A 25 Junio 2026
Fuente : Corte Suprema Casación Laboral N° 11090-2023 La Libertad.
Detalles.. Trabajador sector público, bajo régimen laboral Privado ( 728)
Se estableció que los trabajadores estatales contratados bajo el régimen laboral privado que sufran un despido nulo, que no hayan ingresado por concurso público, podrán ser repuestos de manera transitoria.
Reposición laboral Transitoria.. Esta decisión determina que el retorno laboral durará solo hasta que la plaza correspondiente sea sometida a un concurso de méritos.
Si el Trabajador repuesto decide no postular oportunamente o no gana dicha convocatoria, el vínculo laboral con el Estado se extinguirá definitivamente.


No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas