Al despedir a un trabajador
en forma arbitraria,
psicológicamente deprime
al afectado, lo cual es objeto
de lndemnizacion en lo laboral .
indemnización por daños y perjuicios .
Exigencia de pruebas del daño..
El daño moral es aquel que afecta el aspecto sentimental o autoestima del dañado, es el llamado “dolor interno” por la lesión o sentimiento socialmente dignos y legítimos.
Pero .. es indispensable demostrar su existencia con pruebas contundentes y verificables.
Fuente :Casación Laboral N° 6329-2023 Callao, Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Del caso: Un trabajador despedido de una empresa papelera tras haber obtenido en primera instancia una sentencia favorable de indemnización por despido arbitrario, interpone una demanda solicitando a aquella empresa el pago de una indemnización por daños y perjuicios en la modalidad de lucro cesante y daño moral.
Por haber sido despedido de forma arbitraria más el pago de intereses, costas y costos del proceso.
El Juzgado de Trabajo El juzgado de Trabajo que conoció esa nueva demanda la declaró fundada en parte. Se ordeno que la empresa papelera demandada pague al demandante 10,000 soles por concepto de daño moral.
A criterio de este órgano jurisdiccional, en el proceso judicial llevado entre las mismas partes, se determinó la existencia de un despido arbitrario; lo que evidencia la afectación del derecho al trabajo del demandante. Situación que además implica una a aflicción y preocupación en el demandante, al verse desprovisto de trabajo de forma abrupta, por lo que sí le corresponde el pago por daño moral más no por lucro cesante.
Apelación.. En apelación la sala laboral superior confirmó en parte esa decisión de primera instancia judicial; revocando la sentencia que declara fundado el extremo de daño moral.
Recurso de Casación Ante ello, el trabajador despedido interpone recurso de casación laboral, alegando que el colegiado superior al emitir su sentencia incurrió en infracción normativa.
Sala Suprema .. Corte Suprema resolvió declarar infundado el recurso de casación laboral interpuesto por el trabajador, ratificando así la decisión de la instancia superior y consolidando el criterio de que la mera invocación de un daño no basta para generar derecho a una indemnización.Sino que es indispensable demostrar su existencia con pruebas contundentes y verificables.