Pregunta :
¿Como continúa la relacion
laboral cuando un trabajador
es detenido o sujeto a
sentencia en Poder Judicial?
a. Situación : Trabajador detenido.
La detención del trabajador es una causal de suspensión de la relación de trabajo.
b. Situación : Trabajador recibe condena en Poder Judicial.
Según el art 24 inc b del D.S. 003-97-TR , son causas justas de despido relacionadas con la conducta del trabajador: La condena penal por delito doloso
Configuración de la falta
¿Qué requisitos deben
presentarse para
configurar esta falta?
1.- La existencia de la sentencia
firme [1], por delito doloso[2]
Una vez que la sentencia penal condenatoria del trabajador sea definitiva y conocida por el empleador, éste puede despedir al trabajador siempre que no haya conocido de la comisión del delito despido es el cometido antes de contratarlo
Base legal : D. S. 003-97-TR art. 27.
[1] Es decir libre de cualquier recurso impugnatorio
[2] En caso de ser un delito culposo no procedería el despido.
Delito culposo : imprudente .
Delito originado por una acción u omisión no intencional que provoca un daño a una persona.
Delito doloso : Voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud.
【 De interés : Manual Aplicación de Medidas disciplinarias 2024 ]
2.- Aplicación del principio
de inmediatez
Debe existir un nexo de causalidad entre la conducta que ha sido sancionada penalmente y la decisión del empleador de despedir al trabajador condenado.
Si el empleador , pese a tomar conocimiento de que el trabajador fue condenado , permanece indiferente , debe entenderse que ha desestimado la opción de despido.
Base legal : Exp. Nro 05412-2005-AA/TC
Lic Ricardo Candela
Revista Actualizate
Solo Laboral