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¿Qué condiciones deben cumplirse para que se presente el despido nulo?

 Despido nulo en el Perú 


El despido  nulo afecta  los derechos  fundamentales  de la persona. 



Revista  Laboral  Actualizate 


¿Qué condiciones deben cumplirse para que se presente el despido nulo?

 Termino relación  laboral 

El despido por actos de discriminación 

El despido nulo se presenta  cuando el empleador sustenta el motivo del cese  en una causa ilícita ( sin sustentó legal ) lesionando derechos fundamentales de  la persona.

Por ejemplo  : despido por embarazo , lesiona el derecho fundamental  de la vida .

Por ejemplo  : Despido por afiliación  a un sindicato.  Lesiona el derecho  fundamental  de asociación  laboral. 


Por lo tanto .. " No se trata de un despido sin causa que la justifique, .... sino de un despido que tiene una causa, pero que no es legítima porque lesiona derechos fundamentales de la persona"


La protección contra el despido nulo

La legislación nacional otorga protección para ciertos hechos practicados por el empleador, como una forma de salvaguardar los derechos de los trabajadores que se encuentren inmersos en ciertas actividades particulares; en consecuencia, ha dispuesto que solo se presentan la nulidad de despido cuando se aplique  los supuestos señalados en el artículo 29 del D.S. 003-97-TR.


Supuestos de despido nulo .

 Entre estos supuestos  ,  se encuentran :

- El despido promovido por afiliación a un sindicato,

- La participación en actividades sindicales, 

- Ser candidato a representante de los trabajadores,

-  Actuar o haber actuado en esa calidad representante de los trabajadores,

- Porque el trabajador presenta una queja o participa en un proceso contra el empleador ante las autoridades competentes.


Entonces...

¿ Cuándo estamos frente  a un despido  nulo ?

El Trabajador  debe demostrar   que el despido está precedido de actitudes o conductas del empleador que evidencien el propósito de limitar  sus derechos  fundamentales  como persona  , por ejemplo  el derecho a la afiliación sindical.”

Fuente  : Cas. Lab. 3736-2018, Callao de 17-3-21



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