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Titulares incluirían a sus progenitores dependientes mayores de 60 años en el EsSalud

 

Proyecto de ley 11697/2024-CR 

Del Autor .. La congresista Katy Ugarte Mamani (BM) presentó un proyecto de ley para que los afiliados al Seguro Social de Salud (EsSalud) puedan asegurar como derechohabientes del titular a los padres adultos mayores en situación de dependencia económica.

Objetivo  : Se  propone modificar la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, que, en forma facultativa, se considere como derechohabientes del titular al padre o madre mayor de 60 años.

Se podrá también afiliar a los padres menores de 60 años que se encuentren en situación de incapacidad física o mental para el trabajo, siempre que dependan económicamente del asegurado titular.

¿Dependencia  económica?  La iniciativa, además, establece que se considerará la dependencia económica de los padres cuando carezcan de recursos o ingresos propios suficientes para su manutención, que no cuente con una pensión o que sea insuficiente para cubrir sus necesidades y que no cuente con otro familiar con obligación o capacidad de prestar alimentos.

Fundamentos :  La parlamentaria fundamenta su propuesta en que de esta manera el Estado apoya solidariamente a los hijos que, en su vida adulta, asumen la responsabilidad del cuidado físico y económico de sus padres, evitando que una enfermedad grave desestabilice económicamente al asegurado

Permitirá, además, según precisa la legisladora, aligerar la atención del Seguro Integral de Salud (SIS), a través del cual un gran porcentaje de adultos mayores realiza su atención médica. 

La necesidad de dar solución a dicha problemática, responde a la conciencia de un hijo con respecto al cuidado de su padre, en reciprocidad del cuidado y protección que también le fue brindado cuando el hijo era dependiente del padre”, precisa el proyecto

¿EN QUÉ CONSISTE?

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3 DE LA LEY N° 26790, LEY DE MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD, PARA INCORPORAR COMO DERECHOHABIENTES A LOS PADRES ADULTOS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA ECONÓMICA

Artículo 1.- Objeto de la ley La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 3 de la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, para incorporar como derechohabientes a los padres adultos mayores en situación de dependencia económica. ARTÍCULO

Artículo 2.- MODIFÍQUESE DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY N° 26790, LEY DE MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. Modifíquese el cuarto párrafo del artículo 3 de la ley N° 26790, ley de modernización de la seguridad social en salud, con el siguiente texto: «Artículo 3.- ASEGURADOS. – Son asegurados del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, los afiliados regulares o potestativos y sus derechohabientes. Son afiliados regulares

Los trabajadores activos que laboran bajo relación de dependencia o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores.

Los pensionistas que perciben pensión de jubilación, incapacidad o sobrevivencia.

Los trabajadores independientes que sean incorporados por mandato de una ley especial.

Todas las personas no comprendidas en el párrafo anterior se afilian bajo la modalidad de asegurados potestativo en el Seguro Social de Salud (ESSALUD) o en la Entidad Prestadora de Salud de su elección. 

Son derechohabientes el cónyuge o el concubino a quienes se refiere el Artículo 326 del Código Civil, así como los hijos menores de edad o mayores incapacitados en forma total y permanente para el trabajo, siempre que no sean afiliados obligatorios. 

La cobertura de los hijos se inicia desde la concepción, en la atención a la madre gestante.

ASIMISMO, FACULTATIVAMENTE SON DERECHOHABIENTES EL PADRE Y/O LA MADRE MAYOR DE SESENTA (60) AÑOS, O QUE SIN ALCANZAR DICHA EDAD SE ENCUENTRE EN SITUACIÓN DE INCAPACIDAD FÍSICA O MENTAL PARA EL TRABAJO, SIEMPRE QUE DEPENDA ECONÓMICAMENTE DEL ASEGURADO TITULAR.

SE ENTENDERÁ QUE EL PADRE O LA MADRE DEPENDE ECONÓMICAMENTE DEL ASEGURADO TITULAR SI CARECE DE RECURSOS O INGRESOS PROPIOS SUFICIENTES PARA SU MANUTENCIÓN, NO ES TITULAR DE UNA PENSIÓN O, SIÉNDOLO, ESTA RESULTA INSUFICIENTE PARA CUBRIR SUS NECESIDADES BÁSICAS, Y NO CUENTA CON OTRO FAMILIAR CON OBLIGACIÓN Y CAPACIDAD DE PRESTAR ALIMENTOS.

LA CONDICIÓN DE DEPENDENCIA ECONÓMICA SE ACREDITARÁ MEDIANTE DECLARACIÓN JURADA DEL ASEGURADO TITULAR Y LOS DEMÁS MEDIOS PROBATORIOS QUE ESTABLEZCA EL REGLAMENTO, SUJETO A FISCALIZACIÓN POSTERIOR POR PARTE DE ESSALUD.

(..)

Manuales Legislación laboral Peruana 2025..   

 1 Abc Legislación laboral 25
2  Alimentación 
El concepto  de Alimentación  en la Legislación laboral Peruana 
3 Agrario 2025
4 Asignaciones 
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¿Mayores de 18 años pueden ser inscritos en EsSalud como derechohabientes ?

Si  Mayores de 18 años si pueden ser inscritos en EsSalud

EsSalud permite afiliar a hijos mayores de 18 años bajo una condición específica. 

Los asegurados titulares en EsSalud pueden registrar a sus hijos mayores de 18 años, siempre que estos presenten una incapacidad total y permanente que les impida trabajar. 

Esta condición debe ser certificada por el Comité Médico de Evaluación y Calificación de la Red Asistencial de EsSalud, garantizando que el beneficiario requiere cobertura médica permanente.

Una vez validada la incapacidad, el hijo mayor podrá acceder a servicios médicos, tratamientos especializados y programas de rehabilitación dentro de la red de EsSalud. 

La afiliación es un proceso regulado que exige documentación específica para su aprobación.

Competencia desleal los requisitos para su configuración  Leer aqui


Requisitos y procedimiento para registrar a un hijo mayor de edad en EsSalud en 2025

Para completar la afiliación de un hijo mayor de 18 años incapacitado en EsSalud, el asegurado titular deberá presentar la siguiente documentación:

Formulario 1010: Solicitud oficial de inscripción de derechohabientes, debidamente llenada y firmada. Puedes acceder al documento dando clic aquí.

Dictamen de incapacidad: Emitido por el Comité Médico de EsSalud, certificando la condición permanente del beneficiario.

Partida de nacimiento: Documento que acredite el vínculo familiar entre el asegurado y el hijo mayor de edad.

Declaración jurada: Afirmación firmada por el titular, confirmando la autenticidad de la documentación presentada.

¿ Donde se realiza la inscripción?

El proceso de inscripción en EsSalud puede completarse a través de dos modalidades:

1. .Presencial: el asegurado titular debe acudir a una oficina de EsSalud con la documentación requerida y entregar la solicitud en la ventanilla de atención.

2. Virtual: a través de la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA), donde se puede realizar el registro en línea tras la creación de un usuario y contraseña.


INDECOPI elimina el plazo de 30 días para validar certificados médicos en EsSalud

 

INDECOPI elimina el plazo de 30 días para validar certificados  médicos en EsSalud

Un breve  análisis 
Revista Actualizate 
laboral 


Barrera Burocrática 
El 6 de febrero de 2025 , se publicó la Resolución N° 0011-2025/SEL-INDE-
COPI
Leer resumen publicado en el diario oficial El Peruano  Ver aqui

INDECOPI elimina el plazo de 30 días para validar certificados  médicos en EsSalud


Esta disposición  declara barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar el expediente de validación del certificado médico (CM) dentro de los 30 días hábiles de su emisión para obtener el CITT ( Certificado de Incapacidad  Temporal  para el trabajo) , en trámite de acceso al reembolso  de subsidios de EsSalud.



Disposición  en conflicto. 
¿Qué norma establecía 
esta exigencia?

Esta obligación estaba contenida en el subnumeral  6.2.4.1.1. de la Directiva N° 015-GG-ESSALUD-2014.
Aprobada por la Resolución de Gerencia General N° 1311-GG-ESSALUD-2014.



INDECOPI elimina el plazo de 30 días para validar certificados  médicos en EsSalud

Esta norma  regula la emisión y control de certificaciones médicas por incapacidad y maternidad

Intervención de INDECOPI.
¿Por qué INDECOPI la declaró como una barrera burocrática ilegal?
El artículo 13.3 del Reglamento de Reconocimiento y Pago de Prestaciones Económicas, aprobado por Decreto Supremo N°013-2019-TR ..

Establece que EsSalud  debe realizar el reembolso cuando el empleador cuente con el número necesario de aportaciones pagadas, sin imponer condiciones adicionales.


Sin embargo, la directiva de EsSalud exigía un trámite extra: 

La presentación del expediente de validación dentro de los 30 días hábiles posteriores a la emisión del certificado médico.

Esto  que generaba una barrera 
burocrática que limitaba el acceso a los reembolsos.

INDECOPI elimina el plazo de 30 días para validar certificados  médicos en EsSalud


Y AHORA ...
¿Cuáles son las implicancias 
de esta decisión?

-El plazo de 30 días hábiles para presentar el expediente de validación ya no es exigible.

- Los empleadores podrán solicitar el reembolso de  subsidios sin esta restricción de tiempo.

INDECOPI elimina el plazo de 30 días para validar certificados  médicos en EsSalud


Algo  más...
EsSalud  , en cumplimiento  de esta disposición  deberá  modificar sus procedimientos internos relacionados  con subsidios. 

Leer texto  completo  de Resolución  INDECOPI aquí


Manual  Laboral  2025

Descuento para trabajadores por aporte al EsSalud

 

Descuento para trabajadores  por aporte al EsSalud
FALSO

Al trabajador no se descuenta.

El empleador  es 
el que paga EsSalud .

Este toma como referencia,  lo que gana el trabajador  en el mes.

Lo mínimo que puede aportar  el empleador ( a partir  del 01/01/2025 ) es el 9 % RMV 
Esto es  S/ 101.70

Suscripción  Actualizate  laboral

SUSCRIPCIÓN  ACTUALIZATE 
LABORAL  2025
Aplicación  Derecho laboral Peruana 

¿ Verificación rápida y sencilla de los descansos médicos otorgados por EsSalud

 EsSalud

Descansos Médicos 

Certificado  Incapacidad  temporal  CIT

Plataforma "Consulta tu Certificado de Incapacidad Temporal".

¿Conocían que hay una página específicamente diseñada para facilitar la verificación rápida y sencilla de los descansos médicos otorgados por EsSalud?

Previo .

. La Casación Laboral N° 19125-2016 - La Libertad, respalda el derecho de los empleadores a confirmar la veracidad de esta información, incluso permitiendo verificar el descanso médico en el domicilio del colaborador si es necesario. 

Es importante recordar que nuestra legislación considera la entrega de información falsa con el objetivo de obtener un beneficio como una falta grave, lo que puede resultar en un despido justificado y otras acciones legales.

Verifica descanso  médico  Essalud 

Aquí les comparto el enlace de la plataforma "Consulta tu Certificado de Incapacidad Temporal", una herramienta efectiva para consultar los CITT de todos los asegurados: 

Ingresar aqui



Aporte mínimo para EsSalud

 

Para un trabajo par time y pagan la mitad de la RMV ¿ El aporte a Essalud es  S/ 46 .00 o es siempre el aporte 92.25???

Los aportes a la Seguridad Social (Es Salud y ONP) se calcularán en base a la Remuneración Mínima Vital.

Base legal : Art. 10° del D.S.015-2003-TR.

Por lo cual el aporte mínimo  a Essalud en 9 % de la Remuneración Mínima Vital. 

 S/ 1,025   x  9 % =  S/ 92.25

Manual ABC Legislacion Laboral Peruana 2024

   Ir a Catalogo  2024


Documento  pdf 

Obligaciones Laborales  del empleador .

Más  información  aqui


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Usted recibirá : 
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________________________

Aporte Minimo del empleador a EsSalud

 


Aporte Mínimo del Empleador

Base legal . Caso práctico

 Los aportes a la Seguridad Social (Es Salud  ) se calcularán en base a la Remuneración Mínima Vital.

Base legal : Art. 10° del D.S.015-2003-TR.

 

Caso práctico :

Si el trabajador percibe una remuneración menor o igual a la Remuneración Mínima Vital el aporte se calcula aplicando la tasa del 9% sobre la Remuneración Mínima Vital vigente el último día calendario(*) del mes al que corresponde la remuneración.

Desde 01/05/2022

S/ 1,025.00 x 9 % = S/ 92.25

 Si el trabajador percibe una remuneración mayor a la Remuneración Mínima Vital, el aporte se calcula aplicando la tasa de 9% al total de remuneración.

 Ejemplo : Trabajador en el presente mes percibe S/1,000.

¿ A cuanto asciende el aporte del empleador al Essalud?

Calculo

Remuneración Mes Setiembre 2023

Monto : S/ 1,000.00

 Aporte empleador EsSalud

9:% de S/ 1,025.00 ……. S/.92.25

 

No se considera la remuneración real del trabajador ( S/ 1,000 ) ,,ppr que su aporte sería menor a S/ 92.25 . Monto mínimo a considerar.

 Más casos prácticos  derecho laboral  Peruano en ...

Manual Casos Prácticos  en derecho  laboral Nro 01


Legislacion Laboral Peruana 

Edición  Setiembre 2023

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45 páginas 

Costo : S/  49.00

Cuarenta y nueve soles 

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Aplicativo Essalud para generar cita médica

 

Essalud  mi cita

Aplicativo para generar  citas médicas  en Essalud

Se debe descargar la aplicación  desde Google play


El aplicativo  ya instalado  en su computadora  o celular .


¿Cuáles son los pasos para sacar citas?

1.- Ingresar con usuario y contraseña a la aplicación

2.- Seleccionar pestaña ‘Citas’

3.- Desplazarse hasta la parte inferior de la pantalla y hacer clic en ‘Generar cita’

4.- Se desplegará una lista con las especialidades médicas. Seleccionar la que se requiera.


5.- Escoger el médico, hora y fecha para su consulta


6.- Finalizar seleccionando ‘Confirmar cita’


7.- Se generará una constancia con los detalles de la consulta médica.


¿Qué otras funciones tiene el aplicativo?

En el lado izquierdo de la aplicación figurarán los datos personales y el centro de salud en el que está el asegurado o la asegurada. De igual modo, en la parte derecha se ven otros ítems que podrán ser seleccionados de acuerdo al interés.


A continuación, estas son las otras funciones:

Citas

Recetas

Atenciones

Exámenes auxiliares

Referencias


Citas en espera de atención

Descansos médicos.

En el caso de las citas, en esta primera etapa se brindarán las especialidades que corresponden al primer nivel de atención (medicina general, nutrición, obstetricia, odontología, psicología, entre otros). En una segunda etapa se tiene previsto incluir otras especialidades.



¿Cómo hago para actualizar mis datos en EsSalud?

 

Para actualizar tus datos personales en línea, deberás hacerlo desde la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA) siguiendo estos pasos.

- Ingresa aqui


- Completa tu DNI, contraseña y escribir el código de seguridad.

- Inicia sesión y da clic en “siguiente”.

Da clic en la pequeña flecha azul al lado de tu nombre y clic en la opción “Actualizar datos”.

¿ Que se puede actualizar  ?

Podrás actualizar tu número de celular, teléfono fijo, correo electrónico y el lugar de Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE).

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Más información  aqui


¿Dónde me toca atenderme en EsSalud?

 

Para conocer su centro de atención o centro asistencial puedes hacerlo a través de 2 plataformas virtuales de EsSalud:

Primera Plataforma 

Donde me atiendo - EsSalud

Es la manera más simple de averiguar tu centro asistencial (hospital donde debes atenderte), sin contraseñas ni registros, solo necesitas tu DNI.

¿ Cómo se hace?

- Ingresa a ....

Pulse aqui


- Selecciona tu tipo de documento (DNI,PTP O CE)

- Digita el número de tu documento.

- Digita el código único de Identificación (CUI), ubicado justo al costado de tu número de DNI.

Ingresa tu fecha de nacimiento.

- Acepta la cláusula informativa sobre tratamiento de datos personales. Da clic en “Consultar”.

Podrás visualizar tu centro asistencial, la dirección del hospital donde te toca atenderte, tu tipo de seguro y periodo de cobertura.

Segunda Plataforma 

VIVA - EsSalud

Si ya te has registrado en la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA), conocer tu centro asistencial de adscripción será sencillo, solo debes de:


- Ingresar a.. 

Pulse aqui


- Completa tu DNI, contraseña y escribe el código de seguridad que aparece.

- Clic en “Iniciar sesión”.


Aparecerá una lista de consultas y transacciones que puedes hacer en esta ventanilla virtual.

 Dale clic en “Siguiente” 

Y luego en el ícono “Mis Consultas”. 

Verás tus datos y el centro asistencias de adscripción y tu red de adscripción. 


Aunque es la opción más larga porque requiere registro, es la más completa porque además podrás hacer trámites..

y consultas como:

-Acreditación de latencia

- Actualización de datos

- Solicitud de sepelio

- Registro de derechohabientes

- Validación de certificado médico particular

- Revisar tus consultas externas, tus atenciones en emergencias, descansos médicos, registro de hospitalizaciones, intervenciones quirúrgicas y más.


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Tranite reembolso subsidio por enfermedad EsSalud


Este trámite solo lo realiza el empleador 

EsSalud brinda a sus asegurados los siguientes canales de atención:

Atención presencial:

OSPE:  35 Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE) desplegadas a nivel nacional:  Ver listado de agencias  aqui

¿ Cómo se hace el tramite  presencial del reembolso subsidio por enfermedad en el EsSaludVer procedimiento  aqui

 


Atención virtual:

Este trámite  se realiza a través de la  Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado – VIVA.

¿ Cómo hago el tramite  de reembolso  por  subsidio  enfermedad  a través de VIVA





¿Cómo saber si estoy asegurado en EsSalud con mi DNI 2023?

Consulta si tu seguro EsSalud está vigente, su cobertura, tipo y dónde atenderte en caso de alguna emergencia.


Ingresa aqui .

- Selecciona tu tipo de documento (DNI, PTP O CE)

- Digita el número de tu documento.

- Digita el Código único de Identificación (CUI), ubicado justo al costado de tu número de DNI.

- Ingresa tu fecha de nacimiento.

- Acepta la cláusula informativa sobre tratamiento de datos personales. 

Da clic en “Consultar”.


En los resultados saldrá el tiempo periodo de cobertura

Con lo que podrás verificar si aún estás asegurado en EsSalud. 

También te arrojará datos como :

-El centro asistencial donde debes de atenderte ,y 

- Dirección  centro  asistencial. 

Asi mismo el  tipo de seguro que tienes y si estás afiliado a una EPS.


Lea también  ...

¿Cómo obtener el número de autogenerado de EsSalud?

 

  ¿ Qué es el número  de autogenerado EsSalud?

El número de autogenerado o código de acreditación es lo que te identifica de manera única como afiliado en EsSalud.

¿ Cómo obtengo mi número  de autogenerado  en EsSalud ?  Actualmente este código ya no es visible al público en la plataforma “Donde me atiendo” o en VIVA de EsSalud.

¿ Y quien puede visualizar  mi número de autogenerado ?

Es visible para los empleados de esta institución ( EsSalud ) , quienes podrán verificarlo con tu DNI.


Revista Laboral Actualizate suscripción 

Ver : Beneficios  de suscripción 


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¿Cómo cambiar mi centro de atención en el EsSalud?


¿Cómo hago para asegurar a mi conviviente en el EsSalud?


¿Cómo hago para asegurar a mi esposa en el EsSalud?


¿Cuáles son los casos en los que EsSalud no se le brindará cobertura a un paciente?


Aportes a EsSalud por Bonificación quinquenio

 

Aportes a ESSALUD:  Bonificación por  quinquenio 

Fuente :Cas. 8993-2021, Lima (pub. 12-4-23) (Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema)

RTF impugnada: 971-9-2019

La duda  ¿Corresponde efectuar las aportaciones a ESSALUD por la “bonificación por quinquenio” otorgada a los trabajadores del contribuyente en virtud de un convenio colectivo?


Fallo
: No.

 Los pagos por quinquenio (“gratificación otorgada por cada 5 años de servicio”) otorgados en virtud de un convenio colectivo, no tienen naturaleza remunerativa al no contener las características propias de una remuneración, conforme a lo previsto en el inc. a) del art. 19 del TUO del D.Leg. 650. (1)

En ese sentido, no corresponde efectuar las aportaciones a ESSALUD por dicho concepto.

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=====
(1) Remuneraciones no Computables
Art.19.- No se consideran remuneraciones computables las siguientes:
a) Gratificaciones extraordinarias u otros pagos que perciba el trabajador ocasionalmente, a título de liberalidad del empleador o que haya sido materia de convención colectiva, o aceptadas en los procedimientos de conciliación o mediación, o establecidas por resolución de la Autoridad Administrativa de Trabajo, o por laudo arbitral. Se incluye en este concepto a la bonificación por cierre de pliego.

¿ Como ingresar al aplicativo mintra seguro vida ley

  Primero Ingrese  a https://www.gob.pe/mtpe También puede pulsar aqui Segundo   : descienda  Tercero   : Ubique Registro Póliza  seguro vid...

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