Disponen la publicación del documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2019 - 2020”
Para recordar : El convenio fue firmado el 13 Agosto 2019.
Hoy 05 de Setiembre 2019 se publica el documento en el diario el Peruano en cumplimiento con la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificado por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR
¿ Eso significa que el convenio colectivo de construcción civil 2019-2020 entra en vigencia el dia siguiente de su publicación en el diario el Peruano?
No.
¿ Y eso?
Su publicación es motivada solo para fines informativos según lo señala la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificado por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR
Vigencia del convenio colectivo construcción civil 2019-2020
El convenio colectivo construcción civil 2019-2020 esta vigente desde el 01 de Junio 2019
¿ Donde dice eso?
En el mismo convenio colectivo. :
" III.- OTROS PUNTOS:
VIGENCIA:
La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad, tiene la vigencia de un año, a partir del primero de junio del dos mil diecinueve siendo de aplicación a todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas, con excepción de lo dispuesto en el Artículo 12° del Decreto Legislativo Nº 727."
Esta vigencia es aplicable por ser un acuerdo entre las partes.
Lima, 4 de setiembre de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 3282-2019-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe Nº 2114-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificado por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR, establece que los convenios colectivos, u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de rama de actividad o de gremio, registrados a partir de la fecha de publicación de la referida resolución ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su recepción;
Que, con fecha 23 de agosto de 2019, la Dirección General de Trabajo recibe un original del documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2019-2020”, suscrito en trato directo con fecha 22 de julio de 2019, por la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP);
Que, mediante el oficio de vistos, la Dirección General de Trabajo remite al Despacho Viceministerial de Trabajo el referido convenio colectivo para su publicación en los medios correspondientes;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto administrativo que dé cumplimiento a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publicación
Publícase en el Diario Oficial El Peruano el documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2019-2020”, suscrito en trato directo el 22 de julio de 2019, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Asimismo, publícase la presente resolución ministerial y su anexo en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO ACTA FINAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN CONSTRUCCION CIVIL 2019 – 2020
Expediente Nº 173-2019-MTPE/2.14-NC
En Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil diecinueve, siendo las tres de la tarde, se reunieron en el local institucional de la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO, sito en Vía Principal 155- Edificio Real III Of. 402 – Centro Empresarial Real, San Isidro, de una parte en representación de la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO, los Señores Luis Antonio Isasi Cayo con DNI Nº 08252785, Jorge Alberto Zapata Ríos con DNI Nº 07853617, Víctor del Solar Laynes con DNI Nº 06025593, Donny López Dextre con DNI N° 41318270, Carlos Jaimes Dávila con DNI N° 0835226 y Enrique Navarro Sologuren con DNI Nº 07809488; y, de la otra parte los integrantes de la Comisión Nacional de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), los Señores: Luis Alberto Villanueva Carbajal con DNI Nº17826805 Secretario General, Wilder Armando Ríos Gonzáles con DNI N° 18104542 Secretario de Defensa, Asisclo Teobaldo Bravo Aldana con DNI Nº 27838806 Secretario de Obras Pesadas, Martin Rimachi Ore con DNI Nº 10049905 Secretario General del Sindicato de Lima, Héctor Mendoza Dávila con DNI Nº 09523526 Secretario General de los Balnearios del Sur, Abel Colquepisco Taype con DNI Nº 03893073 Secretario General del Sindicato de Talara, Humberto Debernardi Celis con DNI Nº 05390625 Secretario General del Sindicato de Iquitos, Andrés Saya Alarcón con DNI N° 24716182 Secretario General del Sindicato de Arequipa, Máximo Rojas Reyes con DNI N° 21136573 Secretario General del Sindicato de Huancayo, Jotwin Criollo Paredes con DNI N° 42022553 Secretario General del Sindicato de Huánuco, con el objeto de, dejar constancia de los siguientes acuerdos correspondientes a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad, del año 2019-2020 que corre en el Expediente Nº 173-2019-MTPE/2.14-NC, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR Texto Único Ordenado del Decreto Ley Nº 25593 – Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, y su Reglamento Decreto Supremo Nº 011-92-TR , de acuerdo al siguiente resultado:
I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES:
Primera.- Las partes acuerdan que, a partir del 1 de junio de 2019 los trabajadores en construcción civil a nivel nacional, recibirán un aumento general sobre su Jornal básico, de acuerdo con las siguientes categorías:
OPERARIO S/ 3.10 soles
OFICIAL S/ 1.70 soles
PEON S/ 1.60 soles
II.- CONDICIONES DE TRABAJO:
BONIFICACIÓN POR MOVILIDAD:
Segunda.- Las Partes han acordado modificar el nombre de la “Bonificación por Movilidad Acumulada”, por el nombre de “BONIFICACIÓN POR MOVILIDAD”.
La Bonificación por Movilidad será de S/8.00 (ocho soles) por día efectivamente laborado de lunes a sábado y S/5.00 (cinco soles), por los domingos y feriados efectivamente trabajados.
La presente bonificación rige a nivel nacional y se otorga a los trabajadores con la finalidad de ayudar a que se movilice desde su residencia al centro de labores y pueda desarrollar sus tareas y viceversa.
La presente bonificación no se otorga a los trabajadores que residan en campamentos ni se abona a aquellos trabajadores cuyas empresas le proporcionen directamente transporte al inicio y/o al término de la jornada diaria o semanal de trabajo, tal como lo precisa las excepciones del Reglamento aprobado en la Resolución Ministerial N° 667-73-TR de fecha 19 de Setiembre de 1973.
Esta bonificación no es computable para el pago de ningún beneficio social, al ser un concepto no remunerativo de acuerdo al artículo 19 del Decreto Legislativo N° 650, no está afecta a aportes y/o descuentos de Ley, salvo el impuesto a la renta.
CAPACITACIÓN TÉCNICA Y CERTIFICACIÓN
Tercera.- Las partes, reconociendo la necesidad de la capacitación y certificación de los trabajadores, se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para coordinar con SENCICO y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ejecuten masivamente las acciones de capacitación técnica y certificación para los trabajadores del gremio de construcción civil.
Asimismo, se comprometen a gestionar ante el Ministerios de Trabajo y Promoción del Empleo y de Educación para que las entidades de ambos gremios, como el INSTITUTO CAPECO y el CONAFOVICER, sean autorizados como entidades certificadoras.
BONIFICACIÓN POR ALTITUD
Cuarta.- Las partes han acordado elevar el monto de la bonificación por altitud de S/ 2.00 a S/ 2.50 por día efectivamente laborado, a todos los trabajadores que presten servicios en obras o centros de trabajos ubicados a partir de los tres mil metros sobre el nivel del mar.
Esta citada bonificación será abonada en tanto se mantenga la citada condición de trabajo, y no será computable para el cálculo de los beneficios sociales.
III.- OTROS PUNTOS:
VIGENCIA:
La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad, tiene la vigencia de un año, a partir del primero de junio del dos mil diecinueve siendo de aplicación a todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas, con excepción de lo dispuesto en el Artículo 12° del Decreto Legislativo Nº 727.
REINTEGROS:
Una vez que el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, fije los índices o porcentajes correspondientes, los trabajadores solicitarán a su principal el pago de los reintegros provenientes de la presente negociación colectiva.
NATURALEZA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS:
Las partes convienen en que los acuerdos adoptados en la presente Negociación Colectiva tienen vigencia y carácter de permanente, mientras no sean modificados por un nuevo Convenio por Actividad de Rama.
DE LAS REPRESENTACIONES GREMIALES:
El presente convenio colectivo por rama de actividad se celebra entre las organizaciones mayoritarias y representativas de las empresas y trabajadores en la actividad de construcción civil, siendo sus efectos generales para todos los trabajadores del citado ámbito a nivel nacional, durante su vigencia.
PUBLICACIÓN DE LOS ACUERDOS:
Las partes convienen en solicitar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que en cumplimiento a la Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR dé a conocer públicamente, mediante acto administrativo, los acuerdos adoptados en trato directo contenidos en el Convenio Colectivo 2019-2020, a nivel de rama de actividad, suscrito entre CAPECO y la FTCCP. Para tal efecto deberá publicarse en el Diario Oficial “El Peruano” el texto del Convenio adjunto a la Resolución correspondiente.
DECLARACIÓN FINAL:
Las partes declaran que de común acuerdo y en negociación directa, con sujeción a los Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo - OIT y la legislación nacional, han dado solución definitiva al Pliego Nacional de Reclamos a nivel de rama de actividad presentado por la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú - FTCCP correspondiente al periodo 2019-2020, materia del expediente Nº Expediente Nº 173-2019-MTPE/2.14-NC.
Igualmente, ratifican su rechazo a todos los actos de violencia, vandalismo, extorsión e intimidación de toda clase que generan daños en las obras, sus bienes, activos, ingenieros, funcionarios, personal administrativo, trabajadores de las empresas y a la comunidad donde se desarrollan las obras a nivel nacional.
En este orden, exhortan, requieren y responsabilizan a las autoridades competentes para que eviten la formalización de falsos sindicatos promovidos por bandas delincuenciales y se cancele el registro de los seudos sindicatos comprometidos con la delincuencia. Llaman, y se comprometen, a concertar acciones entre el Ministerio Público, Policía Nacional y Poder Judicial y los actores formales de la actividad constructora (FTCCP-CAPECO) para la formalización de las denuncias y las sanciones efectivas de estos delincuentes; solicitan se extienda el ámbito de acción de la División de Protección de Obras Civiles hacia las ciudades del interior.
Asimismo, las partes reclaman, la puesta en marcha y/o mantenimiento de una estrategia integral para combatir la acción de las referidas bandas delincuenciales, y otras formas ilícitas de organización, así como a los falsos trabajadores los que además de ser causantes de pérdidas humanas y materiales, constituyen una fuente de corrupción flagrante; lo que se rechaza en toda su extensión.
CAPECO y la FTCCP, declaran su rechazo a todo acto de corrupción en las obras públicas y privadas; comprometen, su actuación para coadyuvar con la eliminación de este flagelo social, que atenta no solo la legitimidad de las instituciones del país, sino que además afecta directamente a los trabajadores y a las empresas, quienes actúan con respeto al ordenamiento jurídico, en resguardo de su institucionalidad, y a la moral pública.
Leída la presente Acta que consta de cinco (5) páginas, las partes la suscriben en señal de conformidad, conviniendo en hacerla de conocimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo, para los fines legales correspondientes.
Por la CAPECO:
LUIS ANTONIO ISASI CAYO
DNI Nº 08252785
JORGE ALBERTO ZAPATA RIOS
DNI Nº 07853617
CARLOS JAIMES DAVILA
DNI N° 08352261
DONNY LOPEZ DEXTRE
DNI N° 413118270
VICTOR DEL SOLAR LAYNES
DNI Nº 07809488
ENRIQUE NAVARRO SOLOGUREN
DNI Nº 06025593
Por la FTCCP:
LUIS VILLANUEVA CARBAJAL
DNI Nº 178262805
Secretario General
WILDER A. RIOS GONZALEZ
DNI N° 18104512
Secretario de Defensa
MARTIN RIMACHI ORE
DNI Nº 10049905
Sindicato de Lima
HECTOR MENDOZA DAVILA
DNI Nº 09523526
Sind. Balnearios del Sur
ANDRES SAYA ALARCON
DNI Nº 24716182
Sind. de Arequipa
ABEL COLQUEPISCO TAYPE
DNI Nº 03893073
Sindicato de Talara
HUMBERTO DEBERNARDI CELIS
DNI N° 05390625
Sindicato de Iquitos
ASISCLO BRAVO ALDANA
DNI N° 27838806
Secretario de Obras Pesadas
MAXIMO ROJAS REYES
DNI N° 21136573
Sindicato de Huancayo
JOTWIN CRIOLLO PAREDES
DNI N° 42022553
Sindicato de Huánuco
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En formato Excel :
a.- Tabla de jornales construcción civil 2019-2020
b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2019-2020
Resolverá sus dudas mas frecuentes ..
¿ A que empresas se aplica el régimen laboral de construcción civil ?
El Contrato de trabajo en construcción civil.
¿ Existe un contrato de trabajo en construcción civil ?
¿ Se debe presentar ante el Ministerio de trabajo el contrato de trabajo en construcción civil?
¿ Existe la obligación que todo trabajador de construcción civil este registrador en el Registro Nacional de trabajadores de construcción civil (RETCC)?
¿ Que sucedería si el trabajador no esta inscrito en el
Registro Nacional de trabajadores de construcción civil (RETCC) y la empresa lo contrata?
¿ El sindicato puede exigir la contratación de determinado trabajador a la empresa?
¿ Que norma ampara esta decisión?
La asignación escolar
¿ Se debe pagar la asignación escolar durante las vacaciones escolares en construcción civil?
¿ Que hacer cuando el trabajador no presenta documento que sustente la matricula? de sus hijos en construcción civil?
¿ El pago de la asignación escolar esta sujeta a los días laborados por el trabajador?
¿ Un trabajador de construcción civil tiene derecho a la asignación familiar según Ley 25129?
1.- Régimen LaboralContiene la información legal actualizada del Régimen de Construcción Civil, desarrollado de acuerdo con una relación temática, para un mejor manejo, de los aspectos inherentes a la actividad de la construcción.
Temas que conocerá :
Empresas sujetas al régimen laboral construcción civil
Aplicación del régimen laboral común a trabajadores de construcción civil
Trabajadores comprendidos en el régimen laboral de Construcción civil.
¿ Cuales son las categorías de trabajadores existentes en el régimen de construcción civil?
Remuneraciones
1.-Remuneración Básica
a.- Jornal básico mínimo
La Jornada de trabajo
1.-Turnos corridos
2.- Tiempo perdido
3.- Proyectos Remotos de difícil acceso
4.- Bonificación por Días de bajada
Caso practico
5.- Bonificación turno noche
Caso practico
Horas extras
Caso practico
Descansos Remunerados
1.- Dominical
Caso practico
2.- Días no laborables compensables
3.- Vacaciones Anuales
Caso practico
Gratificaciones
Caso practico
Bonificaciones
a.- Bonificación unificada de construcción
Caso practico
b.- Bonificación por Alta Especialización BAE
Caso practico
c.-Pasajes
Caso practico
d.-Por contacto directo con agua
Caso practico
e.-Por altura
Caso practico
f.- Por Altitud
Caso practico
g.- Movilidad Acumulada
Caso practico
i.- Bonificación por trabajo con altas temperaturas en infraestructura vial ( mezcla asfáltica )
Caso practico
j.- Bonificación por Días de bajada
Caso practico
k.- Bonificación turno noche
Caso practico
Asignaciones
a.-Escolar
Caso practico
b.-Por defunción
Caso practico
Viáticos
1.-Trabajadores destacados
Permisos
1.-Sindical
2.-Por duelo
3.-Para inscripción de nacimiento
4.-Atención en el ESSALUD
5.- Otros por norma legal.
Ausencias injustificadas
Capacitación del trabajador
1.-SENCICO- Asistencia de cursos
Obligaciones especiales del empleador
1.-Refrigerio
2.-Agua potable
3.-Rol de servidores
4.- Seguro de Vida
5.- Uniformes
6.- Registro Nacional de Obras de Construcción Civil
7.- Protector Solar
8.– Inclemencias del Clima
Seguridad social en Salud
1.-Inscripción en el ESSALUD
2.- Registro de concubina
3.- Pago por descanso médico
Sistema de Pensiones
1.-Comprobante de pago de retenciones y aportes
2- Jubilación anticipada en construcción civil
Liquidación de beneficios sociales del trabajador
1.-Compensación vacacional
Caso practico
2.-Cese - Compensación por tiempo de servicios
Caso practico
Garantía del pago de derechos y beneficios sociales
1.-Solidaridad
2.-Cláusula de Garantía
3.-Carta fianza
Impuestos, aportaciones y contribuciones
1.-A cargo del Empleador
a.- EsSalud
Caso practico
b.- Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
Caso practico
c.- SENCICO
Caso practico
2.-A cargo del Trabajador
a.-Sistema Nacional de Pensiones ( Oficina de Normalización Previsional).
Caso practico
b.-Sistema Privado de Pensiones ( SPP)
Caso practico
c.-Conafovicer
Caso practico
d.-Cuota Sindical
Caso practico
cons
e.- Contribución a favor de la Federación de Trabajadores de Construcción civil
f.- Renta de Quinta Categoría en construcción civil 2018
Caso practico
Planillas de pago
1-Planillas
2.-Boletas de pago
3.-Pago de remuneraciones a través de terceros
Modelos boletas de pago en construcción civil
Relaciones colectivas de trabajo
1.- Sindicalización.
a..-Comité de obra
b.- Permisos Sindical
c.- Descuentos Sindicales
d.- Federación de Trabajadores en Construcción Civil
2.- Negociación colectiva
3.- La jornada atípica
Seguridad y salud en el trabajo
1.-Principales normas en materia de seguridad y salud en el trabajo
2.-Botiquín
3.-Representante ante el Comité de Seguridad
4.- Protección de riesgo laborales
5.- Lineamientos de inspección de trabajo en Materia de Seguridad en Construcción Civil
Índice Unificado de Mano de obra
Factores de liquidación
1- Factor "F"
2.-Factor " V"
Costo de mano obra 2019-2020
Cuadro resumen
2.- Seguridad y salud en Construcción Civil
El tema de Seguridad y Salud en la Construcción reviste una especial importancia porque constituye una actividad de alto riesgo y repercute, de manera directa, en la producción y la moral
de los trabajadores de cualquier sector y en especial de la construcción. En este documento se presenta las normas básicas vigentes sobre el tema.
Vea : Normas de inspección SUNAFIL en seguridad para construcción civil
3.- Modelos y formatos relacionados
Modelo de boleta de pago para construcción civil
Formato con sustento legal.
4.- Casos prácticos
Cuadros ( conceptos afectos a impuestos a ingresos en construcción civil. ) , Tablas , casos prácticos en construcción civil
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Costo Manual laboral de construcción civil 2019-2020 [[[[[[[[[[
S/ 58.00 ( Cincuentiocho nuevos soles
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Forma de pago :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica
2.- Una vez efectuado el pago, se debe escanear el Boucher y enviarlo por email a : conrcc@gmail.com
Asunto: Manual Régimen laboral construcción civil .
3.- Llamar al 989827008 para informar del deposito realizado y escaneo del Boucher
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Forma de entrega :
Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación
Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 989827008
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Para recordar : El convenio fue firmado el 13 Agosto 2019.
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¿ Eso significa que el convenio colectivo de construcción civil 2019-2020 entra en vigencia el dia siguiente de su publicación en el diario el Peruano?
No.
¿ Y eso?
Su publicación es motivada solo para fines informativos según lo señala la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificado por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR
Vigencia del convenio colectivo construcción civil 2019-2020
El convenio colectivo construcción civil 2019-2020 esta vigente desde el 01 de Junio 2019
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" III.- OTROS PUNTOS:
VIGENCIA:
La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad, tiene la vigencia de un año, a partir del primero de junio del dos mil diecinueve siendo de aplicación a todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas, con excepción de lo dispuesto en el Artículo 12° del Decreto Legislativo Nº 727."
Esta vigencia es aplicable por ser un acuerdo entre las partes.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2019-TR
Lima, 4 de setiembre de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 3282-2019-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe Nº 2114-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificado por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR, establece que los convenios colectivos, u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de rama de actividad o de gremio, registrados a partir de la fecha de publicación de la referida resolución ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su recepción;
Que, con fecha 23 de agosto de 2019, la Dirección General de Trabajo recibe un original del documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2019-2020”, suscrito en trato directo con fecha 22 de julio de 2019, por la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP);
Que, mediante el oficio de vistos, la Dirección General de Trabajo remite al Despacho Viceministerial de Trabajo el referido convenio colectivo para su publicación en los medios correspondientes;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto administrativo que dé cumplimiento a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
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Asimismo, publícase la presente resolución ministerial y su anexo en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
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SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO ACTA FINAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN CONSTRUCCION CIVIL 2019 – 2020
Expediente Nº 173-2019-MTPE/2.14-NC
En Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil diecinueve, siendo las tres de la tarde, se reunieron en el local institucional de la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO, sito en Vía Principal 155- Edificio Real III Of. 402 – Centro Empresarial Real, San Isidro, de una parte en representación de la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO, los Señores Luis Antonio Isasi Cayo con DNI Nº 08252785, Jorge Alberto Zapata Ríos con DNI Nº 07853617, Víctor del Solar Laynes con DNI Nº 06025593, Donny López Dextre con DNI N° 41318270, Carlos Jaimes Dávila con DNI N° 0835226 y Enrique Navarro Sologuren con DNI Nº 07809488; y, de la otra parte los integrantes de la Comisión Nacional de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), los Señores: Luis Alberto Villanueva Carbajal con DNI Nº17826805 Secretario General, Wilder Armando Ríos Gonzáles con DNI N° 18104542 Secretario de Defensa, Asisclo Teobaldo Bravo Aldana con DNI Nº 27838806 Secretario de Obras Pesadas, Martin Rimachi Ore con DNI Nº 10049905 Secretario General del Sindicato de Lima, Héctor Mendoza Dávila con DNI Nº 09523526 Secretario General de los Balnearios del Sur, Abel Colquepisco Taype con DNI Nº 03893073 Secretario General del Sindicato de Talara, Humberto Debernardi Celis con DNI Nº 05390625 Secretario General del Sindicato de Iquitos, Andrés Saya Alarcón con DNI N° 24716182 Secretario General del Sindicato de Arequipa, Máximo Rojas Reyes con DNI N° 21136573 Secretario General del Sindicato de Huancayo, Jotwin Criollo Paredes con DNI N° 42022553 Secretario General del Sindicato de Huánuco, con el objeto de, dejar constancia de los siguientes acuerdos correspondientes a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad, del año 2019-2020 que corre en el Expediente Nº 173-2019-MTPE/2.14-NC, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR Texto Único Ordenado del Decreto Ley Nº 25593 – Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, y su Reglamento Decreto Supremo Nº 011-92-TR , de acuerdo al siguiente resultado:
I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES:
Primera.- Las partes acuerdan que, a partir del 1 de junio de 2019 los trabajadores en construcción civil a nivel nacional, recibirán un aumento general sobre su Jornal básico, de acuerdo con las siguientes categorías:
OPERARIO S/ 3.10 soles
OFICIAL S/ 1.70 soles
PEON S/ 1.60 soles
II.- CONDICIONES DE TRABAJO:
BONIFICACIÓN POR MOVILIDAD:
Segunda.- Las Partes han acordado modificar el nombre de la “Bonificación por Movilidad Acumulada”, por el nombre de “BONIFICACIÓN POR MOVILIDAD”.
La Bonificación por Movilidad será de S/8.00 (ocho soles) por día efectivamente laborado de lunes a sábado y S/5.00 (cinco soles), por los domingos y feriados efectivamente trabajados.
La presente bonificación rige a nivel nacional y se otorga a los trabajadores con la finalidad de ayudar a que se movilice desde su residencia al centro de labores y pueda desarrollar sus tareas y viceversa.
La presente bonificación no se otorga a los trabajadores que residan en campamentos ni se abona a aquellos trabajadores cuyas empresas le proporcionen directamente transporte al inicio y/o al término de la jornada diaria o semanal de trabajo, tal como lo precisa las excepciones del Reglamento aprobado en la Resolución Ministerial N° 667-73-TR de fecha 19 de Setiembre de 1973.
Esta bonificación no es computable para el pago de ningún beneficio social, al ser un concepto no remunerativo de acuerdo al artículo 19 del Decreto Legislativo N° 650, no está afecta a aportes y/o descuentos de Ley, salvo el impuesto a la renta.
CAPACITACIÓN TÉCNICA Y CERTIFICACIÓN
Tercera.- Las partes, reconociendo la necesidad de la capacitación y certificación de los trabajadores, se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para coordinar con SENCICO y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ejecuten masivamente las acciones de capacitación técnica y certificación para los trabajadores del gremio de construcción civil.
Asimismo, se comprometen a gestionar ante el Ministerios de Trabajo y Promoción del Empleo y de Educación para que las entidades de ambos gremios, como el INSTITUTO CAPECO y el CONAFOVICER, sean autorizados como entidades certificadoras.
BONIFICACIÓN POR ALTITUD
Cuarta.- Las partes han acordado elevar el monto de la bonificación por altitud de S/ 2.00 a S/ 2.50 por día efectivamente laborado, a todos los trabajadores que presten servicios en obras o centros de trabajos ubicados a partir de los tres mil metros sobre el nivel del mar.
Esta citada bonificación será abonada en tanto se mantenga la citada condición de trabajo, y no será computable para el cálculo de los beneficios sociales.
III.- OTROS PUNTOS:
VIGENCIA:
La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad, tiene la vigencia de un año, a partir del primero de junio del dos mil diecinueve siendo de aplicación a todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas, con excepción de lo dispuesto en el Artículo 12° del Decreto Legislativo Nº 727.
REINTEGROS:
Una vez que el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, fije los índices o porcentajes correspondientes, los trabajadores solicitarán a su principal el pago de los reintegros provenientes de la presente negociación colectiva.
NATURALEZA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS:
Las partes convienen en que los acuerdos adoptados en la presente Negociación Colectiva tienen vigencia y carácter de permanente, mientras no sean modificados por un nuevo Convenio por Actividad de Rama.
DE LAS REPRESENTACIONES GREMIALES:
El presente convenio colectivo por rama de actividad se celebra entre las organizaciones mayoritarias y representativas de las empresas y trabajadores en la actividad de construcción civil, siendo sus efectos generales para todos los trabajadores del citado ámbito a nivel nacional, durante su vigencia.
PUBLICACIÓN DE LOS ACUERDOS:
Las partes convienen en solicitar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que en cumplimiento a la Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR dé a conocer públicamente, mediante acto administrativo, los acuerdos adoptados en trato directo contenidos en el Convenio Colectivo 2019-2020, a nivel de rama de actividad, suscrito entre CAPECO y la FTCCP. Para tal efecto deberá publicarse en el Diario Oficial “El Peruano” el texto del Convenio adjunto a la Resolución correspondiente.
DECLARACIÓN FINAL:
Las partes declaran que de común acuerdo y en negociación directa, con sujeción a los Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo - OIT y la legislación nacional, han dado solución definitiva al Pliego Nacional de Reclamos a nivel de rama de actividad presentado por la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú - FTCCP correspondiente al periodo 2019-2020, materia del expediente Nº Expediente Nº 173-2019-MTPE/2.14-NC.
Igualmente, ratifican su rechazo a todos los actos de violencia, vandalismo, extorsión e intimidación de toda clase que generan daños en las obras, sus bienes, activos, ingenieros, funcionarios, personal administrativo, trabajadores de las empresas y a la comunidad donde se desarrollan las obras a nivel nacional.
En este orden, exhortan, requieren y responsabilizan a las autoridades competentes para que eviten la formalización de falsos sindicatos promovidos por bandas delincuenciales y se cancele el registro de los seudos sindicatos comprometidos con la delincuencia. Llaman, y se comprometen, a concertar acciones entre el Ministerio Público, Policía Nacional y Poder Judicial y los actores formales de la actividad constructora (FTCCP-CAPECO) para la formalización de las denuncias y las sanciones efectivas de estos delincuentes; solicitan se extienda el ámbito de acción de la División de Protección de Obras Civiles hacia las ciudades del interior.
Asimismo, las partes reclaman, la puesta en marcha y/o mantenimiento de una estrategia integral para combatir la acción de las referidas bandas delincuenciales, y otras formas ilícitas de organización, así como a los falsos trabajadores los que además de ser causantes de pérdidas humanas y materiales, constituyen una fuente de corrupción flagrante; lo que se rechaza en toda su extensión.
CAPECO y la FTCCP, declaran su rechazo a todo acto de corrupción en las obras públicas y privadas; comprometen, su actuación para coadyuvar con la eliminación de este flagelo social, que atenta no solo la legitimidad de las instituciones del país, sino que además afecta directamente a los trabajadores y a las empresas, quienes actúan con respeto al ordenamiento jurídico, en resguardo de su institucionalidad, y a la moral pública.
Leída la presente Acta que consta de cinco (5) páginas, las partes la suscriben en señal de conformidad, conviniendo en hacerla de conocimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo, para los fines legales correspondientes.
Por la CAPECO:
LUIS ANTONIO ISASI CAYO
DNI Nº 08252785
JORGE ALBERTO ZAPATA RIOS
DNI Nº 07853617
CARLOS JAIMES DAVILA
DNI N° 08352261
DONNY LOPEZ DEXTRE
DNI N° 413118270
VICTOR DEL SOLAR LAYNES
DNI Nº 07809488
ENRIQUE NAVARRO SOLOGUREN
DNI Nº 06025593
Por la FTCCP:
LUIS VILLANUEVA CARBAJAL
DNI Nº 178262805
Secretario General
WILDER A. RIOS GONZALEZ
DNI N° 18104512
Secretario de Defensa
MARTIN RIMACHI ORE
DNI Nº 10049905
Sindicato de Lima
HECTOR MENDOZA DAVILA
DNI Nº 09523526
Sind. Balnearios del Sur
ANDRES SAYA ALARCON
DNI Nº 24716182
Sind. de Arequipa
ABEL COLQUEPISCO TAYPE
DNI Nº 03893073
Sindicato de Talara
HUMBERTO DEBERNARDI CELIS
DNI N° 05390625
Sindicato de Iquitos
ASISCLO BRAVO ALDANA
DNI N° 27838806
Secretario de Obras Pesadas
MAXIMO ROJAS REYES
DNI N° 21136573
Sindicato de Huancayo
JOTWIN CRIOLLO PAREDES
DNI N° 42022553
Sindicato de Huánuco
@ctualizate
¿ Y como se aplica las disposiciones del convenio colectivo construcción civil 2019-2020?
¿ En que beneficios sociales afecta este nuevo acuerdo?
Manual régimen laboral construcción civil 2019-2020
En formato Excel :
a.- Tabla de jornales construcción civil 2019-2020
b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2019-2020
Resolverá sus dudas mas frecuentes ..
¿ A que empresas se aplica el régimen laboral de construcción civil ?
El Contrato de trabajo en construcción civil.
¿ Existe un contrato de trabajo en construcción civil ?
¿ Se debe presentar ante el Ministerio de trabajo el contrato de trabajo en construcción civil?
¿ Existe la obligación que todo trabajador de construcción civil este registrador en el Registro Nacional de trabajadores de construcción civil (RETCC)?
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Registro Nacional de trabajadores de construcción civil (RETCC) y la empresa lo contrata?
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La asignación escolar
¿ Se debe pagar la asignación escolar durante las vacaciones escolares en construcción civil?
¿ Que hacer cuando el trabajador no presenta documento que sustente la matricula? de sus hijos en construcción civil?
¿ El pago de la asignación escolar esta sujeta a los días laborados por el trabajador?
¿ Un trabajador de construcción civil tiene derecho a la asignación familiar según Ley 25129?
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¿ El empleador esta obligado a dar almuerzo al personal que labora en construcción civil?
Pago de utilidades
¿ A cuanto asciende el porcentaje a pagar por utilidades al trabajador de construcción civil?
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__________________Contenido _________________
1.- Régimen LaboralContiene la información legal actualizada del Régimen de Construcción Civil, desarrollado de acuerdo con una relación temática, para un mejor manejo, de los aspectos inherentes a la actividad de la construcción.
Temas que conocerá :
Empresas sujetas al régimen laboral construcción civil
Aplicación del régimen laboral común a trabajadores de construcción civil
Trabajadores comprendidos en el régimen laboral de Construcción civil.
¿ Cuales son las categorías de trabajadores existentes en el régimen de construcción civil?
Remuneraciones
1.-Remuneración Básica
a.- Jornal básico mínimo
La Jornada de trabajo
1.-Turnos corridos
2.- Tiempo perdido
3.- Proyectos Remotos de difícil acceso
4.- Bonificación por Días de bajada
Caso practico
5.- Bonificación turno noche
Caso practico
Horas extras
Caso practico
Descansos Remunerados
1.- Dominical
Caso practico
2.- Días no laborables compensables
3.- Vacaciones Anuales
Caso practico
Gratificaciones
Caso practico
Bonificaciones
a.- Bonificación unificada de construcción
Caso practico
b.- Bonificación por Alta Especialización BAE
Caso practico
c.-Pasajes
Caso practico
d.-Por contacto directo con agua
Caso practico
e.-Por altura
Caso practico
f.- Por Altitud
Caso practico
g.- Movilidad Acumulada
Caso practico
i.- Bonificación por trabajo con altas temperaturas en infraestructura vial ( mezcla asfáltica )
Caso practico
j.- Bonificación por Días de bajada
Caso practico
k.- Bonificación turno noche
Caso practico
Asignaciones
a.-Escolar
Caso practico
b.-Por defunción
Caso practico
Viáticos
1.-Trabajadores destacados
Permisos
1.-Sindical
2.-Por duelo
3.-Para inscripción de nacimiento
4.-Atención en el ESSALUD
5.- Otros por norma legal.
Ausencias injustificadas
Capacitación del trabajador
1.-SENCICO- Asistencia de cursos
Obligaciones especiales del empleador
1.-Refrigerio
2.-Agua potable
3.-Rol de servidores
4.- Seguro de Vida
5.- Uniformes
6.- Registro Nacional de Obras de Construcción Civil
7.- Protector Solar
8.– Inclemencias del Clima
Seguridad social en Salud
1.-Inscripción en el ESSALUD
2.- Registro de concubina
3.- Pago por descanso médico
Sistema de Pensiones
1.-Comprobante de pago de retenciones y aportes
2- Jubilación anticipada en construcción civil
Liquidación de beneficios sociales del trabajador
1.-Compensación vacacional
Caso practico
2.-Cese - Compensación por tiempo de servicios
Caso practico
Garantía del pago de derechos y beneficios sociales
1.-Solidaridad
2.-Cláusula de Garantía
3.-Carta fianza
Impuestos, aportaciones y contribuciones
1.-A cargo del Empleador
a.- EsSalud
Caso practico
b.- Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
Caso practico
c.- SENCICO
Caso practico
2.-A cargo del Trabajador
a.-Sistema Nacional de Pensiones ( Oficina de Normalización Previsional).
Caso practico
b.-Sistema Privado de Pensiones ( SPP)
Caso practico
c.-Conafovicer
Caso practico
d.-Cuota Sindical
Caso practico
cons
e.- Contribución a favor de la Federación de Trabajadores de Construcción civil
f.- Renta de Quinta Categoría en construcción civil 2018
Caso practico
Planillas de pago
1-Planillas
2.-Boletas de pago
3.-Pago de remuneraciones a través de terceros
Modelos boletas de pago en construcción civil
Relaciones colectivas de trabajo
1.- Sindicalización.
a..-Comité de obra
b.- Permisos Sindical
c.- Descuentos Sindicales
d.- Federación de Trabajadores en Construcción Civil
2.- Negociación colectiva
3.- La jornada atípica
Seguridad y salud en el trabajo
1.-Principales normas en materia de seguridad y salud en el trabajo
2.-Botiquín
3.-Representante ante el Comité de Seguridad
4.- Protección de riesgo laborales
5.- Lineamientos de inspección de trabajo en Materia de Seguridad en Construcción Civil
Índice Unificado de Mano de obra
Factores de liquidación
1- Factor "F"
2.-Factor " V"
Costo de mano obra 2019-2020
Cuadro resumen
2.- Seguridad y salud en Construcción Civil
El tema de Seguridad y Salud en la Construcción reviste una especial importancia porque constituye una actividad de alto riesgo y repercute, de manera directa, en la producción y la moral
de los trabajadores de cualquier sector y en especial de la construcción. En este documento se presenta las normas básicas vigentes sobre el tema.
Vea : Normas de inspección SUNAFIL en seguridad para construcción civil
3.- Modelos y formatos relacionados
Modelo de boleta de pago para construcción civil
Formato con sustento legal.
4.- Casos prácticos
Cuadros ( conceptos afectos a impuestos a ingresos en construcción civil. ) , Tablas , casos prácticos en construcción civil
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Costo Manual laboral de construcción civil 2019-2020 [[[[[[[[[[
S/ 58.00 ( Cincuentiocho nuevos soles
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Forma de pago :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica
2.- Una vez efectuado el pago, se debe escanear el Boucher y enviarlo por email a : conrcc@gmail.com
Asunto: Manual Régimen laboral construcción civil .
3.- Llamar al 989827008 para informar del deposito realizado y escaneo del Boucher
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Forma de entrega :
Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación
En 05 minutos se remite el documento solicitado anexado a su correo electrónico.
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Deposite el importe en la cuenta del BANCO DE CRÉDITO DEL PERU
Deposite el importe en la cuenta del BANCO DE CRÉDITO DEL PERU
Cuenta : Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas
Código Interbancario : 00219410454447607893
El código interbancario se utiliza para realizar transferencias entre cuentas de bancos distintos al de Banco de Crédito del Perú.
También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas
Código Interbancario : 00219410454447607893
El código interbancario se utiliza para realizar transferencias entre cuentas de bancos distintos al de Banco de Crédito del Perú.
También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).
Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 989827008
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b.- Ejemplo de modelo de planilla de pago remuneraciones que incluye boletas de pago
c.- Modelo de planilla para el cese trabajadores
d.- Tabla de nuevos beneficios laborales 2019-2020
e.- Tabla calculo de reintegros por el convenio 2019-2020 en construcción civil
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