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El límite del tiempo de disposición de los trabajadores no fiscalizados

 


Resumen : Se determina  que  el límite  del tiempo de disposición para trabajadores no fiscalizados es de 12 horas 

El exceso debe ser reconocido y pagado como trabajo en sobretiempo.

Fuente : Casación Laboral Nº 11422-2020 La Libertad

La Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República 


Detalles

Se ha preciado que, aunque los choferes de microbuses de transporte urbano de pasajeros se encuentran excluidos de la jornada máxima. ( Por ser ttabajador  intermitente )

Sí tienen derecho a percibir un pago por horas extras si efectuaron una jornada superior a las 12 horas diaria.


En el Poder Judicial 

La  Corte Suprema del Poder Judicial ;  declaró infundado el recurso de casación interpuesto por un empleador, confirmándose la sentencia de la Sala Laboral que dio la razón a un chofer respecto del derecho al pago por el trabajo en sobretiempo realizado durante la relación laboral y su incidencia en los beneficios sociales. 

Las sentencias inferiores encontraron que el chofer de transporte público de pasajeros fue un trabajador ntermitente y, por ese motivo, estuvo excluido de la jornada máxima de trabajo (también llamado personal no fiscalizado).

Sin embargo, señalan que esta última situación no descarta la realización de horas extras.


Horas extras  En ese sentido, dichas sentencias concluyeron que el extrabajador estuvo a disposición del empleador por un lapso de entre 10 y 15 horas por día.

 En este espacio de tiempo realizó trabajo efectivo y tuvo lapsos de inactividad.

Durante el tiempo de espera (entre vuelta y vuelta) ingirió alimentos, usó los servicios, cargó combustible y revisó el vehículo. Pero, como consideran que dicho lapso no debió superar las 12 horas por día, determinaron que el exceso debe ser reconocido y pagado como trabajo en sobretiempo


Es un caso  concreto ..  Si bien la sentencia   se refiere al caso concreto de un chofer de transporte público de pasajeros; en la Casación comentada  se desarrollan una serie de conceptos y criterios que dan inicio a un cambio  radical  en el tratamiento  legal de los de los trabajadores no fiscalizados.


Un antes y un ahora.  Criterios  de la Sala Laboral 

 Cuatro puntos relevantes de la casación que debe tenerse presente

 PrimeroExisten Trabajadores  fuera de los límites de  la jornada máxima 

Según  la normativa laboral que regula el tiempo de trabajo,  existen trabajadores que no se encuentran comprendidos dentro de la jornada máxima de trabajo de 8 horas diarias o 48 horas semanales.

Esto  se justifica en que no realizan labor efectiva durante toda la jornada de trabajo.


Segundo, Los 3ª tipos  de trabajadores fuera de los límites jornada máxima 

Existen 03 tipos de trabajadores que pueden recibir la calificación de personal no comprendido dentro de la jornada máxima de trabajo: 

a. El personal que ocupa puestos de dirección; 

b. Los trabajadores que no se encuentran sujetos a fiscalización inmediata  por laborar total o parcialmente fuera del centro de trabajo o por realizar todas o parte de sus labores su supervisión inmediata del empleador; y, 

c. Lls trabajadores que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia,

Es decir  aquellos que dan servicios efectivos de manera alternada con lapsos de inactividad


Tercero, El tiempo máximo razonable    Se establece que el período diario de dedicación del trabajador, no comprendido dentro de la jornada máxima de trabajo, debe interpretarse razonablemente de acuerdo con la Constitución.

Se define una jornada máxima de trabajo y la prohibición de trabajar sin retribución.

Esto para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, el disfrute del tiempo libre, el descanso, la dignidad y un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. 

En este sentido, indica que se tratan de supuestos de exclusión; por ende, deben ser interpretados en forma restrictiva y analizados en cada caso concreto, considerando las características singulares de cada situación laboral.


Cuarto, Lo razonable  son 12 horas

 Si bien la normativa laboral no establece una jornada máxima para los trabajadores antes mencionados, encuentra razonable y necesario establecer un límite máximo al tiempo de disposición para su empleador por el salario normal u ordinario pactado.

 Por eso, indica que dicho límite no puede ser menor a las 12 horas diarias para hacer practicable el derecho al disfrute del tiempo libre y al descanso diario de los trabajadores

Texto Casación Laboral Nº 11422-2020 

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¿ Horas extras para Choferes de transporte por carretera ?

 

Los conductores de vehículos utilizados en el transporte por carretera ¿ tienen derecho al pago de las horas extras ?

Un grupo de choferes de tráileres demandó el pago de horas extras desde el 1° de mayo del 2006 hasta la fecha en la que se declare judicialmente el derecho.

Argumentan que para el empleador realizaban dos viajes diarios entre una mina y el depósito con una duración promedio de 14 a 16 horas sin acompañamiento de copilotos.


El Poder  Judicial  Ante ello, aplica   cuatro  criterios para tomar una decisión:

1.El carácter intermitente –o no– de la jornada laboral;

2. La existencia –o no– de fiscalización de la jornada laboral;

3. La existencia –o no– del descanso entre jornadas de conducción, y 

4. Si los efectos del Convenio de la OIT N° 67 sobre las horas de trabajo y el descanso (transporte por carretera), 1939 resultan aplicables al caso concreto.


1.  Del Trabajo lntermitente En cuanto al carácter intermitente –o no– de la jornada laboral, la sala suprema señala que los conductores de vehículos utilizados en el transporte por carretera no realizan jornadas intermitentes.

Ya que la actividad relativa a la conducción de tales vehículos es permanente y no es discontinua.

Además,  los lapsos de inactividad como supuestos de excusión de horas extras son aquellos en los que el trabajador no está a disposición del empleador o de la actividad que se ejecuta. 

Es decir, no están obligados a realizar ninguna actividad ni a la espera de que se use su mano de obra.

Por ende, el colegiado supremo colige que los trabajadores que conducen vehículos por carretera no realizan labores con intermitencia. 

Conclusión que se infiere también del Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de los Convenios y Recomendaciones de la OIT, conforme al estudio general realizado a los convenios N° 01 y 30, añade el supremo tribunal.



2. De la Fiscalización de Jornada   Respecto a la existencia –o no– de fiscalización de la jornada laboral la sala suprema señala que para la no existencia de fiscalización inmediata, los trabajadores no deben estar sujetos a vigilancia en la prestación de sus labores.

Presupuesto que no se cumple en el caso de los conductores de vehículos utilizados en el transporte por carretera.

Ya que normalmente los choferes cuentan con inspectores, sistemas de control satelital –GPS–, hoja de ruta y otros medios que permiten la fiscalización y supervisión de su trabajo, explica el supremo tribunal.

A su vez, agrega, estos trabajadores cumplen con tiempos específicos para llegar a su destino y volver al lugar de partida, atendiendo a que el empleador cuenta con información razonable de las demoras por tráfico.

A esto se suma que los conductores deben recorrer determinada distancia, para lo cual los vehículos consumen determinada cantidad de combustible y que los choferes cumplen con protocolos de la Autoridad Administrativa Nacional o Municipal respecto al desplazamiento del vehículo y horas de ingreso, con estrictas especificaciones sobre sus paradas y otras contenidas en el reglamento interno, detalla.

Por estas razones, estos trabajadores no pueden ser considerados como personal no sujeto a fiscalización inmediata, colige el supremo tribunal. 

3. Del Descanso  entre  jornada Sobre la existencia –o no– del descanso entre jornadas de conducción, la sala suprema menciona que se entiende por descanso aquel tiempo libre que puede disfrutar cualquier persona en su propio beneficio y a discreción, que permita reconstituir su salud física como emocional.

En ese sentido, el período de inactividad que surge de la labor propia de los conductores de vehículos para transporte por carretera no puede ser considerado como tiempo de descanso.

Ya que el trabajador está, en dicho período, sujeto a la prestación de sus labores por cualquier circunstancia que se presente en su puesto de trabajo, precisa.


4. Del Convenio OIT 67  En torno a si los efectos del Convenio de la OIT N° 67 se aplican al caso concreto, la sala suprema indica que de acuerdo con el artículo 55 de la Constitución, los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional. 

En ese sentido, la OIT señala que los países que ratifican un convenio están obligados a aplicarlo en la legislación y en las prácticas nacionales, precisa.

A tono con ello, el supremo tribunal advierte que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) sostiene en el Informe N° 043-2013-MTPE/2/14.1 que “Para que un Estado Miembro de la OIT deje de encontrarse obligado respecto a un Convenio, debe proceder a denunciarlo conforme a lo establecido en la misma norma internacional o mediante la ratificación de un convenio revisor”. Esto teniendo en cuenta que el Consejo Jurídico de la OIT es de la opinión de que la adopción de un convenio que revisa a otro no acarrea la derogación de este último y que el artículo 4° del Convenio de la OIT N° 67 fue derogado por la Administración de la Oficina Internacional del Trabajo el 5 de junio del 2017.

Por ello, a criterio del colegiado supremo corresponde determinar si en el momento de los hechos en cada caso, por el principio de temporalidad, resulta aplicable aquel convenio ratificado por el Perú el 4 abril de 1962, concretamente su artículo 4°, que reconoce como horas de trabajo incluso aquellos “descansos” intercalados o períodos de inactividad y, por ende, considera que tales lapsos al ser trabajos efectivos deben remunerarse.

Decisión en el caso concreto

En el caso materia del recurso,

La sala suprema determinó que los demandantes hicieron trabajo en horario que superó la jornada diaria de 08 horas diarias y las 48 horas semanales y que sus labores no fueron intermitentes, pues no estuvieron acompañados por copilotos. 

Además, añade, estableció que los demandantes sí estuvieron sujetos a fiscalización mediante medios como el GPS, vouchers de pago de peajes, tiques de ingreso al depósito, entre otros.

Por  consiguiente, la sala suprema concluye que el tiempo de trabajo en sobretiempo de los demandantes debe ser remunerado, declarando fundado el recurso de casación 

Fuente : Casación N° 14257-2022 Lima, emitida por la Cuarta Sala Suprema de Derecho Constitucional y Social Transitoria.

2023 Catálogo Manuales Laborales

63  Títulos  de aplicación  Legislacion  Laboral  Peruana Leer aqui


¿ Cuando se presume que el trabajador a hecho horas extras tacitas ?

 Las horas extras  tacitas 

La  SUNAFIL ha precisado que ...

La autorización para prestar servicios en sobretiempo (horas extras) puede manifestarse de forma expresa y tacita.


Si es  tácita  , el solo hecho de que el trabajador acredite haberse quedado a laborar más allá de la hora de salida, genera la presunción de que ha realizado trabajo en sobretiempo con autorización (tácita) de su empleador.

 En este sentido, corresponderá al empleador acreditar con rigurosidad que el trabajador permaneció en las instalaciones de la empresa por cualquier otra razón distinta a la de ejecutar trabajo adicional. 

¿ Y el reglamento interno?  No basta alegar que el Reglamento Interno de Trabajo de la empresa indique que toda prestación de servicios en sobretiempo deba ser autorizada por el jefe inmediato.

El registro  de asistencia   El TFL sostiene que el registro de control de asistencia es el medio de prueba idóneo para establecer la existencia o no de las horas extras.

No  siendo necesario contar con otros medios probatorios que acrediten el trabajo en sobretiempo ni tampoco la labor efectiva realizada por el trabajador.

Fuente :  Resolución 899-2023-SUNAFIL/ TFL 

Más información aqui 

Manual horas extras 2023

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¿Recibir correos fuera de jornada de trabajo genera pago de horas extras ?


Una  sentencia de la Corte Suprema (Cas. Lab. 2702-2016, La Libertad) considera que el incumplimiento de la exhibición de los libros de planillas del empleador no impide el pago del trabajo realizado en sobretiempo, siempre que el trabajador acredite mediante otros medios su real y efectiva realización. Es decir, no basta una presunción. Entonces.

¿Recibir correos electrónicos fuera de la jornada de trabajo genera el derecho al pago de horas extras?

a. Sí
b.No
c. Depende

Si

A través del correo corporativo de la empresa, donde el jefe asigna una tarea al trabajador fuera de su horario de trabajo, la cual deba ser entregado en ese momento.

La respuesta a este correo por parte del empleador confirmando que hará la tarea asignada.

Lo mismo aplica para otros medios de comunicación como WhatsApp y llamadas telefónicas.

¿ Y donde dice eso ?

Por ejemplo  en el  D.U. 127 -2020    , no  trata el tema pero.es una forma logica  de demostrar que el trabajador hizo sobretiempo.

Alguien dijo  Teletrabajo...

Una forma del incumplimiento  a la desconexión  digital. 





¿Qué pasa con las horas extras en el teletrabajo ?

 

Las horas  Extras o sobretiempo ( en la Legislación laboral Peruana  ) ,es un derecho  que adquiere el trabajador  al laborar más tiempo  de su jornada  establecida.  En el Perú  hay trabajadores  que nunca cobraran sobretiempo  .

[ Lea : ¿ Todo trabajador  puede  cobrar horas extras ? ]

El Teletrabajo  , es una modalidad  de prestación  de servicios  a distancia ( el trabajador  no asiste físicamente  al local  de la empresa ) , realiza sus labores  a través de medios tecnológicos  .

El teletrabajo  se aplica para trabajadores  que son  fiscalizados y para aquellos que no son fiscalizados.

[ LeaLo que debe saber del Nuevo Teletrabajo  ]

¿ Se reconoce  las horas extras al teletrabajador  ?

 En el caso de trabajadores  fiscalizados :  Estos tienen una jornada laboral y un horario de trabajo establecidos.

 Es decir, los días laborables y las oportunidades de inicio y fin en que deben realizar sus funciones  ya establecidos.

En cuanto a las horas extras,  se permite que los trabajadores fiscalizados las realicen en el período de desconexión digital ( etapa en la cual  no prestan labores a su empleador  ), si es que existe acuerdo previo, o que laboren en los días de descanso ( ejemplo : domingo ) o feriados ( ejemplo : Año nuevo , Navidad o similares  ).

El pago : En estos casos, la realización y el pago se regulan por la normativa sobre tiempo de trabajo o descansos remunerados vigentes en la Legislación laboral Peruana  para el régimen común  ( D.Leg 713 y D.Leg 8 54)

Los Trabajadores  no fiscalizados : Estos  no cuentan  con una jornada de trabajo  pre establecida.

Esto por la naturaleza de sus actividades.

Ya que deciden o tienen la libertad de elegir el momento en que ejecutan sus labores .

Y porque no están sujetos a la fiscalización ( control) del tiempo.

En este grupo se encuentran los trabajadores de dirección, los no sujetos a fiscalización inmediata en materia de tiempo de trabajo, y los que prestan servicios intermitentes.

En cuanto a las horas extras

Al no tener un horario  de inicio o termino de labores  , no tienen el beneficio  de cobrar sobretiempo.



¿Todos pueden cobrar horas extras?

 


No

La legislación laboral Peruana  ha establecido que algunos trabajadores  , por el tipo de calificación  que reciben , no tengan derecho al pago del sobretiempo. 


En la Legislación laboral no existe  el término  Horas extras. 

Este concepto  es tratado  con el nombre de Sobretiempo. 

Para saber más Vea,...

Ingrese  aqui

¿ Quienes están excluidos  ?

Están excluidos los que no está  sujetos  a  la jornada máxima legal.

¿ Que es eso? Es el derecho de laborar ,como  máximo,  08 horas diarias o 48 horas semanales. 

¿ Qué trabajadores  están  excluidos  de esa jornada máxima?

1.Los trabajadores de dirección,

2. Los trabajadores de confianza con excepción de los trabajadores de confianza sujetos a fiscalización,

3. Los trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata.

4. Los que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia, quienes regularmente prestan servicio efectivos de manera alternada con lapsos de inactividad.


Como se deduce , son pocos trabajadores  dentro de una empresa  , por lo que resulta extraño el conocer a personas que no tienen derecho a sobretiempo 

¿ Y como identificar  a dichos trabajadores  ?

1.Los trabajadores de dirección


2. Los trabajadores de confianza con excepción de los trabajadores de confianza sujetos a fiscalización


3. Los trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata.

Entendiéndose como aquellos que realizan sus labores o parte de ellas sin supervisión inmediata del empleador, o que lo hacen parcial o totalmente fuera del centro de trabajo.

Su calificación hace que no se encuentre dentro de los límites de la jornada. 


Lo que la empresa no debe hacer : Si un personal no fiscalizado es sancionado por llegar tarde, se le descuenta por llegar o irse temprano, entonces podría tener evidencia que es realmente fiscalizado.( tiene un control  de asistencia  y por lo tal cumple una hora establecida  de ingreso , la cual deviene de una jornada laboral  establecida ).

Normalmente el personal no fiscalizado tiene una compensación orientada en los resultados (un vendedor es un ejemplo típico de un trabajador no fiscalizable). No tiene pago por trabajo en sobretiempo, pero sí tiene comisiones


4.Los que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia, quienes regularmente prestan servicio efectivos de manera alternada con lapsos de inactividad.jornada.

Son por lo general  el personal  de vigilancia ( agente de seguridad ) en una enpresa. 


Para saber más sobre la aplicación  de las horas  extras visite ...

Manual  ABC de las Horas extras 2023

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¿Cual es la Característica principal del sobretiempo ?

 


Característica principal  del sobretiempo

La Característica principal  del sobretiempo , es no ser de realización  Obligatoria.

El trabajador no puede estar obligado a realizar horas extras (salvo en casos fortuitos o fuerza mayor) ni el empleador a otorgarlas, sea que el trabajador necesite generar más horas de trabajo (e incrementar su salario)

Fuente :
Resolución Nº 281-2021-SUNAFIL/TFL

Pulse  en la imagen  ...

¿ Como se Calcula tus horas extras?

 


1. Concepto

El sobretiempo es la labor prestada por el trabajador fuera de su jornada de trabajo.

Es voluntaria , tanto en su otorgamiento como en su prestación.


2.- Oportunidad

El sobretiempo puede ocurrir antes de la hora de ingreso o después de la hora de salida establecida.


3.- Calculo por día o por semana

¿Las horas extras se calculan por día o por semana?

Las horas extras se calculan por día.


4.- Tarifa mínima legal

El tiempo trabajado en sobretiempo , se abona con un recargo a convenir , que para las 02 primeras horas  no pueden ser inferior al 25 % por hora calculada sobre la remuneración percibida por el trabajador en función del valor hora correspondiente y 35 % para las horas restantes.


Si el sobretiempo es menor a una hora , se pagara la parte proporcional del recargo horario.

5.- Compensación del sobretiempo con descanso físico

El Empleador y el trabajador pueden acordar compensar el trabajo prestado en sobretiempo con el  otorgamiento de periodos equivalentes de descanso.

Tal acuerdo deberá de constar por escrito , debiendo realizarse tal compensación dentro del mes  calendario siguiente a aquel en que se prestó el trabajo , salvo pacto en contrario.


Caso practico 


Manual horas extras 2021

Lo que todo empleador deberia saber sobre el tratamiento de las horas extras

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Costo del Manual laboral : Horas Extras

S/ 69.00 ( Sesenta y nueve Soles).

Más información   aqui 



¿ Cómo se calcula la gratificación por Fiestas Patrias Si se ha hecho sobretiempo?

 Gratificación  por  Fiestas  Patrias 

Calculo  del beneficio 

Sobretiempo. 

Si se  ha hecho  Sobretiempo  en el semestre respectivo  ( Entre Enero a Junio) ...

¿ Se incluye el Sobretiempo  en el Calculo  de la gratificación  por  Fiestas  Patrias?

¿ Si los montos por gratificación  son variables,  como  incluirlos ?

¿ Si solo se ha hecho Sobretiempo  en un mes ( Ejemplo: Mayo ) , se incluye  en el cálculo?

Un ejemplo  de cálculo  gratificación  por  Fiestas  Patrias  con Sobretiempo. 


@ctualizate.


¿ En que momento de la jornada se puede hacer sobretiempo?

 

¿ El sobretiempo siempre se hace al final de la jornada?

¿ Si se i ngresa antes del inicio de la jornada , esa labor realizada que seria?

¿ Es sobretienpo el trabajo realizado en horario de Refrigerio?




Base legal :Decreto Legislativo 854 , articulo 10

Revista Laboral Actualizate.



Feriados , horas extras modelos y formatos

   

Necesita algun formato laboral sobre ...



Gratificaciones
1.- Modelo de Convenio de otorgamiento de gratificación extraordinaria
Descanso semanal obligatorio
1.- Modelo de convenio para laborar en el día del descanso semanal obligatorio
2.- Modelo de convenio para la modificación de la oportunidad del descanso semanal obligatorio
Feriados no laborables
1.- Modelo de convenio para laborar en el día feriado no laborable
2.- Modelo de convenio para la modificación de la oportunidad del descanso del feriado no 
laborable.
Horas extras
1.- Boleta de horas extras
2.- Modelo de convenio para realizar horas extras
3.- Comunicado donde se da a conocer a los trabajadores la obligación de laborar horas extras , 
motivadas por haberse presentado necesidades en razón de un hecho , fortuito especifico
4.- Modelo de convenio para compensación de horas extras con tiempo de descanso
Utilidades
1.- Modelo de hoja de liquidación de la distribución de utilidades
2.- Carta simple: Requerimiento pago utilidades

 

Si...

Vea el.siguiente  Manual.Laboral


Documento pdf
119 paginas



Contenido :

Remuneración
1.- Modificación de la oportunidad de pago
2.- Modelo convenio reducción remuneración
3.- Modelo convenio remuneración integral
4.- Modelo solicitud pago de remuneración del trabajador a un tercero
5.- Modelo solicitud pago asignación familiar
6.- Modelo de constancia de entrega de remuneraciones retenidas por mandato judicial
7.- Modelo de autorización de descuentos de la remuneración por el trabajador.
8.- Convenio de cambio de estructura de remuneraciones
9.- Modelo Boleta de pago


Prestación de servicios
1.- Clausula o adenda modificatoria
2.- Comunicación al personal de la suspensión de las labores por caso fortuito o fuerza mayor
3.- Comunicación al personal inicio procedimiento terminación relación laboral causas objetivas
4.- Solicitud Autoridad Administrativa Trabajo terminación relación caso fortuito o fuerza mayor
5.- Comunicación del empleador reincorporación de un trabajador cesado por causas objetivas .

Condiciones de trabajo
1.- Clausula o adenda modificatoria

Prestamos
1.- Convenio de descuento por pago de préstamo otorgado por la empresa al trabajador


Prestaciones Alimentarias
1.- Modelo Convenio individual de otorgamiento de prestaciones alimentarias

Jornada y horario de trabajo
1.-Modelo de cartel de exhibición de la jornada y horario de trabajo en el centro de labores
2.- Modelo de comunicación de modificación de horario de trabajo
3.- Modelo de convenio variación de la jornada de trabajo
4.- Modelo de comunicación de ampliación de la jornada de trabajo
5.- Pacto de jornadas acumulativas

6.- Registro control de asistencia
6.1.- Modelo primera hoja registro permanente control asistencia (cuaderno u hoja de control)
6.2.- Modelo de tarjeta de control de asistencia ( en caso de utilizar este sistema de control )
6.3.- Modelo de registro permanente de control de asistencia ( hoja suelta o cuaderno de control )
6.4.- Modelo: Registro de control de asistencia y de salida individual


Vacaciones
1.- Modelo solicitud para el fraccionamiento del descanso vacacional anual
2.- Modelo convenio de reducción del descanso vacacional anual
3.- Modelo convenio acumulación de periodos de descanso vacacional anual
4.- Formato rol de programación vacacional anual

Compensación por tiempo de servicios
1.- Modelo de comunicación del trabajador al empleador señalando la entidad y la moneda del
depósito de la compensación por tiempo de servicios
2.- Modelo de solicitud de cambio de depositario
3.- Modelo de liquidación de depósitos semestrales de la compensación por tiempo de servicios
4.- Modelo de solicitud de retiro parcial de la compensación por tiempo de servicios
5.- Solicitud del trabajador informando al empleador, del deseo de retirar el excedente su cuenta
Compensación por Tiempo de Servicios
6.- Carta dirigida a entidad financiera informando el monto intangible para el retiro del excedente
de la compensación por tiempo de servicios
7.- Observación al depósito compensación por tiempo de servicios
8.- Juicio por Alimentos: Comunicado al Juzgado sobre nombre de entidad depositaria
9.- Informe al juzgado por traslado de depósito
10.- Los depósitos de la CTS como bien conyugal

Gratificaciones
1.- Modelo de Convenio de otorgamiento de gratificación extraordinaria

Descanso semanal obligatorio
1.- Modelo de convenio para laborar en el día del descanso semanal obligatorio
2.- Modelo de convenio para la modificación de la oportunidad del descanso semanal obligatorio

Feriados no laborables
1.- Modelo de convenio para laborar en el día feriado no laborable
2.- Modelo de convenio para la modificación de la oportunidad del descanso del feriado no
laborable.


Horas extras
1.- Boleta de horas extras
2.- Modelo de convenio para realizar horas extras
3.- Comunicado donde se da a conocer a los trabajadores la obligación de laborar horas extras ,
motivadas por haberse presentado necesidades en razón de un hecho , fortuito especifico
4.- Modelo de convenio para compensación de horas extras con tiempo de descanso

Participacion en las utilidades
1.- Modelo de hoja de liquidación de la distribución de utilidades
2.- Carta simple: Requerimiento pago utilidades
3.- Comunicación: Remanente de utilidades

Seguro de vida ley
1.- Comunicación al trabajador de seguro de vida contratado
2.- Modelo de declaración jurada de beneficiarios

Permisos
1.- Licencia sin goce de haberes
2.- Licencia con goce de haber
3.- Licencia por paternidad
4.- Convenio horario de permiso por lactancia materna
5.- Licencia sindical
6.- Licencia por enfermedad grave o terminal o por accidente grave de familiar directo
7.- Licencia para atención médica y terapia de rehabilitación de personas con discapacidad

Medidas disciplinarias
1.- Amonestación
2.- Suspensión
3.- Despido
3.1.- Carta de pre aviso
3.2.- Carta de despido

Trabajador de dirección o de confianza
1.- Comunicación calificación de puesto como dirección o de confianza

Madre trabajadora
1.- Modelo de comunicación al empleador del estado de embarazo
2.- Modelo de comunicación del empleador de la modalidad de goce del descanso por maternidad.
3.- Modelo de comunicación al empleador goce de las vacaciones luego del descanso post natal.
4.- Convenio del horario de permiso por lactancia materna
5.- Solicitud para no realizar trabajos de riesgo en estado de gestación.

Renta de quinta categoría
1.- Modelo de certificado remuneraciones y de retenciones sobre rentas de quinta categoría
percibidas por el trabajador

Entidad Prestadora de salud ( EPS)
1.- Carta de invitación a una Entidad Prestadora de Salud
2.- Comunicación de propuestas de la EPS a la entidad empleadora
3.- Comunicación a los trabajadores para la elección del plan de salud
4.- Cedula de votación para la elección de la EPS
5.- Acta de escrutinio de elección de EPS
6.- Modelo de renuncia al plan elegido

Sistema de pensiones
1.- Comprobante para el trabajador de retenciones por aportes al sistema de pensiones
2.- Liquidación anual de aportes y retenciones previsionales
3.- Convenio para la continuidad del trabajador luego de cumplir edad de Jubilación obligatoria


Otros formatos
1.- Pacto no competencia
2.- Pacto de exclusividad
3.- Pacto de permanencia
4.- Comunicación trabajador de la calificación como personal no sujeto a fiscalización inmediata
5.- Comunicación trabajador de la calificación como personal que presta servicios intermitentes.
6.- Comunicación a los trabajadores de la suspensión de labores por caso fortuito o fuerza mayor.
7.- Carta de cese de hostilidad del empleador

8.- Hostigamiento sexual
8.1.- Queja presentada por el trabajador ante un acto de Hostigamiento sexual
8.2.- Asignación personal encargado de investigar y sancionar los actos de hostigamiento sexual.
8.3.- Procedimiento de investigación y sanción de los actos de hostigamiento sexual

9.- Hostilidad al trabajador
9.1.- Carta de cese de hostilidad del empleador



Covid-19
Grupo trabajador de riesgo ante Covid-19
1. Formato para levantamiento de información de trabajadores en el -Grupo de Riesgo - COVID
19: DJ
2. Retorno físico a centro trabajo :Formato de declaración Jurada ( D.S.Nº 083·2020-PCM)

Licencia con goce de haber compensable
1.Convenio compensación de horas

Trabajo remoto
1. Modelo referencial para comunicar el trabajo remoto





Costo documento : 69.00
( Sesentinueve soles)

Forma de pago

Agencia Bancaria o en Agente  mas cercano a su domicilio o centro laboral
del Banco de Crédito o el Banco Continental ....

Procedimiento :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
2.- Escanee el Boucher del deposito y envíelo por email a : conrcc@gmail.com

3.- Debe llamar al 989827008  Lic Ricardo Candela Casas para informar del proceso de pago.
Se remite el documento l n 05 minutos a su correo personal.

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===========================
Deposite el importe en la cuenta del Banco de Crédito del Perú
Cuenta: Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 00219410454447607893


También puede realizar su deposito en los AGENTES BCP
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).


==================================

Deposite el importe en la cuenta Banco continental
Cuenta: Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 0011-0814-0202472880
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 011-814-000202472880-16

También puede realizar su deposito en los AGENTES BBVA
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).

=====================

Deposite el importe en la cuenta Banco Interbank
Cuenta: Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 8983179708908
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario 

003-898-013179708908-46

_______________________________________________

Yape Banco de crediti


Whassap 989827008
Ricardo Candela
______________________________________

Coordinaciones a : conrcc@gmail.com  o al teléfono 989827008

El reconocimiento tácito del sobretiempo por parte del empleador


Disponen reconocimiento automático de las horas extras , por parte del empleador , cuando  se carezca de registro.de asistencia

En un proceso laboral
En lo que puede constituir un cambio de criterio, la Corte Suprema de Justicia dispuso el otorgamiento automático de las horas extras reclamadas, por carecer el empleador del registro de ingreso y salida de los trabajadores.

Base legal : Casación Laboral Nº 17885-2017-Del Santa

El caso
El hecho de que el empleador no presente en un juicio los registros de entrada y salida, luego de que el trabajador solicitó que estos fueron exhibidos, generaría el reconocimiento automático del pago de horas extras demandadas.

Al respecto, se entendería que ha existido una actitud obstruccionista de parte del empleador y en consecuencia se procedería a reconocer como cierto el trabajo en sobretiempo reclamado por el trabajador y el respectivo pago como remuneración por horas extras.

Variación criterio jurisprudencial
Con este pronunciamiento, la Corte Suprema varía una doctrina jurisprudencial que había afianzado desde el 2015 en varias sentencias, en que se denegó el pago de horas extras reclamadas por trabajadores pese a que sus empleadores no presentaron los registros de entrada y salida, ya que dichos trabajadores no lograron proporcionar pruebas que demostraran el trabajo en sobretiempo.

Estas se refieren a las Casaciones Laborales N° 19456-2017-La Libertad; N° 12439-2017-La Libertad; N° 2702-2016-La Libertad; y N° 15931-2015-La Libertad.

¿ Como era antes?
Si bien el empleador no cumplía con proporcionar el control de asistencia, esto no podía implicar por sí solo que se amparase y presumiese la realización de horas extras por parte de los trabajadores

Por ello, bajo este reciente criterio, recomendó a los empleadores conservar los registros de entrada y salida, ya que su no presentación oportuna puede generar, además de multas administrativas ante la Sunafil, que se otorgue el pago de horas extras incluso así no se hayan realizado.

Manual Horas extras 2020

Lo que todo empleador deberia saber sobre el tratamiento de las horas extras


Una breve guía del Empleador.
Lo que todo Gerente General , Directorio, Jefe de Recursos Humanos , Contador , Asistenta Social debe saber sobre el sobretiempo laboral.
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Algo que deberia saber como empleador :
a.- El trabajo en sobretiempo es aquella labor que excede a la jornada ordinaria  en el centro de trabajo y no necesariamente a la jornada máxima legal.

b.- No todo trabajador está en la condición de poder percibir horas extras .
La legislación laboral peruana a establecido excepciones .

c.-El trabajo en sobretiempo es, por su propia naturaleza  extraordinario, y en ese sentido no puede cumplirse “ horas extras” todos los días de trabajo



Contenido del documento Horas Extras
Matriz legal

1.-  Concepto
Modelo de Boleta para la autorización de horas extras
Caso practico

2.-  Trabajadores excluidos
2.1.-Trabajadores de dirección
2.2.-Trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata
2.3.-Trabajadores que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia
2.4.-Trabajadores de confianza no sujetos a un control efectivo del tiempo de trabajo

3.- Las horas extras de los vigilantes
3.1.- El vigilante o guardián nocturno
3.2.- Vigilantes de empresa seguridad

4.-  Voluntad
4.1.-  Otorgamiento y prestación
4.2. El caso fortuito o fuerza mayor
Jurisprudencia
Modelo  Comunicado a los trabajadores  la obligación de laborar horas extras , por necesidades de un hecho , fortuito especifico


5.-  Registro de las horas extras
5.1.- Obligación del empleador
5.2.- El registro del control de asistencia
a.- Ámbito de aplicación
b.- Exclusiones
c.- Contenido del registro
d.- Medio para llevar el registro
e.- Retiro del control
f.- Disposición del registro
g.- Archivo del registro
h.- Presunciones
Ejemplos prácticos

6.-  Prueba
Jurisprudencia

7.-  Trabajo no considerado como sobretiempo
8.-  Formalidad en la labor prestada


9.-  Pago
 9.1.- Sobretasa
 9.2.- Remuneración computable
 Ejemplos de conceptos: Remuneración computable para el sobretiempo
 9.3.- Calculo del sobretiempo
Cálculo del valor hora según la jornada de trabajo diaria
 9.4.- Constancia del pago
 9.5.- Oportunidad de pago
9.6.- Cuando se labora horas extras
a.- En descanso semanal obligatorio
b.- En feriado no laborable

10.- La presunción de las horas extras
10.1.- Inacción del empleador
10.2.- ¿Como desvirtuar los efectos de la presunción?
10.3.- El consenso para las horas extras

11.- Trabajo en día de descanso

12.- Horas extras nocturnas
Caso practico

13.- Costo laboral de las horas extras

14.- Imposición del trabajo en sobretiempo
 14.1.- Infracción laboral
 14.2.- Indemnización
 14.3.- Pago pendiente al cese: Proceso judicial y pago interés legal

15.- Incidencia de las horas extras en el cálculo de beneficios sociales
15.1.-Compensación por tiempo de servicios
15.2.-Vacaciones Anuales
• Récord Vacacional
• Remuneración Vacacional
15.3.-Gratificaciones
15.4.-Descanso semanal obligatorio y feriados no laborables
15.5.-Participación en las utilidades de la empresa
• Para el cálculo del 50% en función a días laborados
• Para el cálculo del 50% en función a remuneraciones
Cuadro resumen derechos y beneficios sociales incidencia de horas extras

16.- Pago de tributos y aportaciones


17.- Renta de quinta categoría y las horas extras
17.1.- Trabajo personal subordinado
 Cálculo del impuesto a la renta por quinta categoría|

18.- Compensación del pago con descanso físico
Modelo de convenio compensación de horas extras con descanso

19.- Reflejo de las horas extras en el PLAME
19.1.-Procedimiento de registro
19.2.-Horas extras no pagadas en su oportunidad
19.3-Horas extras pagadas en forma incompleta
19.4- Indemnizacion por horas extras impuestas empleador

20.- Las horas extras y el interes legal laboral
20.1.- ¿ A que se llama interes legal laboral?
20.2.- ¿ Como se calcula el interes legal laboral?
Caso practico

21.- Las horas extras en el sector publico
21.1.- Limitaciones presupuestales
21.2.- Aceptación del trabajador

22.- Normas legales relacionadas
Convenio Nro. 01 OIT
TUO  D. Leg 854 –Artículos relacionados
D.S. 008-2002-TR – Artículos relacionados
D.S. 012-2002-TR


22.- Casuística
Caso práctico Nro. 01: Trabajador que se le paga semanalmente
Caso práctico Nro. 02: Trabajador que se le paga mensualmente
Caso práctico Nro. 03: Trabajador con jornada menor a la máxima legal
Caso práctico Nro. 04 : Pago de  horas extras en jornada atípica de trabajo
Caso práctico Nro. 05 : Pago de  horas extras en horario nocturno


Costo del Manual laboral : Horas Extras

S/ 58.00 ( CINCUENTIOCHO NUEVOS SOLES).


Forma de pago

Agencia Bancaria o en Agente  mas cercano a su domicilio o centro laboral
del Banco de Crédito o el Banco Continental ....

Procedimiento :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
2.- Escanee el Boucher del deposito y envíelo por email a : conrcc@gmail.com

3.- Debe llamar al 989827008  Lic Ricardo Candela Casas para informar del proceso de pago.
Se remite el documento y el aplicativo en Excel en 05 minutos a su correo personal.


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Deposite el importe en la cuenta del Banco de Crédito del Perú
Cuenta: Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 00219410454447607893

También puede realizar su deposito en los AGENTES BCP
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).


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Deposite el importe en la cuenta Banco continental
Cuenta: Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 0011-0814-0202472880
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 011-814-000202472880-16

También puede realizar su deposito en los AGENTES BBVA
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).

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Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono l989827008

Computo indemnización despidió arbitrario en la CTS

  ¿ La indemnizacion por despido arbitrario es computable para el calculo de CTS?  No, porque la indemnizacion no tiene naturaleza remunerat...

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