
1.- Ingrese a http://www.sunat.gob.pe/
2.- Elija opciónes " sin clave sol "
3.- Seleccione opción : " Solicitud de suspensión de retenciones y pagos a cuenta de cuarta categoria - formulario 1609"
4.- Completar los datos solicitados
5.- El sistema le emitira una constancia . Esta puede enviar via correo a su cuenta personal.
Importante : La constancia tiene validez a partir del dia siguiente de su emisión
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ResponderEliminarmuy buena tu explicación, ahora tengo una duda, para el presente año no he superado los los S/ 31.938.00 , pero veo que para tramitar mi suspensión del año 2013 ya superaré ese monto!! ¿como es el tramite de declaración? y el de ¿retención? en mi recibo me sale un recuadro q sería el 10%, actualmente el monto es S/. 0.00 porque tengo la autorización de suspensión.
ResponderEliminarPero para el próximo año como sería? Si gano S/. 2700.00 me descontarian S/. 270.00 a parte de la AFP ?? y esos S/. 270.00 mensuales que al año serían S/. 3240.00 todo se lo queda la sunat?? Me parece un abuso.