Teletrabajo
¿ Es factible que un representante del empleador pueda ingresar libremente , en la oportunidad que se requiera al domicilio donde realiza sis funciones el Teletrabajador.?
Respuesta : Con relación a la consulta , el ingreso al lugar donde el teletrabajador realiza teletrabajo se realiza siempre y cuando se cuente con consentimiento (autorización) del teletrabajador.
O cuando éste brinde facilidades de acceso para efectos de identificar peligros, evaluar riesgos e implementar medidas correctivas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
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