Falta grave
Estado de ebriedad.
Fuente :Exp. 01059-2018
Resumen : Si procede el despido.
Por las labores realizadas . Operario de cosecha (repicador) que utiliza una arma punzo cortante (machete), cuyo ejercicio requiere estar en un perfecto estado de ecuanimidad para el manejo de sus funciones psicomotoras al tener que usar como herramienta un machete.
Es aplicable el despido por falta grave .
Detalles :
Del caso : Un operario de cosecha (repicador) que utiloza una arma punzo cortante (machete).
Cuyo ejercicio requiere estar en un perfecto estado de ecuanimidad para el manejo de sus funciones psicomotoras al tener que usar como herramienta un machete.
De la falta : Asiste a laborar en estado de ebriedad .
Se genera un riesgo a su propia integridad y la integridad de terceros, exponiéndolos y exponiéndose a un peligro generado por la imprudencia del mismo. […
Actuar del empleador : Operario es despedido por falta grave
Demanda del Trabajador : Demanda a su empresa pues no se considera que fue solo una vez , durante su relación laboral, que se presentó ebrio a trabajar.
Poder Judicial
La decisión de la demandada ( empresa ) de sancionar la conducta del trabajador es razonable.
¿ Por qué? Por cuanto una persona en estado de embriaguez que tenga no sólo el dominio sino la necesidad del uso de armas punzo cortantes en el desarrollo de sus actividades, constituye un riesgo latente, que no sólo podría causar daños a sí mismo sino también a otras personas.
Si bien no está probado que el actor haya causado daño alguno, empero la conducta de concurrir a su centro de trabajo en estado de embriaguez, que –aun cuando no ha sido una conducta reiterada- por la naturaleza de sus funciones, reviste de excepcional gravedad, al tener que ejecutar su labor utilizando machete, y tener que estar detrás del maquina cosechadora a una distancia de 5 a 6 metros, tal como así declaró el actor en el minuto 35.51 de la audiencia de juzgamiento, al manifestar “yo voy atrás de la máquina a 5 0 6 metros”; lo que nos lleva a sostener que una persona en estado de embriaguez, teniendo que caminar sobre surcos de tierra (con altos y bajos), corre el riesgo de perder el equilibrio, pudiendo causarse un daño a sí mismo o a los demás trabajadores.
De allí que se considere que la actividad del actor sí revestía de gravedad, tal como así está descrito en el inciso e) del artículo 25 de la LPCL
De allí que el Colegiado considere que la sanción es razonable y proporcional a la falta cometida.
La falta laboral
1.- Concepto
2.- Fuentes
3.- Constatación de la falta
Capítulo II
Poder disciplinario del empleador
1.- Introducción
2.- La subordinación
3.- Límites del ejercicio del poder disciplinario
4.- El criterio de razonabilidad
5.- Manifestación del Poder sancionador del empleador
Capítulo III
Las medidas disciplinarias
1.- Concepto
2.- Características
3.- Facultad
4.- Procedencia de la medida disciplinaria
5.- Criterios para aplicar las Medidas disciplinarias
6.- Clasificación de las medidas disciplinarias
6.1.-Amonestación
6.2.- Suspensión
6.3.- El despido
Capítulo IV
Amonestaciones
1.- Concepto
2.- Clasificación
3.- Constancia de entrega al trabajador
4.- La amonestación e impuntualidad reiterada
5.- Comunicación de la amonestación escrita al Ministerio de Trabajo
Modelos
Capitulo V
Suspensiones
1.- Concepto
2.- Características
3.- Duración de la suspensión
4.- Causas de la suspensión laboral
5.-Constancia de entrega al trabajador
6.- Obligación de cursar comunicado del despido a la Autoridad Administrativa de trabajo
Modelos
Capítulo VI
El despido
1.- Concepto.
2.- Protección contra el despido unilateral del empleador
3.- Clases de despido (...)
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica
2.- Una vez efectuado el pago, enviar foto de boucher o transferencia al whassap
Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas
Código Interbancario : 00219410454447607893
El código interbancario se utiliza para realizar transferencias entre cuentas de bancos distintos al de Banco de Crédito del Perú.
También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).
Titular : Ricardo Candela Casas
Código Interbancario : 011-814-000202472880-16
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).
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Titular : Ricardo Candela Casas
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