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El Nudo de 2 pliegos reclamos 2027 en Construcción Civil.

 

 NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2027 ESTÁ PARALIZADA

Análisis  - Lima, 04 de noviembre de 2026_

La negociación colectiva en construcción  civil es por rama de actividad .

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha admitido a trámite 02 pliegos de reclamos 2027 para el mismo ámbito de beneficiados : obreros de construcción civil a nivel nacional.

Los personajes del problema 

-FTCCP, 

-CAPECO,

-La nueva Confederación CONATRACC y

-El propio MTPE.

1. EL ORIGEN DEL CONFLICTO*  El origen viene de hace 16 años.

La FTCCP, afiliada a la CGTP,  es el único  que negocia por rama en construcción civil desde el 2003.

Esto porque el Tribunal Constitucional recuperó la negociación por rama en 2003, luego de que Fujimori la derogara en 1992.


En paralelo, la Federación Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (FENATRACC) reclamó su propio derecho a negociar, alegando que también tenía bases a nivel nacional. 

CAPECO y FTCCP se opusieron. 

El caso llegó hasta la Corte Suprema.

El quiebre legal ocurre ahora: vA través del Proveído Legal N.º 001330-2026-MTPE* y la *Casación N.º 23215-2019-Lima*, la Corte Suprema declara infundada la casación interpuesta por CAPECO y la FTCCP-CGTP. 

Es decir, después de 16 años de procesos, la justicia le da la razón a FENATRACC ( Es parte de   CONATRACC ) . Así como  la FTCCP  es parte de la CGTP..

A eso se suma el *Oficio N.º 000737-2025/MTPE/2/14* que reconoce su derecho a negociar.

Con esos papeles, el 22 de octubre de 2026, la CONATRACC, junto a FUTCASP y 15 federaciones regionales, realizó su "Marcha por la Paz" desde Plaza Manco Cápac hasta el MTPE en Av. Salaverry y logró que le admitan su Pliego 2027.

Tres semanas antes, el 01 de octubre, el Ministro Juan Sheput ya había recibido el Pliego 2027 de la FTCCP, como hace todos los años.

Resultado: dos códigos de Alerta Temprana, dos expedientes, un mismo ámbito. Todos los trabajadores de construcción civil 


*2. ¿POR QUÉ ES UN PROBLEMA GRAVE?*Porque viola  Ley de Relaciones Colectivas.

*Art. 47° del TUO D.S. 010-2003-TR:* "De existir varias organizaciones sindicales en un mismo ámbito, se confiere legitimidad negocial al sindicato que afilie a la mayoría absoluta de trabajadores".

En construcción civil no puede haber dos convenios.

 La negociación es por rama nacional.

 No es por empresa. 

No se puede firmar un convenio con FTCCP que suba S/ 2.00 a operarios y otro con CONATRACC que suba S/ 18.00, más 10% de utilidades y 1% para Fondo Pro Desocupados, y además pida la disolución de CONAFOVICER.

Si CAPECO  con los dos, tiene dos tablas salariales incompatibles.


*3. ¿QUÉ DEBEN HACER LAS PARTES?* *EL MTPE:* Debe hacer lo que no hizo: resolver la representatividad. 

Debe emitir un Auto de Acumulación de expedientes y ordenar una verificación de afiliación. Pedir a ambas federaciones: ROS, padrón de afiliados con carnet RETCC vigente, actas de afiliación.

 Contar quién tiene más obreros afiliados a nivel nacional.

 Eso es lo que manda el Art. 49°.

*CAPECO:* No puede quedarse callada.  Tiene 3 días hábiles desde la notificación del segundo pliego para presentar Oposición por falta de legitimidad ante la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos. Debe pedir la suspensión del plazo de negociación del Art. 57° hasta que se resuelva quién es el mayoritario.

*FTCCP y CONATRACC:* Deben presentar su padrón y no ir a la confrontación en obra. 

*4. LA SOLUCIÓN LEGAL* No hay dos soluciones. Hay una:

Verificación y Resolución de Mayoría. 

El MTPE debe emitir una Resolución Directoral que diga: 

"La organización sindical mayoritaria para la negociación 2027 es X". 

La perdedora podrá impugnar vía reconsideración y apelación, y luego vía Contencioso Administrativo en el Poder Judicial. 

Pero una vez firme, solo con esa federación negociará CAPECO.

*5. MIENTRAS TANTO: LAS CONSECUENCIAS AL 04 DE NOVIEMBRE DE 2026*  La negociación colectiva 2027 está detenida. 

No hay reuniones de trato directo ..CAPECO  ¿ Con quien? ¿ Con los 2 ..?



Los capataces o jefe de grupo, ¿ forman parte del régimen laboral de construcción civil ?

 

Los capataces o jefes de grupo  , por su labor  de  supervision de  personal deben estar en régimen común y no en el régimen  laboral  Construcción  civil.



¿El topógrafo es Operario en Construcción civil , con calificación de alta

 


¿Donde dice eso ?  ...

En el Convenio  Colectivo  2013-2014 , en su tercera cláusula  indica se incluye al Topógrafo  dentro de los alcances de la Bonificación  por  alta especialización  . 

Más lnformacion en video  adjunto..



Trabajador no inscrito en el Registro de construcción civil, laborando en Obra


Si un trabajador  esta laborando en una obra y no esta inscrito en  Registro de trabajadores en construcción civil .

 ¿ Se le debe pagar como un trabajador de construccion o no?. o ... ¿ Como es su pago?



Construcción civil 2026 en el Perú Catálogo documentos laborales

     

Construcción civil  Catalogo 2026

Aplicación  Legislacion  Laboral  Peruana  en CONSTRUCCIÓN CIVIL 

Títulos disponibles  :
 
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Construcción Civil 
Construcción civil 2026 Régimen laboral Ver aqui
Construcción civil 2026 Régimen laboral



Comité de Obra 2026 Construcción civil   Ver aqui
Comité de Obra 2026 Construcción civil


Jornada Atípica Construcción civil 2026 Ver aqui
Jornada Atípica Construcción civil 2026



Convenios Colectivos Construcción civil Compendio Ver aqui
Convenios Colectivos Construcción civil Compendio


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Catalogo Manuales  Laborales  2025




Proyecto prohibe descuentos por Conafovicer ; si trabajador no lo autoriza .

 

Congreso de la República 

Proyecto de Ley 14445/2025-CR

Autor :  El congresista Guido Bellido presentó el proyecto de ley Proyecto de Ley 14445/2025-CR, que propone prohibir los descuentos no autorizados en las remuneraciones de los trabajadores del sector construcción civil, con el objetivo de garantizar la intangibilidad de sus ingresos.

La iniciativa establece que los aportes al Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales (Conafovicer) tendrán carácter estrictamente voluntario y solo podrán efectuarse con autorización previa, expresa y por escrito del trabajador

Asimismo, el proyecto detalla que dicha autorización deberá consignar información como el monto o porcentaje del descuento, el plazo de vigencia y una declaración expresa de voluntariedad, pudiendo ser revocada en cualquier momento sin necesidad de justificación.

Descuento  nulo ...   La propuesta también señala que cualquier descuento realizado sin cumplir estas condiciones será considerado nulo de pleno derecho, obligando al empleador a devolver de inmediato los montos retenidos, sin perjuicio de las responsabilidades correspondientes

Ámbito  de Aplicación..De aprobarse, la norma sería aplicable a todos los trabajadores y empleadores del régimen de construcción civil a nivel nacional.

Texto  Proyecto 

PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE DESCUENTOS NO AUTORIZADOS EN EL SECTOR CONSTRUCCIÓN CIVIL Y REGULA EL APORTE VOLUNTARIO AL CONAFOVICER


Artículo 1. Objeto de la Ley  La presente ley tiene por objeto proteger el derecho de los trabajadores del sector construcción civil a la intangibilidad de sus remuneraciones, prohibiendo los descuentos no autorizados por el empleador, y establecer el carácter estrictamente voluntario del aporte al Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER

Artículo 2. Ámbito de aplicación  La presente ley es aplicable a todos los empleadores y trabajadores comprendidos dentro del régimen laboral de construcción civil a nivel nacional.

Artículo 3. Prohibición de descuento sin autorización expresa   Se prohíbe a los empleadores del sector construcción civil efectuar descuentos por concepto de aportes al Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú, creado mediante Resolución Subdirectoral N° 058-76-911000, sin autorización previa, expresa, libre y por escrito del trabajador.

Artículo 4. Autorización del trabajador   4.1. El descuento solo podrá efectuarse cuando el trabajador otorgue su consentimiento mediante carta de autorización expresa, debidamente firmada.

4.2. La autorización debe contener:   a. Identificación del trabajador

b. Monto o porcentaje del descuento

c. Plazo de vigencia

d. Declaración expresa de voluntariedad

4.3. La autorización podrá ser revocada en cualquier momento por el trabajador, mediante comunicación escrita al empleador, sin necesidad de expresión de causa.

Artículo 5. Nulidad de descuentos indebidos Todo descuento efectuado sin cumplir con lo dispuesto en la presente ley es nulo de pleno derecho, generando la obligación de devolución inmediata al trabajador, sin perjulcio de las responsabilidades correspondientes.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera. Adecuación normativa  El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, adecúa el reglamento correspondiente en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.

(..)


Catalogo en línea   ..
Manuales  en Legislación Laboral  Peruana  2026..

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Participación en las utilidades en empresas constructoras..

 

Una empresa tiene 80 trabajadores bajo el régimen de construcción civil D. Leg. 727 y  16 trabajadores empleados (ingenieros) bajo el régimen del D.Leg. 728.   ¿Corresponde a los ingenieros participar en las utilidades?

El D. Leg. 892 (pub.11-11-96) establece que su regulación se aplica a los trabajadores  sujetos al régimen laboral de la actividad privada, mientras que en el art. 11 de dicho  decreto, dispone que los regímenes especiales de participación en las utilidades se rigen por sus propias normas.

Por lo tanto, a fin de determinar el pago de utilidades, se puede realizar un cálculo por  separado. 

Por un lado, los trabajadores de construcción civil, a quienes se les paga en un régimen   especial (3% comprendido dentro del 15% que se paga por concepto de CTS) y, por otro lado, los trabajadores administrativos sujetos al régimen común.

En el caso, no corresponderá la distribución de utilidades porque solamente cuenta con dieciséis trabajadores administrativos (D.leg. 677, art.9).

Esta es la posición por la que suelen optar las empresas de construcción. 

Ministerio  de Trabajo ..  Sin embargo, al efectuar las consultas con el Ministerio de Trabajo, son de la opinión  que debe sumarse ambos: los de construcción civil y los administrativos.


Esta información es parte  Manual  Cálculo y pago de utilidades  ..


Documento en formato PDF

133 paginas

Incluye  :
a.- Manual en PDF

b. -Plantilla de calculo utilidades para empresas con 50 trabajadores en Excell

c.- Guia del usuario aplicativo excel en PDF


Descargar índice  documento  aqui


Precio: Todos estos documentos  por un solo pago  S,/ 69.00
WhatsApp 989827008



Próximo Convenio 2026 Construcción civil

 

Para recordar  :Según el Convenio  colectivo  2024-2025 , se acordó que la vigencia de la próxima convención colectiva a  nivel de rama de actividad tendrá la vigencia de un año

Vigencia  :  Regirá a partir del 01 Enero  al  31 Diciembre  2026

 

Sobre el  Pliego Nacional para la Negociación  Colectiva por Rama de Actividad, en el Sector de Construcción Civil  Durante  el mes de Setiembre  2025  se presentará dicho  documento  , para iniciar  las negociaciones. 


Le interesa  el Régimen laboral  de Construcción civil 

Este documento  es para usted

Regimen Laboral Construcción civil 2026

   

Convenio Colectivo  Construcción civil  2026

Precio : S/ 79.00

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 Documento  pdf

432 páginas  ..  Usted recibirá 

- Manual  en formato pdf
- En formato Excel :
 a.- Tabla jornales construcción civil 2026.
 b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
 c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
 d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
 e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2026


Regimen laboral  Construcción civil  2026

Bonificación por asignación escolaridad después del cese en Construcción civil

 

Bonificación por asignación escolaridad después  del cese en Construcción civil

Si no entrego la constancia de estudios a tiempo y me liquidan haciendo el descuento de escolaridad por todas las semanas pagadas en el régimen construcción civil. ¿Puedo regularizar la constancia luego de ser liquidado y pedir el reintegro? O ¿ya se pierde ese derecho y no es retroactivo?

Respuesta 

El derecho : Esta asignación se otorga al trabajador con hijos hasta los 22 [1]años de edad cumplidos que cursan estudios de educación inicial o básica, o estudios técnicos o superiores. Fuente : Clausula segunda convenio colectivo 2015-2016

Desde el momento en que el trabajador ingresa a laborar en una obra de construcción civil, debiendo acreditar su derecho mediante la exhibición de las partidas de nacimiento y del documento otorgado por la autoridad de Educación correspondiente, en cualquier momento mientras esté vigente su relación de trabajo. 

Si el trabajador no acredita su derecho, los montos pagados por este concepto le serán descontados de su liquidación de beneficios sociales. 

[1] Hasta el 31 de Mayo del 2015 el máximo de edad era de 21 años.

Base legal  Resolución Subdirectoral N.° 531-81-911000 del 24.7.1981.

Por lo cual el plazo máximo es hasta el momento  del cese .

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El costo por hora hombre en construcción civil en el Perú

 



Este costo varía según la categoría del trabajador y otros factores. 

Lo vigente.. Para el período 2024-2025, los jornales básicos son: S/86.80 para operarios, S/68.10 para oficiales, y S/61.30 para peones. 

Los Jornales diarios..  Estos jornales se refieren a la remuneración diaria y deben ser convertidos a costo por hora para obtener el costo hora hombre. 

Los demás beneficios...  Además, existen bonificaciones y beneficios sociales que incrementan el costo total

Desglose de costos:

Jornales básicos (2024-2025):

Operario: S/ 86.80 

Oficial: S/ 68.10 

Peón: S/ 61.30 

Cálculo del costo hora hombre: Se debe considerar el jornal diario, las leyes sociales, la bonificación por movilidad, y otros beneficios, dividiendo el total entre las horas trabajadas (generalmente 8 horas). 

Factores adicionales: El costo por hora hombre puede variar dependiendo de la especialización del trabajador (ej. soldador homologado 6G) y la zona geográfica. 


Cuadro  resumen  en ..

Manual Régimen laboral Construcción civil 2024-2025

Edición..  2025

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241 páginas  ..  Usted recibirá 

- Manual  en formato pdf

- En formato Excel :

 a.- Tabla jornales construcción civil 2024 -2025

 b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago

 c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil

 d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel

 e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2024-2025

MAS INFORMACIÓN AQUI





Duplicado carnet trabajador Construcción civil

 



Para obtener un duplicado del carnet del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC), debes dirigirte a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo (DRTPE) o al Centro de Mejor Atención al Ciudadano (MAC) de tu región con los documentos necesarios, que suelen incluir el DNI, denuncia policial (si es por pérdida o robo) y pago de una tasa, según corresponda. 


Pasos a seguir:

1. Acércate a la entidad correspondiente:

Dirígete a la DRTPE o MAC de tu región.

 


2. Presenta la documentación requerida:

DNI: Demuestra tu identidad. 


Denuncia policial (si es por pérdida o robo): Si has perdido o te han robado el carnet, deberás presentar una denuncia policial. 


Pago de tasa (si aplica): En algunos casos, como el duplicado de carnet, se requiere el pago de una tasa administrativa, según lo mencionado  el Gobierno Regional que te corresponde. 

3. Solicita el duplicado:

3.1. En la DRTPE    ;  o

( En Lima visite oficinas Ministerio  fe trabajo  ubicado  en Avenida  Salaverry)

3.2.MAC, solicita la emisión del carnet de duplicado, presentando los documentos y cumpliendo con los requisitos. 

4. Recoge el duplicado:

Una vez que la documentación sea revisada y se verifique el cumplimiento de los requisitos, podrás recoger el duplicado del carnet. 


Si tienes alguna consulta adicional, puedes escribir al correo electrónico drtpe_limaprovincias@trabajo.gob.pe o llamar al teléfono (01)4145535, anexo 5535.


Los Centros MAC, o Centros de Mejor Atención al Ciudadano, son espacios físicos en Perú donde se ofrecen servicios de diversas entidades públicas en un mismo lugar. Estos centros facilitan la atención a ciudadanos, proporcionando orientación y tramitación de servicios. 


Ubicación y Funciones de los Centros MAC:

Ubicación: Los Centros MAC se encuentran en diferentes regiones de Perú, incluyendo Lima y otras ciudades. Por ejemplo, en Lima hay centros en Comas, Atocongo y El Agustino, entre otros. 

¿Cómo encontrar un Centro MAC:

1. Busca en la página web del Gobierno:
Ingrese aqui
El gobierno peruano tiene una página web donde puedes encontrar información sobre los Centros MAC, incluyendo sus ubicaciones y horarios de atención. 


2. Llama al ALO MAC:
Puedes llamar al número 1800 para obtener información sobre los Centros MAC. 


3. Visita la plataforma del gobierno:
En la plataforma del gobierno peruano puedes encontrar información sobre los MAC, incluyendo sus ubicaciones y horarios. 


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Plantean cuota mínima obligatoria para asegurar la participación femenina en obras públicas

 

Plantean cuota mínima obligatoria para asegurar la participación femenina en obras públicas

Proyecto de Ley : 10466/2024-CR

Autor :Congresista Carlos Javier Zeballos Madariaga, de la bancada Acción Popular.

Propuesta: Propone una ley para garantizar la participación de la mujer en el sector de la construcción y las obras públicas. La iniciativa busca asegurar la inclusión de mujeres en todas las etapas de los proyectos, estableciendo de manera obligatoria que al menos el 20% del personal clave, administrativo u obrero en obras públicas esté compuesto por mujeres.

El proyecto se aplicaría a todas las entidades públicas y empresas privadas, mixtas o públicas que ejecuten obras públicas o actividades de mantenimiento financiadas con recursos del Estado. 

Además, contempla la implementación de programas de capacitación para mujeres, especialmente en zonas vulnerables, con el objetivo de fomentar su acceso a roles técnicos y operativos en el sector construcción.

Asimismo, la propuesta legislativa incluye la creación de un Plan Nacional para la Inclusión de Mujeres en Obras Públicas, a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 

Más detalles..  Este plan contempla incentivos fiscales para las empresas que cumplan con los porcentajes establecidos, así como campañas de sensibilización y medidas que aseguren condiciones laborales seguras para las trabajadoras. La Contraloría será responsable de supervisar el cumplimiento de la norma mediante registros en el portal Infobras.

De aprobarse, las entidades y empresas tendrán un plazo máximo de 30 días calendario para adaptarse a la nueva normativa y cumplir con la cuota mínima obligatoria de participación femenina.


 Extracto  Proyecto  Ley 10466/2024-CR

PROYECTO DE LEY QUE PROMUEVE LA PARTICIPACIÓN DE LA MUJER EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y LAS OBRAS PÚBLICAS

Artículo 1°- Objeto de la Ley La Ley tiene por objeto; promover la participación de mujeres el sector de la construcción y las obras públicas, a nivel nacional.

Artículo 2°- Finalidad de la ley La finalidad de la ley es la promover la participación equitativa de mujeres en los equipos de trabajo, con especial énfasis en los sectores de personal clave, administrativo u obrero, en todas las etapas de los proyectos en el sector de la construcción y en todas las obras publicas a nivel del gobierno nacional, regional y local.

Artículo 3°- De la aplicación  La presente ley se aplica a todas las entidades del sector público y empresas públicas, mixtas y privadas, inmersos en el sector construcción, que ejecuten proyectos de obras públicas por administración directa o por contrata en todo el territorio nacional. También es de aplicación para actividades de mantenimiento de infraestructura pública en operación, siempre que se ejecuten con fondos públicos

Artículo 4°- Del reglamento Las entidades del sector público y del sector privado, deberán implementar en su normativa, la obligatoriedad de cumplir con la contratación de un porcentaje mínimo del 20% de mujeres, en todas las obras públicas o contratadas, sea como personal clave, administrativo u obrero, según lo dispuesto en la presente ley, en un plazo no mayor a 30 días calendario, a partir de la vigencia de la presente norma.

Artículo 5. Número mínimo de mujeres en el personal de obra  En todo proyecto de obras públicas ejecutadas por administración directa o por contrata, se deberá garantizar que al menos un 20% del personal clave, administrativo u obrero esté compuesto por mujeres, independientemente de la magnitud o extensión del proyecto.

Artículo 6. Fomento de la capacitación y desarrollo de mujeres en el sector  Las empresas y entidades públicas con especialidad en temas de construcción, deberán implementar programas de capacitación dirigido a mujeres para que puedan acceder a roles técnicos y operativos en el sector de la construcción, priorizando la formación en áreas con mayor demanda de personal, y a la población femenina focalizada en zonas vulnerables.

Artículo 7. Creación de un Plan Nacional para la Inclusión de Mujeres en Obras Públicas  El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, deberá crear e implementar un plan nacional para la inclusión de mujeres en el sector de la construcción y las obras públicas, que contemple:

1. Incentivos fiscales o beneficios para las empresas que cumplan con los porcentajes establecidos de contratación femenina.

2. Proyectos de sensibilización en torno a la importancia de la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en el trabajo y la reducción de estereotipos.

3. La promoción de políticas que aseguren condiciones de trabajo seguras y respetuosas con las mujeres en las obras públicas ejecutadas por administración directa o por contrata.

(..)

Artículo 9. Implementación progresiva  La implementación de las disposiciones contenidas en esta ley se realizará en el plazo de 30 días calendario, las empresas tendrán un período de adaptación en el que podrán comenzar a incorporar a las mujeres como personal clave, administrativo y obrero en las obras públicas que ejecuten, alcanzando progresivamente el porcentaje mínimo de mujeres establecido.

(..)

Catálogo Manual 
Laboral 2025


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Inscripción o renovación carnet Registro trabajador Construcción Civil

 

Inscripción o renovación  carnet  Registro  trabajador Construcción Civil

RETCC : Registro  Nacional  Trabajador Construcción Civil 

Aplicación  :  Si se trabajara en  las obras Construcción   que exceden las 50 UIT

Para el caso de obras que no exceden de 50 UIT , este registro  no es obligatorio. 

Inscripción o renovación  carnet  Registro  trabajador Construcción Civil

Atención virtual de RETCC 

Se puede iniciar el trámite, presentando su solicitud a través del Sistema RETCC, en el siguiente link 

Pulse aqui


En el sistema 

Una vez ingresada la solicitud de inscripción o renovación, la dependencia competente de la Autoridad Administrativa de Trabajo procederá a su evaluación dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación.

Recoger Carnet  trabajador  construcción civil 

De verificarse el cumplimiento de los requisitos legales para la inscripción conforme al Reglamento del RETCC, la Autoridad Administrativa de Trabajo remitirá una comunicación al interesado indicándole la procedencia de su solicitud, y que debe apersonarse a cualquier de los tres (03) Centro MAC donde se brinda este servicio para recoger su carnet de forma presencial

Inscripción o renovación  carnet  Registro  trabajador Construcción Civil

Caso de tranite observado    En caso la solicitud tenga alguna observación, se le brinda al administrado un plazo de dos (02) días para presentar su subsanación, teniendo la presente área un plazo de dos (2) días hábiles para analizar la subsanación presentada y determinar si se ha subsanado de forma correcta y si su solicitud es finalmente procedente o debe ser denegada.

Construcción civil 
Registro  de Trabajadores 

Obligación  previa  que debe cumplir todo trabajador  obrero que desee laborar  en obra de construcción  supere 50 UIT


Registro  trabajador  Construcción Civil Inscripción o renovación  carnet  Registro  trabajador Construcción Civil



Reposición trabajador Construcción Civil

 

Reposición  trabajador  construcción civil

¿Procede la reposición 
en el empleo de trabajadores 
sujetos al régimen laboral de
 construcción civil?

En atención a la especial naturaleza del régimen laboral de construcción civil ( eventualidad de los servicios), los trabajadores sujetos a este régimen no tienen derecho a ser repuestos ante un despido inconstitucional. ( arbitrario, fraudulento , nulo , incausado)

Fuente : Casación 47-2022-JUNIN, publicada el 10 de diciembre


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Actualizate Laboral

Detalles 

La reposición :En este sentido, la Sala indica que la pretensión de reposición formulada por el trabajador de construcción civil no resulta procedente.

¿ Por que?

Toda vez que ampararla "(...) implicaría desnaturalizar este régimen.

Pues atendiendo a la duración del proceso judicial, el empleador tendría que reponer el trabajador en otra obra.

En donde las condiciones laborales ya no serán las mismas.

Generándose así una estabilidad en el acceso y en la salida del contrato de trabajo que estos trabajadores no tienen...

No procede  reposición  trabajador  construcción civil


Lo eventual ..

Se agrega  que "el carácter eventual del régimen y la contratación temporal del trabajador sujeto al mismo, hacen que sí exista incompatibilidad entre las normas del despido nulo y la naturaleza del régimen de construcción civil".


Se adjunta  texto 
 Casación 47-2022-JUNIN
Descargar aqui

Ricardo Candela  Actualizate Laboral


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