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Res 190-2015/Sunat

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Aprueban disposiciones para la aplicacion de la excepcion que permite a la SUNAT otorgar aplazamiento y/o fraccionamiento por el saldo de deuda tributaria de tributos internos anteriormente acogida al articulo 36 del Codigo tributario. Norma : Res 190-2015/Sunat Publicado : 15/07/2015 Vgencia   :  16/07/2015 =================================== La Res. 190-2015-SUNAT  ha aprobado disposiciones para la aplicación de la excepción del aplazamiento o fraccionamiento de la deuda tributaria, esto es, en los casos en que por decreto supremo se autoriza dicho beneficio respecto de deudas que ya se encuentran acogidas (refinanciamiento). El dispositivo tiene por objeto optimizar el refinanciamiento de la deuda tributaria bajo el supuesto antes mencionado. Para recordar : El inc. b) del art. 36 del Cód. Trib. señala que la SUNAT podrá establecer los casos en los que, excepcionalmente, pueda otorgar el aplazamiento o fraccionamiento por el saldo de deuda tributaria anteriormente acogida

Res. 161-2015/SUNAT

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Nuevo Reglamento de Aplazamiento y Fraccionamiento de la Deuda Tributaria: Aprobación Norma :Res. 161-2015/SUNAT Publicado : 14/07/2015 Vigencia  :  15/07/2015 =============================== La Res. 161-2015/SUNAT  ha aprobado el nuevo Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria por Tributos Internos, Norma derogada : Queda derogada la Res. 199-2004/SUNAT que aprobó el Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria. Lo que debe saber sobre el aplazamiento y fraccionamiento de la deuda tributaria ¿ Que deudas tributarias pueden ser objeto de aplazamiento y/o fraccionamiento? Puede ser materia de aplazamiento y/o fraccionamiento: a) La deuda tributaria administrada por la SUNAT, así como la contribución al Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI). b) La deuda tributaria generada por los tributos derogados. c) Los intereses correspondientes a los pagos a cuenta del impuesto a la renta, una vez vencido el plazo para la regula

D.S. 188-2015-EF

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Beneficio tributario a favor de la investigación y desarrollo (Ley 30309): Aprobación de reglamento Norma     : D.S. 188-2015-EF Publicado : 12/07/2015 Vigencia   : 01/01/2016 Se ha reglamentado la deducción adicional para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta, dispuesta por la Ley 30309, Ley que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica. Según el reglamento, los proyectos de innovación podrán realizarse de manera directa por parte del contribuyente o a través de centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica. Se establece que el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) será la entidad de calificar a los proyectos como de investigación científica, desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica. Las personas que tengan acceso al contenido del proyecto deberán guardar la debida administrativa, civil y/o penal correspondiente. La norma

Res 162-2015/SUNAT

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Modifican las resoluciones de superintendencia Nro. 006-2013/Sunat y 286-2009/Sunat  , a fin  de considerar el registro de la boleta de venta electrónica , así como las notas de crédito y  debito vinculadas a esta , emitidas a través del SEE-SOL , en los libros y/o registros  electrónicos. Norma : Resolución 162-2015/Sunat Publicado : 27/06/2015 Vigencia  :  28/06/2015 =================== Para recordar : Por Res. de Superintendencia Nro. 300-2014/Sunat se creo el sistema de emisión electrónica ( SEE) , el que incluye el sistema de emisión electrónica de facturas notas de crédito y notas de debito ( SEE-SOL) . Posteriormente se amplio el SEE-SOL , para implementar la emisión de la boleta de venta electrónica , así como las notas de crédito y debito vinculadas a esta. Por lo señalado la SUNAT ha  considerado conveniente modificar la información " reglas generales de la información de los comprobantes de pago y/o documentos " de los anexos 5 y 2 de las resolucio

Res 152-2015/Sunat

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Modifican resolucion de superintendencia Nro 210-2004/Sunat y modificatorias , que aprobo las disposiciones reglamentarias del D.Leg. 943 Norma : Resolución 152-2015/Sunat Publicado : 16/06/2015 Vigencia   : 17/06/2015 ------------------------------------------------------------------ La Resolución 152-2015-SUNAT (publicada 16-6-2015) ha modificado la Resolución  210-2004-SUNAT que aprobó disposiciones reglamentarias del D.Leg.943 que aprobó la Ley del Registro Unico del Contribuyente. El dispositivo tiene por objeto agilizar el procedimiento de baja de inscripción en el RUC ¿ Que dice la Resolución 152-2015-SUNAT? La SUNAT ha encontrado, con ocasión de las diversas medidas de control que realiza como parte de su función de administrar tributos, indicios de la existencia de sujetos que se inscriben en el RUC, comunicando estar afectos al impuesto a la renta por rentas de tercera categoría y/o al impuesto a general a las ventas y que obtienen autorización para la impresión

Res. 137-2015-SUNAT

Se modifica la resolucuion de Superintedencia Nro 300-2014/Sunat que creo el Sistema de emision electronica , a fin de otorgar un plazo excepcional a los emisores electtronicos obligados a partir el 01 de Julio de 21015 para continuar emitiendo documentos en formatos impresos o importados por imprenta autorizada y tickets o cintas de maquinas registrdoras. Publicado : 03/06/2015 ============= Se ha extendido hasta el 31-12-2015 el plazo para que los sujetos obligados a partir del 1-7-2015 a emitir comprobantes de manera electrónica puedan seguir emitiendo comprobantes en formatos impresos o importados por imprenta autorizada (facturas, boletas de venta, notas de crédito y débito, tickets y cintas de máquinas registradoras). Se ha dispuesto, además, que a partir del 1-7-2015 hasta el 31-12-2015, los mencionados sujetos podrán emitir comprobantes si al 30-9-2015 han cumplido con las siguientes condiciones: a.- Haber pasado el proceso de homologación para emitir en el “SEE – Del Co

Res. 132-2015-SUNAT

Contenido : Resolucion de superintendencia que crea la boleta de venta electronica emitida en el SEE-SOL , regulado por la Resolucion de Superintendencia Nro 188-2010/Sunat y modifica el Reglamento de Comprobantes de Pago para regular la sustentacion del traslado de bienes Norma      : Res. 132-2015-SUNAT Publicvado : 29/05/2015 ===================== Mediante Res. 132-2015-SUNAT (publicado  29-5-2015) se ha creado la"  Boleta de Venta Electrónica" , la que podrá ser emitida a través del SEE-SOL. Asimismo , se ha dispuesto que el traslado de bienes podrá ser sustentado mediante la representación impresa de la mencionada boleta de venta. La calidad de emisor electronico El sujeto que cuente con código de usuario y clave SOL y que conforme al Reglamento de Comprobantes de Pago deba emitir facturas o boletas de venta,  puede obtener o se le puede asignar la calidad de emisor electrónico siempre que cumpla con las siguientes condiciones: 1. Tener para efectos del RUC

D.S. 088-2015-EF

Modificación del Reglamento de la LIR Norma : D.S. 088-2015-EF Publicado : 18/04/2015 Esta norma ha modificado diversos artículos del Reglamento en función, principalmente, al cambio de las tasas del impuesto dispuesto por la Ley 30296. Instrumentos Financieros Derivados (IFD): Se ha reducido a 3 días calendario el plazo efectivo de los Instrumentos Financieros Derivados contratados con sujetos domiciliados, cuyo activo subyacente esté referido al tipo de cambio de la moneda nacional con alguna moneda extranjera, a que se refiere el inc. a) del últ. párr. del art. 4-A del Reglamento . Algo mas que debe saber : El plazo anterior era de 60 días. En consecuencia, conforme al art. 4-A. inc. d), últ. párr., de la Ley del  Impuesto a la  Renta, sólo serán renta de fuente peruana los resultados obtenidos por sujetos no domiciliados provenientes de dichos IFD con sujetos domiciliados cuyo plazo efectivo sea menor de 3 días calendario. Tasas anteriores de 30% y 4.1%: Se ha elimina

Res. 102-2015/SUNAT

Simplificación de la presentación de documentos para la realización de trámites en el RUC Norma : Res. 102-2015/SUNAT  Publicada : 19-4-2015 ================== La Res. 102-2015/SUNAT ha dispuesto diversas medidas para la simplificación de la presentación de determinados documentos para la realización de trámites en el RUC. Ampliación del concepto de tipos de establecimientos anexos: Se varía el concepto de tipos de establecimientos anexos que el sujeto inscrito en el RUC debe declarar, a fin de que comprenda también lugares donde se desarrollan actividades distintas a las empresariales. Documentación sustentatoria:  Se ha ampliado las alternativas de documentación sustentatoria que se contemplaba en los anexos de la Res. 210-2004/SUNAT para la inscripción en el RUC, la modificación del domicilio fiscal o la declaración/confirmación de domicilio fiscal estando con la condición de no habido o con restricción domiciliaria, la comunicación de alta o modificación de establecimi

Res. 100-2015/SUNAT

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Forma y condiciones para realizar el pago de los aportes al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica Norma : Resolución Nro. 100-2015/SUNAT Publicado : 15/04/2015 Vigencia :  16/04/2015   [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[   Para recordar : El D.S.006-2012-TR (pub. 11-5-12) dispone que los aportes de las empresas mineras, metalúrgicas y siderúrgicas al Fondo Complementario de Jubilación deben ser pagados a la SUNAT, dentro de los 12 primeros días hábiles del mes siguiente de presentada la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta que efectúen dichas empresas.   ¿ Que dice la Resolución Nro. 100-2015/SUNAT ? La Resolución Nro. 100-2015/SUNAT   ha aprobado la forma y condiciones para realizar el pago de los aportes al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica, correspondiente al periodo 2014, a realizarse mediante el Sistema Pago Fácil a través de la SUNAT Virtual o en los Bancos Habilitados, utilizand

Res 086-2015/Sunat

Resolución de superintendencia que modifica plazos previstos en la resolución de superintendencia No 300-2014/SUNAT que creo el sistema de emisión electrónica y la resolución de superintendencia Nro. 182-2008/SUNAT que implementa la emisión electrónica del recibo por honorarios. Publicado : 30/03/2015 Vigencia  :  31/03/2015 Sistema de Emisión Electrónica: Modificación de plazos Sistema de emisión electrónica emisión de facturas , boletas de venta ,notas de crédito y notas de debito en formatos impresos o importados por imprenta autorizada y los tickets o cintas de  maquinas registradoras ( tickets) desde el 01 octubre de 2014 hasta 31 marzo de 2015 , siempre que al 31 de diciembre 2014 cumplan con determinadas condiciones. Se extiende el plazo A partir del 01 enero 2015 y hasta el 31 de Julio de 2015 , los sujetos indicados ,solo pueden emitir y otorgar los documentos en referencia , si al 31 de diciembre 2014 , han cumplido con : a.-Pasar el proceso de homolo

Ley 30309

Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica. Norma : Ley 30309 Publicado : 13/03/2015 La ley regirá desde el 1-1-2016 por estar referida a un tributo de periodicidad anual. El beneficio estará vigente hasta el 31-12-2019. ============== Se han establecido beneficios tributarios relativos a la deducción del gasto por investigación científica y desarrollo tecnológico (deducción adicional). Asimismo, se ha modificado la Ley del  Impuesto a la Renta  art. 37 inc.a.3), habiéndose hecho precisiones sobre los alcances de la deducción del gasto por dicho concepto. ====================== Blog legislación laboral peruana Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí =================== EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE PROMUEVE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Artículo 1. Benef