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¿ Como se descuento por ausencia injustificada al trabajador?

1.Concepto 

¿ Que es una ausencia  injustificada ?  Es toda omisión  de asistir a laborar sin motivo justificado en la oportunidad  establecida  en la ley.

 Criterio general : Toda ausencia al trabajo debe ser comunicada y justificada ante el empleador dentro del tercer día útil de producida más el término de la distancia.

Es decir , lo que demora la recepción de la comunicación por el empleador

Base legal : D.S. 001-96-TR , articulo 37


2.Consecuencias  ¿ Que consecuencias origina el descuento  por ausencia  injustificada ?

 Este tipo de ausencias  generan dos consecuencias  al trabajador 

a. El descuento  respectivo

- día no laborado .

- descanso  semanal  obligatorio

-  En beneficios  sociales .


b.  Despido   En caso se cumpla la acumulación  en periodos específicos  señalados en la Ley,  y siendo  potestad del empleador  su aplicación. 

Caso práctico  descuento  por ausencia  injustificada  del Trabajador 

Pablo Toribio  trabaja  para la empresa Combustibles Camaleón SAC, con una remuneración mensual de S/ 4,500 soles. 

En el mes de Marzo tuvo dos ausencias injustificadas 

 ¿Calcular el descuento por las inasistencias al trabajo?

Vamos a realizar los cálculos en dos partes:

1.Descuentos por días no laborados

Sueldo Mensual: S/. 4,500

Sueldo Diario: 4500/30 = S/. 150

Descuento por 2 días no laborados: S/. 300


 2. Descuento proporcional del día descanso semanal

Remuneración valor día: S/. 150

Treintavo: 150/30 = S/. 5

Descuento por 2 días no laborados: S/. 10


3. Descuento Total: 300 + 10 = S/. 310


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¿ Qué plazo tiene un trabajador para justificar su inasistencias?

Inasistencias  del trabajador 

El Trabajador  debe  justificar su ausencia dentro del tercer día hábil de producida.

Esto por cada día de ausencia. 

Base legal : D.S. 001-96-TR , articulo 37


Mas NovedadesActualizate    Leer aqui  

Abandono  de trabajo 

Es abandono de trabajo  siempre que las inasistencias sean de 3 días laborables consecutivos Base legal : D.S. 001-96-TR , articulo 38.


Lo cual es una falta grave y genera la aplicación  de un proceso  de despido.

Catálogo Manuales  Legislacion Laboral Peruana  ..  Ver aqui

58 Títulos
  de aplicación  Legislacion  Laboral  Peruana 

¿ Que beneficios sociales son afectados a incurrir en Ausencia injustificada?

¿ Qué es una inasistencia injustificada? Son aquellas inasistencias  , cuyo motivo no son comunicado por el trabajador; o que habiendo  informado  el motivo ( excusa), el empleador  considera que no justifican dicha ausencia.

Ejemplo : Trabajador  sustenta su ausencia por problemas de transporte.



Incidencia en el vínculo laboral

La inasistencia injustificada de un trabajador tiene incidencia en los siguientes beneficios laborales:

Lo siguiente  es independiente de una posible sanción disciplinaria por incurrir en inasistencia injustificada.


Lo Mensual ...

Remuneración  Mensual No corresponde pago completo de remuneración mensual


Descanso  semanal  obligatorio  No corresponde pago completo del día de descanso semanal obligatorio


Feriado  no laborable No corresponde pago completo por día feriado no laborable



El lo semestral..

Gratificaciones legales ( Fiestas Patrias y Navidad)  No corresponde pago completo de gratificaciones legales


Compensación por tiempo de servicios  No corresponde pago completo de CTS


En lo anual ..

Descanso Vacacional  Reduce días para el récord vacacional


Participación  en las utilidades  de la empresa   Reduce cálculo de días para participación en las utilidades legales


Vea también  Manual ausencias del trabajador  Documento  pdf  

Infograma  : Descuentos en beneficios sociales  por Ausencia injustificada 

@ctualizate Revista Laboral electrónica 



¿ Cuándo se considera justificada una inasistencia ?

 Ausencias  injustificadas 

¿ Basta que el Trabajador  llame por teléfono  a su jefe y le diga que no asiste por problemas  familiares ?

¿ Solo son justificables las ausencias por  salud?

Criterio general : Toda ausencia al trabajo debe ser comunicada y justificada ante el empleador dentro del tercer día útil de producida más el término de la distancia.

Es decir , lo que demora la recepción de la comunicación por el empleador

Base legal : D.S. 001-96-TR , articulo 37


Y ¿ Cuándo se considera  justificada  una ausencia?

La razonabilidad 

No justifica válidamente las inasistencias incurridas por el trabajador el haber tenido problemas de movilidad y el haber llevado a su esposa e hijos al médico. Base legal : RSL del 19/10/1992


La Corte Suprema determinó que las justificaciones verbales no cuentan con un sustento idóneo ( medio probatorio idóneo)  Fuente : Casación Laboral 20945-2017, Lima


Para la configuración de la falta laboral por inasistencia injustificada se requiere que el trabajador haya tenido el ánimo de infringir dicha disposición, por lo que si existiera una justificación razonable para la inasistencia, no existirá una falta laboral.  Fuente :Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 07/12/2016 (Expediente: 014714-2015)


Por lo tanto  :

a. Una Llamada  telefónica  indicando que no asistió por problemas personales  , no justifican la ausencia  .

Debe presentar  un sustento  idóneo  a su empleador  . Esto en el plazo de ley (dentro del tercer día útil de producida más el término de la distancia.)


b. Sera el empleador quien evaluara si el  trabajador ha tenido el ánimo de ausentarse .

Por lo que si existiera una justificación razonable ( principal de razonabilidad  ) debera considerarse  la inasistencia justificada. 


¿ Cuales son os criterios a considerar para evaluar   dicha justificación ?  La decisión debera tener en cuenta lo siguiente:

a.- Naturaleza de la falta

b.- Antecedentes del trabajador

c.- Reincidencia

d.- Circunstancias en que se cometió la falta

e.- La responsabilidad del trabajador en la empresa.. 

Vea además  ...

¿ Que pasa si no voy a trabajar?  ver aqui


Presentación de certificados medicos distintos a los de EsSalud  ver aqui


¿ Que pasa si no voy a trabajar?


La ausencia  al trabajo 


No ir a laborar  un día,  le originará al trabajador  diversos  problemas 


En lo económico ...

a. Remuneración 

Perdida de una parte  de la remuneración. 

Si gana S/ 50.00 

Perdera esos S/ 50 .00


b. Descanso  semanal  obligatorio 

El dominical ,se verá afectado. 


Si cobra  semanalmente  , el pago  por el dominical  esa semana de la ausencia  se verá afectado.


Lo mencionado  es para el caso de una ausencia   que no puede ser debidamente  justificada. 


Ejemplo : Se quedó  dormido. 


Para el caso  de ausencia  que puede  ser justificada  , caso de descanso  médicos,  los demás  casos quedan a criterio  del empleador  si se consideran  justificadas o no . Y si se pagaran o no.

Por lo cual , no es una buena  idea  ausentarse  del trabajo. 


Lea también  ..

Obligación  del trabajador  justificar su ausencia. 

Ver aqui


==================





Las ausencias injustificadas

¿ A que se llaman ausencias injustificadas?
Son aquellas faltas a laborar  , en la cual el trabajador no manifiesta el motivo de las mismas.



¿ Que sucedería si el trabajador se ausenta  de manera injustificada?
Toda ausencia al trabajo debe ser comunicada y justificada ante el empleador dentro del tercer día útil de producida más el término de la distancia (lo que demora la recepción por el empleador)
Base legal : D.S. 001-96-TR. art.37.


Este plazo se computa respecto de cada inasistencia por separado.

¿ El empleador puede exigirle que justifique su ausencia?
Si.
Utilizando su Poder de dirección y fiscalización , el empleador puede establecer un procedimiento interno para que el trabajador este obligado a justificar su ausencia.


¿ Quien desarrolla ese procedimiento dentro de la empresa ?
Es costumbre que el area de recursos humanos o de personal tenga la responsabilidad de llevar a cabo esa actividad .

Lo ideal seria que el Jefe inmediato del trabajador la desarrolle , pero ...

¿ Es valido que el empleador evalue y califique la justificación de la ausencia del trabajador como " justificada " o " injustificada"?.
Para fines disciplinarias internos , se acostumbra que el empleador califique las justificaciones " obligatorias " de las ausencias del trabajador , para aplicar una medida disciplinaria..


Recuerde : Las ausencias injustificadas son consideradas como faltas graves , que llevadas al limite motivan el cese del trabajador.





Presentación de certificados medicos distintos a los de EsSalud

Si un trabajador  justifica sus inasistencia entregando  certificados médicos emitidos por el Hospital de la Policía y Hospital Militar

¿Qué solución o límite legal existe para frenar dichas inasistencias "justificadas”?
¿Es válido que presenten certificados de centros médicos distintos a los de EsSalud?

¿ Es fraudulento el certificado medico?
Si el empleador sospecha que los certificados médicos presentados por sus trabajadores son fraudulentos, deberá tomar las medidas correspondientes para efectos de comprobar dicha situación.

Si llega a demostrar el fraude, el empleador  podrá tomar las medidas disciplinarias correspondientes e incluso proceder con el despido, toda vez que dicha práctica constituye una falta grave .

¿ Cual falta grave ?
Pues el quebrantamiento de la Buena Fe Laboral,
Base legal : D.S. 003-97-TR  art. 25, inc.a).


¿ Existen limites legales  a las ausencias por motivos de salud?
El empleador no tiene la facultad de establecer límites respecto de los días de inasistencia del trabajador por motivo de enfermedad que se encuentre sustentada en un certificado médico.


¿ Son validos los certificados médicos distintos a los otorgados por el EsSalud?
El hecho de que el trabajador presente certificados médicos de establecimientos diferentes a los de EsSalud, no invalida dichos certificados.

Al respecto, por Res. 379-GG-ESSALUD-2009 se establecieron normas para el canje de certificados médicos particulares de incapacidad temporal para el trabajo.




Obligación del trabajador de justificar inasistencias

  
Inasistencia siempre deberá justificarse
Fuente : sentencia de la Casación Laboral N° 12034-2004 Lima.


No basta con comunicar la inasistencia a su empleador . el trabajador está obligado a justificarla. Caso contrario podría ser sancionado con medida disciplinaria.


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El empleador podrá sancionar válidamente al trabajador que no asiste a laborar si este solo comunica su inasistencia sin justificarla.

El caso :
A criterio de la Corte Suprema no es suficiente comunicar la inasistencia al empleador, sino que además se requerirá que este hecho sea autorizado, por lo que el empleador en su facultad de dirección podrá sancionar al trabajador. 

Empresa sancionó a trabajador pues este no justificó su inasistencia.

Al no haberse acreditado, en el caso, la justificación de la inasistencia, el máximo tribunal sostuvo que la sanción del empleador resulta conforme a derecho. 








Ausencias injustificadas

¿ A que se llaman ausencias injustificadas?
Son aquellas faltas a laborar  , en la cual el trabajador no manifiesta el motivo de las mismas.



¿ Que sucedería si el trabajador se ausenta  de manera injustificada?
Toda ausencia al trabajo debe ser comunicada y justificada ante el empleador dentro del tercer día útil de producida más el término de la distancia (lo que demora la recepción por el empleador)
Base legal : D.S. 001-96-TR. art.37.


Este plazo se computa respecto de cada inasistencia por separado.

¿ El empleador puede exigirle que justifique su ausencia?
Si.
Utilizando su Poder de dirección y fiscalización , el empleador puede establecer un procedimiento interno para que el trabajador este obligado a justificar su ausencia.

¿ Quien desarrolla ese procedimiento dentro de la empresa ?
Es costumbre que el area de recursos humanos o de personal tenga la responsabilidad de llevar a cabo esa actividad .

Lo ideal seria que el Jefe inmediato del trabajador la desarrolle , pero ...

¿ Es valido que el empleador evalue y califique la justificación de la ausencia del trabajador como " justificada " o " injustificada"?.
Para fines disciplinarias internos , se acostumbra que el empleador califique las justificaciones " obligatorias " de las ausencias del trabajador , para aplicar una medida disciplinaria..



Computo indemnización despidió arbitrario en la CTS

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