Normas Laborales Miércoles 08 Julio 2026

 





Martes 07 Julio 2026
Edición extraordinaria

Sector Público  : Escala remunerativa (IPEN),(INGEMMET)   LEY N° 32718
Fecha: 07/07/2026 Edición Extraordinaria
Ley que autoriza una nueva escala remunerativa para los trabajadores del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) y del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET) que se encuentran bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728 Ley de Fomento del Empleo

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Resumen :  Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, en un plazo no mayor de 30 calendario contados desde el 08 Julio  2026, realice el estudio técnico , a efectos de plantear la nueva escala remunerativa , servidores régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo.

- Si vencido el plazo establecido y no se hubiera realizado el estudio técnico, se autoriza al IPEN y al INGEMMET a presentar al Ministerio de Economía y Finanzas un estudio técnico para que sea aprobado .

- Aprobación de la nueva escala remunerativa
Concluido el estudio técnico  y en un plazo no mayor de 30 días calendario contados desde la presentación de dicho estudio, se procede con la aprobación de la nueva escala remunerativa para los trabajadores del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) y del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo.

-La nueva escala remunerativa es aprobada mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas.


Miércoles 08 Julio 2026

Sector  Salud  : reasignación personal profesional y técnico 
LEY N° 32719

Fecha: 08/07/2026
Ley que modifica la Ley 31553 reasignación gradual y progresiva de los profesionales de la salud y personal técnico y auxiliar asistencial del Ministerio De Salud sus organismos públicos GERESAS y DIRESAS de los Gobiernos Regionales y otras entidades comprendidos en el Decreto Legislativo 1153
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Resumen  :   Para servidores que se encuentren en condición de destacados en la entidad de salud de destino ,durante un periodo continuo no menor de un año o discontinuo mayor de dos años, al 31 de julio de 2025.

La reasignación se ejecutará a las plazas vacantes producidas anualmente por orden de prelación de antigüedad en un plazo no mayor de dos años calendario.

Descanso sentado  :LEY N° 32721
Fecha: 08/07/2026
Ley que garantiza el derecho al descanso sentado y alternancia de la postura en los centros de trabajo.
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Reglamento.: En un plazo no mayor de 180 calendario contados desde 09 Julio 2026

Adecuación de reglamentos internos : Las empresas adecúan sus reglamentos internos de seguridad y salud en el trabajo dentro de un plazo máximo de 360 días calendario, contados desde 09 Julio 2026.

Resumen: Se priorizan algunos
Sectores .
Nuevas obligaciones del empleador:
a) Proveer a los trabajadores sillas o asientos con respaldo y condiciones ergonómicas mínimas que permitan la alternancia de postura de pie y sentado.

b) Garantizar la alternancia de la postura de pie y sentado o periodos de descanso sentado en función de la naturaleza de las labores, conforme al diagnóstico de riesgos ergonómicos. 
Los descansos forman parte de la jornada de trabajo.

c) Incorporar en el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo las disposiciones sobre descanso sentado y ubicación de sillas.

d) Verificar el cumplimiento de las medidas de control asociadas a los riesgos por realizar labores de pie de manera prolongada, con la participación del comité de seguridad y salud en el trabajo o supervisor de seguridad y salud en el trabajo, y la asesoría del servicio de seguridad y salud en el trabajo.

Excepciones
Las obligaciones no son exigibles en aquellos puestos de trabajo donde:
a) La posición de pie sea inherente a la actividad, como el caso de operarios en líneas de producción industrial, personal de campo agrícola, técnicos de mantenimiento en actividad, entre otros que establezca el reglamento.

b) Exista un riesgo objetivo para la seguridad de los usuarios, clientes o del propio trabajador, como los agentes de seguridad en tareas de control activo, entre otros.

En ambos supuestos de excepción el empleador deberá garantizar pausas activas, rotación de tareas o descansos equivalentes.

La obligación de proveer sillas o asientos para descanso no implica necesariamente que cada trabajador cuente con una silla individual en todo momento.
 El empleador puede implementar un sistema proporcional y rotativo de sillas

Aguinaldo Fiestas Patrias:
DECRETO SUPREMO N° 128-2026-EF

Fecha: 08/07/2026
Decreto Supremo que dicta disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias 

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Resumen  : Aguinaldo  de S/ 300 00. Requisitos para su percepción  ...
- Haber estado laborando al 30 de junio del 2026 o en uso de descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (3) meses al 30 de junio del presente año. 
Si no contara con el referido tiempo de tres (3) meses, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados

Incompatibilidades
La percepción del aguinaldo por Fiestas Patrias , es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción en el presente Año Fiscal.

El aguinaldo por Fiestas Patrias no se encuentra sujeto a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.


Poder Judicial  : Descarga  procesal  

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000236-2026-CE-PJ
Fecha: 08/07/2026
Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga de las Cortes Superiores de Justicia de Junín y La Libertad y dictan medidas administrativas
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Resumen  :  En lo laboral 
- A partir del 1 de agosto de 2026:
Hasta el 31 de octubre de 2026 (3 meses)
Corte Superior de Justicia de Junín ...
- Juzgado de Trabajo Transitorio - Huancayo

Corte Superior de Justicia de La Libertad..
- Juzgado de Trabajo Transitorio - Virú

Corte Superior de Justicia de Junín:
-Ampliar, a partir del 1 de agosto de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026, la competencia funcional del Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de Junín, para que atienda con turno cerrado los expedientes en etapa de ejecución de la especialidad laboral.

Corte Superiores de Justicia de La Libertad:
-Ampliar, a partir del 1 de agosto de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026, la competencia funcional del Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia de Virú de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, para que atienda con turno cerrado los expedientes en etapa de ejecución de la especialidad laboral.

-Ampliar, a partir del 1 de agosto de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026, la competencia funcional del Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia de Virú de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, para que atienda con turno cerrado los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP).


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