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Oportunidad de las capacitaciones en Seguridad y salud

 

Las Capacitaciones de seguridad y salud en el trabajo deben realizarse durante la jornada laboral 

Fuente: Informe 82-2015-MTPE


En el Informe 82-2015-MTPE/2/14.1, se señaló que las capacitaciones en seguridad y salud deben realizarse durante la jornada ordinaria de trabajo, de acuerdo a esto, si las capacitaciones se realizaran fuera del horario de trabajo deberá pagarse conforme a las reglas de sobretiempo.


Documento  de interés 

Manual Charlas 05 Minutos para seguridad y salud en el trabajo

 Documento  pdf

288 páginas 

Usted recibira  :

a. Manual  PDF 

b. Formato de charla ( word)

c. Registro Obligatorio  : Inducción  y capacitación  ( word)

Contenido  

Riesgos frecuentes en el ambito.laboral

Lista de peligros asociados a los riesgos en seguridad

Lista de peligros asociados a los riesgos en salud

Capacitación en seguridad y salud trabajo

Elementos guía para el desarrollo de un programa de capacitación

El propósito de la capacitación en seguridad:

¿A qué se llama capacitación?

a.- Obligación legal 

b.- Formación en prevención de riesgos

c.- Momento de impartir la capacitación

¿En qué momento se debe impartir las sesiones de capacitación?

Ver información  completa  aqui




Manual Nro 04 Capacitación al Supervisor de seguridad y salud en el trabajo


Cuaderno de trabajo Nro 04




La inspección de seguridad y salud en el trabajo

Documento PDF
42 paginas

Usted recibirá por su compra ...

a.- Manual en formato PDF
b.- Hoja de evaluación para el supervisor de seguridad
c.- Constancia de entrega de manual para el supervisor de seguridad

d.- Formato base registro de inspección de seguridad y salud



Usted acaba de cumplir con el proceso de elección del supervisor de seguridad y salud en el trabajo.
Debe capacitar al trabajador nombrado.




¿ Como lo hará?
Este documento reúne la parte inicial del proceso de capacitación para un trabajador que sin conocimientos de seguridad y salud es elegido para representar a sus compañeros.

Usted recibira :
a.- Manual en formato PDF
b.- Hoja de evaluación para el supervisor de seguridad
c.- Constancia de entrega de manual para el supervisor de seguridad

d.- Formato base registro de inspección de seguridad y salud


========== Contenido  =================


 Sección:
Nociones Generales

Capítulo I 
Obligación legal
¿Es obligatorio que el empleador realice inspecciones de seguridad en la empresa?
Y ¿Que es una inspección de seguridad y salud?

Capitulo II
Objetivo de la inspección interna de seguridad y salud en el trabajo
¿Cuáles son los objetivos que debe cumplir la inspección interna de seguridad y salud en el trabajo?
¿Existe alguna base legal que lo respalde?




Sección
Metodología desarrollo inspección interna de seguridad y salud

Capítulo I
Origen de la inspección de Seguridad y Salud
¿Dónde se origina la necesidad de realizar una inspección de seguridad y salud en el trabajo?

Capitulo II
Preparación de la inspección
a.- Lugar
b.- Planos y flujos
c.- Información (procesos – producción)
d.- Otra documentación relacionada
e.- Frecuencia de la inspección



Capitulo III
La inspección planificada
¿Cómo se desarrolla una inspección planificada?
1.- Definición del cronograma de inspecciones
2.- Elaboración de las listas de verificación
Cuantificación de resultados
3.- Ejecución de la inspección y análisis de los hallazgos
4.- Definición e implementación de las acciones a aplicar
5.- Documentación de las mejoras y cálculo de los indicadores de gestión


Capitulo IV
Una guía básica de inspección interna de seguridad

Capítulo V
El formato de inspección interna de seguridad  y salud


Capítulo VI
Tipo de  registros obligatorios


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Valor del documento : S/58.00 ( Cincuentiocho nuevos soles ).

Forma de pago




Forma de pago :

1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
2.- Una vez efectuado el pago, se debe escanear el Boucher y enviarlo por email a : conrcc@gmail.com
3.- Llamar al 989827008 para informar del deposito


=====================================================

Deposite el importe en la cuenta del Banco de Crédito del Peru

Cuenta : Ahorros
Moneda : Soles

Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 00219410454447607893
Utilice este código en caso desea hacer transferencia de un banco a otro.

También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).



Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 989827008

Usted recibirá por su compra ...

a.- Manual en formato PDF
b.- Hoja de evaluación para el supervisor de seguridad
c.- Constancia de entrega de manual para el supervisor de seguridad
d.- Formato base registro de inspección de seguridad y salud






Vea también el documento Nro 01  ...

Manual Capacitación para el nuevo supervisor de seguridad y salud en el trabajo

Cuaderno de trabajo Nro 01
Documento PDF
22 paginas


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Locación de servicios y capacitación en seguridad y salud por la empresa

¿Se desnaturaliza un contrato por locación de servicios cuando este registra su nombre en la asistencia a la capacitación por parte de la empresa? 
Considerando lo que dice la ley 29783 y su reglamento 005-2012 sobre capacitación en seguridad y salud en el trabajo.

Capacitación en seguridad y salud

Si es por capacitación en seguridad y salud en el trabajo . No
Pero la empresa debe especificar su condición de locador en el registro.

Recuerde : La empresa esta obligada a capacitar en seguridad y salud en el trabajo , tanto a sus trabajadores ,como personal visitante o prestador de servicios .


 Otro tipo de capacitaciones.
Si es por razones de conocimiento de procedimientos , uso de equipos o políticas de la empresa

Si.
El contrato de prestador de servicios se desnaturaliza ( pierde su valor o razón de ser) , si es incluido en las capacitaciones que la empresa otorga a su personal por razones sustentadas en el mejoramiento del desempeño laboral.

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Capacitación del trabajador en su dia de descanso

En una empresa a establecido que las capacitaciones sobre diversos temas de trabajo  y de seguridad serán dictadas en las instalaciones de la empresa solo los días domingo.

¿Es correcta esta política de la empresa?



Es plausible que la empresa establezca la necesidad y obligación de que su personal que capacite en las diversas funciones que realizan a diario .

Si eso incumple temas de seguridad y salud mejor.

La política es aplicable no es ilegal siempre y cuando :

a.- Reconozcan el tiempo de capacitación en dicho día ya sea como sobretiempo o trasladando el descanso físico a otro día de la semana.

Recuerde : Que el trabajador tiene derecho al descanso físico en forma continua por lo general el día domingo.
El no hacerlo merita el pago de una indemnización por el descanso no gozado.

b.- La asistencia obligatoria en ida domingo no existe.
La empresa deberá incentivar la asistencia del personal para cumplir con su cometido.

Recuerde : Por ser un día no laborable para el trabajador , este no estará obligado a asistir a las capacitaciones . Así la empresa sancione con medida disciplinaria , lo cual no tendría sustento legal.

Teniendo esta consideraciones , la nueva política de la empresa estará dentro de los causes legales vigentes.

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Catalogo Manuales en legislación laboral peruana

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Actualizados  a la fecha

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D.S. 229-2015-EF

 
Crédito por gastos de capacitación: Actualización de los programas de capacitación

Norma : D.S. 229-2015-EF
Publicado : 12/08/2015

Aplicación : Solo para micro , pequeñas y medianas empresas
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El   D.S. 229-2015-EF ha aprobado la actualización de los programas de capacitación (aprobado por D.S. 346-2013-EF) para efectos de la aplicación del crédito por los gastos del rubro, conforme a lo establecido en la Ley 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo y el crecimiento empresarial.

Para recordar :

Como se sabe, la Ley 30056 establece que las micro, pequeñas y medianas empresas que se encuentren en el régimen general tienen derecho a un crédito tributario contra el IR equivalente al monto de dichos gastos, siempre que no excedan del 1% de su planilla anual de trabajadores en el ejercicio en que se devenguen


La Ley Nº 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, establece los incentivos tributarios para la productividad, a través del crédito por gastos de capacitación.

La citada norma  dispone que las micro, pequeñas y medianas empresas generadoras de rentas de tercera categoría que se encuentren en el régimen general y efectúen gastos de capacitación tienen derecho a un crédito tributario contra el Impuesto a la Renta equivalente al monto de dichos gastos, siempre que no exceda el 1% de su planilla anual de trabajadores del ejercicio en el que devenguen dichos gastos.



Los programas de capacitación
Se establece que los programas de capacitación deben responder a una necesidad concreta del empleador de invertir en la capacitación de su personal, que repercuta en la generación de renta gravada y el mantenimiento de la fuente productora.

Asimismo, deben estar comprendidas dentro de la relación de capacitaciones que para tal efecto determinen los Ministerios de la Producción y de Economía y Finanzas en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante decreto supremo.

Dichos programas están sujetos a la certificación por parte de la entidad del Estado que establezca el Reglamento.

El Decreto Supremo Nº 234-2013-EF aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30056 en lo referido al crédito por gastos de capacitación, gastos de investigación científica, tecnológica o de innovación tecnológica y pronto pago; estableciéndose en su artículo 3 las condiciones que deben considerarse para la aplicación del crédito por gastos de capacitación a que se refiere el artículo 23 de la Ley, entre ellas, que las personas jurídicas deben solicitar la certificación de los programas de capacitación que decidan prestar, ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Mediante Decreto Supremo Nº 346-2013-EF se aprueban los programas de capacitación para efectos de la aplicación del crédito por gastos de capacitación a que se refiere el artículo 23 de la Ley Nº 30056, vigentes a partir del 1 de enero de 2014, lista que es necesario actualizar conforme a lo prescrito en el artículo 2 del citado dispositivo, previa coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Sobre el D.S. 229-2015-EF
Su objetivo es actualizar los programas de capacitación que  estan incursos en el credito por gastos segun la Ley Nro 30056.

RM 034-2012-TR

Modifican la R.M. 338-2010-TR que regula la presentación del programa de capacitación por las empresas ante el ministerio de trabajo



Publicado : 31/01/2012

Vigencia : 01/02/2012

Descargar norma RM 034-2012-TR desde aqui


Precisiones

Debe recordarse que la presentación de este programa es solo aplicable si la empresa desea usar el beneficio tributario ante la sunat del 5 % de los gastos incurridos , cuando declare el impuesto a la renta de tercera categoria de cada ejercicio fiscal.


Se modifican los articulos 1,2 ,3 y 6 de la R.M. 338-2010-TR

Momento de aplicación

Estas modificaciones solo seran aplicables a los programas de capacitación a desarrollarse durante el año 2012


Para los programas de capacitación realizados durante el año 2011 , el plazo de presentación mediante el sistema virtual del Ministerio de trabajo vence el 29 de Febrero 2012.

Oportunidad de presentación de programas

Los programas de capacitación a desarrollarse durante el año 2012 deben ser presentados ante el Ministerio de Trabajo al siguiente mes de su ejecución y de acuerdo al cronograma de obligaciones mensuales del ejercicio fiscal respectivo públicado por la SUNAT.


Ejemplo : Si la empresa desarrolla una capacitación en el mes de Enero 2012 , debe presentar dicha información mediante el sistema virtual del ministerio de trabajo en el mes de Febrero 2012 , respetando el cronograma de pagos de la sunat.


Incumplimiento

En caso se incumpla con la presentación dento del plazo establecido , la empresa sera sujeta a inspección laboral y pago de multa por se infracción . Debiendo de todos modos presentar dicho programa.

Registro programas de capacitación




Para promover el desarrollo del capital humano a través de la capacitación de los trabajadores, se ha emitido la Ley 29498 (Ley de Promoción de la Inversión en Capital Humano con vigencia a partir del 1-1-11), a la que complementa la R.M. 338-2010-TR (pub. 31-12-10)

El beneficio establecido es de carácter tributario.
Se prevé que las sumas destinadas a la capacitación del personal pueden ser deducidas como gasto hasta por un monto máximo equivalente a 5% del total de los gastos deducidos en el ejercicio (Ley, art. 2).

Se entiende por capacitación toda acción realizada por los empleadores destinada a incrementar las competencias laborales de los trabajadores, a fin de coadyuvar a la mejora de la empleabilidad y de la productividad de la empresa (R.M., art. 2.1).


Los empleadores deben presentar el Programa de Capacitación (que contiene las actividades de capacitación y datos de la empresa) al MTPE en enero del año siguiente a su ejecución, a través de un sistema virtual en el portal del Ministerio y sin costo alguno
(Ley, 2da. Disp. Compl, y R.M., art. 5).

El Ministerio de trabajo ya tiene en funcionamiento dicho registro.
Puede acceder al mismo a traves del siguiente link:

http://www.mintra.gob.pe/REGISTROCAPACITACION/


seguridad y salud en el trabajo: comite o delegados

Capacitación obligatoria por el empleador : seguridad y salud en el trabajo
Representantes, delegados y miembros comite de seguridad


Los representantes o delegados de seguridad y salud en el trabajo deben ser capacitados en temas relacionados a las funciones que van a desempeñar antes de asumir el cargo y durante el ejercicio del mismo.
Base legal : D.S. 003-2005-TR , articulo 23

seguridad y salud en el trabajo: trabajadores

Capacitación obligatoria por el empleador : Seguridad y salud en el trabajo
Situación : trabajadores

El empleador debe adoptr disposiciones para que todo trabajador este capacitado en el cumplimiento de sus deberes y obligaciones relacionadas a la seguridad y salud en el trabajo.

Base legal : D.S. 003-2005-TR , articulo 16

Ademas tiene el deber de trasmitir a los trabajadores de manera adecuada y efectiva , la información y los conocimientos necesarios en relación con los riesgos en el centro de trabajo y en el puesto o función , Asi como las medidas de protección y prevención aplicables a tales riesgos.
Base legal : D.S. 003-2005-TR , articulo 42

Hostigamiento sexual

Capacitación obligatoria por el empleador : Hostigamiento sexual

El empleador debe capacitar a los trabajdores sobre las normas y politicas , contra el hostigamiento sexual en la Empresa. ( Ley 27942 , articulo 7.a) , especialmente , debe sensibilizar sobre las conductas a sancionar , a fin de promover un ambiente laboral saludable y un cambio de conductas contrarias al mismo.
Base legal : D.S. 010-2003-MIMDES , articulo 21

compensacion por tiempo de servicios

Capacitación obligatoria por el empleador : Compensación tiempo de servicios.

El empleador esta obligado a capactitarse y capacitar a los trabajadores sobre la correcta aplicación de la Compensación por tiempo de servicios

Base legal : TUO del D.Leg 650
Sexta disposición transitoria

RM 338-2010-TR



Regulan la presentación por las empresas del programa de capacitación ante el Ministerio de Trabajo , a efectos de acceder a la deducción de las sumas invertidas en capacitación de sus trabajadores

Publicado :31/12/2010
Vigencia : 01/01/2011

Como parte de la Ley 29498 ( Inversión en el capital humano ).
Su aplicación es opcional.

Programas de capacitación , para la norma “ es el documento de actividades efectivamente realizadas por la empresa “.

Su presentación se realizar en el mes de Enero del año siguiente de su ejecución.
Dicha obligación se aplica a las empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que deseen acogerse a la deducción del gasto por inversión en capital humano.
Esto se realizara a través de un sistema virtual que se implementara en el portal de Mintra.http://www.mintra.gob.pe

En consecuencia . las empresas que deseen acogerse a la deducción de los gastos de capacitación que efectuen durante el año 2011 , deberan presentar su programa en Enero 2012



Su contenido :Datos generales de la empresa , datos específicos de capacitación realizados por regiones : nombre de la región , nombre del curso o programa , objeto de la capacitación , numero de trabajadores de la empresa , modalidad de la capacitación , fecha de inicio y termino , numero de horas , numero de trabajadores certificados , nombre y numero RUC del centro de capacitación y/o capacitador y nombre de los trabajadores comprendidos.

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