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Mostrando las entradas etiquetadas como cese

Empleador siempre indemnizará el daño moral

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Los jueces deben presumir la existencia de daño moral en casos donde el trabajador plantee demanda por despido incausado (sin causa) y despido fraudulento, supuesto por el cual deberá recibir una indemnización. Base legal : Pleno Jurisdiccional Nacional Laboral y Procesal Laboral,realizado el  12 y 13 de setiembre. Chiclayo El criterio  La aplicación de este criterio, acordado por mayoría, corresponderá a los casos de despido donde el juez dispone que el empleador excedió sus atribuciones y causó perjuicio al trabajador El efecto del despido incausado y el despido fraudulento no solo requiere la reposición, sino la indemnización; y en materia civil esta tiene varios componentes: daño emergente, lucro cesante y daño moral En tal sentido, el pleno determinó que el solo acto del despido genera daño moral. Los jueces no tendrán nada que discutir ni probar en estos casos, y los demandantes de una indemnización no tendrán que probar en su demanda, por ejemplo, que sufrie

¿ En que casos se puede cesar a un trabajador con descanso medico

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Es un pecado terrenal  En la legislación laboral peruana , en términos generales es prohibido cesar a un trabajador que se encuentra con descanso medico ¿ Eso es aplicable siempre? No. Es cierto que existe la prohibición de no cesar a un trabajador que se encuentre con descanso medico, pero existen situaciones que dicha " prohibición " no se aplica . Todo tiene una solución ¿ Y en que casos se puede cesar a un trabajador que se encuentre con descanso medico? Note que se utiliza la palabra " cese" y no " despido" , que no son sinónimos y en la legislación laboral peruana se aplican bajo condiciones diferentes, aunque el resultado sea el mismo : pierde su trabajo. ¿ Que dicen las normas laborales peruanas? El cese procedería válidamente en los siguientes supuesto, conforme lo establece el art. 16 del D.S. 003-97-TR 1.- Cese colectivo por causa objetiva. Lo que se conoce como " reducción de personal ". 2.- Renuncia del traba

¿ Existe la licencia o permiso laboral indefinido?

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En una empresa minera , se decide dar permiso sin goce de haber de manera indefinida a 50 trabajadores. El motivo no hay producción de mineral hasta nuevo aviso. Lo trabajadores no saben que hacer . ¿ Deben solicitar su liquidación de beneficios sociales? ¿ Pueden buscar otro empleo mientras dure la licencia sin goce de haber indefinida? En la legislación laboral peruana  no existe el permiso o licencia indefinida. Esto en realidad es un cese de todo el personal. Tampoco la legislación laboral peruana le da facultad al empleador de " otorgar permiso o licencia " a su libre criterio , quizás basando su decisión en el poder de dirección que posee. Pero hasta dicho poder tiene sus limites , que la razonabilidad establece. ¿ Deben solicitar su liquidación de beneficios sociales? Si lo desean , pero eso esta sujeto a la decisión de cada uno de ellos. Podrá solicitar la inspección de parte de SUNAFIL para que les aclaren el panorama. ¿ Pueden buscar otro empl

¿ Que sucede si después de firma su liquidación de beneficios sociales se continua laborando?

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Hechos:  Un trabajador interpuso una demanda de amparo solicitando dejar sin efecto su despido, la reposición de su puesto de trabajo y el abono de los costos del proceso. Alegó que los contratos de trabajo sujetos a modalidad que había suscrito fueron desnaturalizados, al haber superado el límite máximo legal permitido para dichos contratos (argumentó que había suscrito contratos modales durante diez años). El empleador dedujo excepción de incompetencia por razón de materia. Señaló que el vínculo laboral había concluido con el vencimiento del contrato, hecho que fue reconocido por el trabajador mediante la suscripción de la liquidación por tiempo de servicios y el certificado de trabajo. Fallo Poder Judicial : El despido del que ha sido objeto el trabajador es arbitrario, por lo que corresponde su reposición como trabajador a plazo indeterminado en su mismo puesto de trabajo o en otro de igual o similar nivel. Las razones son las siguientes: - El trabajador sostiene

¿ La condición de “no apto médico" motiva el cese del trabajador?

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Un trabajador fue despedido debido a que en un certificado de salud , se le declaro " no apto medico". ¿ Es valido ese proceder del empleador? No. El documento que señalaba que el trabajador tenía la condición de “no apto médico” no es un certificado que le diera la condición de incapacitado para todo tipo de trabajo, sino únicamente para la labor que realizaba. Ademas , el empleador en ejercicio de su poder de dirección se encontraba en la facultad de reubicar o no al trabajador en otro puesto de trabajo . Fuente : Cas. 19709-2015-Lima, de 25-5-17 Catalogo de manuales laborales 2018 Relación de documentos disponibles   Actualizados  a la fecha Descargue catalogo    PULSE AQUI Relación de documentos disponibles

Despido y puesta a disposición del cargo ¿ Cual es la diferencia?

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¿ Es la principal diferencia entre la  Renuncia y puesta a disposición del cargo ? La renuncia laboral  Para la renuncia basta con poner en conocimiento del empleador su voluntad de no seguir en la empresa. Ejemplo : Carta de renuncia indicando el ultimo dia de labores para el 30 de Abril 2018 La puesta a disposición del cargo Para la puesta a disposición del cargo se requiere una aceptación expresa del empleador . Ejemplo : El trabajador indica en la carta respectiva , que el empleador considere su cese para el 30 de Abril 2018. Base legal : articulo 28 D.S. 001-96-TR Articulo 54 D.S. 003-97-TR Manual ABC de la legislación laboral peruana 2018 ¿ Desea conocer la legislación laboral peruana de manera fácil , clara , ordenada y actualizada a la fecha? Documento en formato PDF 290 paginas Ver aqui

Cobro de liquidación beneficios sociales elimina opcion de reposición puesto de trabajo.

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La Corte Suprema de Justicia de la República determinó que si el trabajador cobró la indemnización por despido, acepta la protección que le brinda la normativa resarcitoria, sin que pueda luego pretender la tutela restitutoria. Casación Laboral Nº 12737-2016-LIMA, El caso : Un ex trabajadro  pretendía su reposición en el puesto de operador que venía desempeñando en la empresa, más el pago de las remuneraciones devengadas al considerar que había sido objeto de un despido incausado; y, de forma subordinada, la indemnización por despido arbitrario. Sin embargo, para el máximo tribunal la empresa demandada comunicó al actor que estaba procediendo a dar por terminada su relación laboral y le abonaban en su cuenta de haberes la indemnización respectiva. Incluso, agrega, la demandada puso de su conocimiento de manera diferenciada los montos a depositar por concepto de CTS, indemnización por despido arbitrario y beneicios sociales, Por tanto, agrega, resulta evidente que aceptó

¿ El cese por mutuo acuerdo es una renuncia?

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¿ El llamado " Mutuo disenso " en la legislación laboral peruana es un despido? ¿ Es una renuncia? ¿ Que es ? Ninguna de las situaciones indicadas calza en el mutuo disenso. Se podría decir que el mutuo disenso es una especie de “divorcio laboral “. El trabajador ya no desea continuar laborando en la empresa, pero no se atreve a renunciar. Y el Empleador ya no desea que el trabajador continúe laborando, pero no se atreve a despedirlo , pues no existe una causa legalmente aceptable para hacerlo. ¿ Entonces? Se pone de acuerdo . El trabajador cesara en su empleo  y el empleador se liberara de dicha persona, ¿Como se aplica? Al ser un pacto o acuerdo entre el empleador y el trabajador debe existir un documento que demuestre dicho " acuerdo". ¿ Existe algún modelo establecido en la ley? No. Por lo general es un documento redactado según el criterio de las partes. Si lo desea para evitar documentos similares puede incluir como causa del termino

Manual Fin de la relación laboral 2018

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Manual laboral : Fin de la relación laboral Empleador : ¿ Como puedo terminar la relación laboral de un trabajador sin hacerlo renunciar ,o despidiéndolo? ¿ Existen otras formas legales que puedo utilizar? ¿ Cuales son los pasos que deben seguirse para terminar una relación laboral? Trabajador : ¿ Ya no deseo continuar en la empresa pero no quiero renunciar , como pongo fin a mi relación de trabajo? ¿ Perderé mis beneficios sociales si me despiden o renuncio? Contenido Fin del contrato laboral de manera  individual Las razones por las cuales un trabajador puede dejar de prestar servicios en una empresa . 1..- Fallecimiento del trabajador o del empleador 2.- Renuncia del trabajador 3.-  Cumplimiento de cláusula resolutoria del contrato temporal 4.- Mutuo acuerdo 5 - Invalidez absoluta permanente 6.- La jubilación 7.- El despido legalmente realizado. En esta sección por cada tema : Base teórica , Casuística , Ejemplos , Formatos a ser utilizados, Proce

Traslado de trabajador por necesidad de la empresa

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Facultad del empleador de disponer el traslado del personal incluso a una localidad distinta por necesidad de la empresa. Por tanto, la negativa del trabajador justificará el despido. Casación Laboral Nº 13061-2016-Lambayeque, Segunda Sala Suprema de Derecho Constitucional y Social Transitoria. Fundamento : ¿ El empleador puede decidir el traslado justificado de un trabajador? Si. Por la subordinación, el trabajador presta sus servicios bajo dirección de su empleador, el cual tiene la facultad para normar reglamentariamente las labores, dictar las órdenes necesarias para la ejecución de las mismas, y sancionar disciplinariamente, dentro de los límites de la razonabilidad, cualquier infracción o incumplimiento de las obligaciones a cargo del trabajador. El empleador está facultado para introducir cambios o modificar turnos, días u horas de trabajo, así como la forma y modalidad de la prestación de las labores, dentro de criterios de razonabilidad y teniendo en cuenta las

Afiliate a un sindicato para que no te puedan despedir

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Pregunta  Si el trabajador se afilia al sindicato y luego se le comunica que el plazo de su contrato ha vencido ¿la extinción del vínculo constituye una afectación de su derecho a la libertad sindical? Fallo: No. La condición de sindicalizado del trabajador no impide que la relación laboral se extinga por cumplimiento del plazo o que esto último determine la existencia de un nexo entre el despido y dicha condición. Sin embargo, si el juez determina que el empleador no cumplió con establecer la causa objetiva de contratación, la ruptura del vínculo laboral sustentada en el vencimiento del plazo del contrato tendrá carácter de despido arbitrario e incausado, por lo que procederá la reposición Fuente :STC 3091-2013-PA/TC, Lima, de 6-9-17 Manual ABC de la legislación laboral peruana 2017 ¿ Desea conocer la legislación laboral peruana de manera fácil , clara , ordenada y actualizada a la fecha? Documento en formato PDF 290 paginas Ver aqui

Res. 181-2017-SUNAFIL

Constancia de cese del trabajador: Proyecto de directiva Norma : Res. 181-2017-SUNAFIL Publicada : 09-09-2017 ====================== Se  ha dispuesto la publicación en el portal de la Sunafil (www.sunafil.gob.pe) del proyecto de directiva que regula la emisión de Constancia de Cese del Trabajador. Lima, 8 de setiembre de 2017 VISTOS: El Acta de Reunión N° 001-2017-SUNAFIL/INII, el Informe N° 165-2017-SUNAFIL/INII y el Memorándum N° 381-2017-SUNAFIL/INII de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, el Informe N° 176-2017-SUNAFIL/SGOGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 321-2017-SUNAFIL/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como entidad responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el traba

Imposibilidad de reponer a un trabajador despedido

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¿Procede la reposición del trabajador si durante el proceso de reposición cumple los setenta años? ¿ Que dice la legislación laboral vigente :  Conforme al art. 16, inc.f) de la LPCL, una de las causales de extinción de la relación laboral es la jubilación. De otro lado, el art. 21 de la LPCL establece que los sujetos pertenecientes al régimen de la actividad privada se jubilan obligatoriamente a los setenta años de edad, salvo pacto en contrario. Fallo Poder Judicial : No procede la reposición. ¿ Las razones? El cumplimiento de setenta años en el transcurso del proceso hace inviable e inejecutable la reincorporación efectiva por causal sobreviniente. Indemnización economica Sin embargo, ante la evidente imposibilidad de ejecutar la reincorporación y con el fin de proteger los derechos reconocidos, corresponde que al amparo del principio de interpretación más favorable, se opte por una compensación económica razonable equivalente a un monto igual al tope de la indemni

Despido a los 70 años

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¿ Puedo ser despedido cuando cumpla los 70 años? En realidad no es un despido. En legislacion laboral es una causa del termino de la relacion laboral cumplir 70 años de edad  , llaman " jubilación automatica" Pero no basta con cumplir 70 años para proceder aplicar la norma Otro requisito , que muchos empleadores olvidan , es que el trabajador tenga  el derecho a jubilación. Decisión del empleador El empleador puede decidir no proceder a cumplir la ley , eso esta en su potestad El no aplicarla , no le generara ningún problema con la SUNAFIL

Se puede utilizar el contrato de suplencia para reemplazar a trabajador cesado

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 ¿El contrato de suplencia se puede utilizar  para  reemplazar a un trabajador con quien el empleador tiene un proceso pendiente por despido? No. El contrato de suplencia se desnaturaliza  ( pierde su valor legal), si de su revisión se verifica que el trabajador fue contratado para reemplazar a un ex trabajador con quien el empleador tiene un proceso pendiente por despido. Fundamento : De acuerdo al art. 61 del D.S. 003-97-TR ,  el contrato de suplencia tiene por objeto sustituir a un trabajador estable de la empresa, cuyo vínculo laboral se encuentre suspendido por alguna causa justificada prevista en la legislación vigente o por efecto de disposiciones convencionales. Un trabajador con un proceso pendiente por despido no es un trabajador con vínculo laboral suspendido, sino un extrabajador Fuente : Fuente : STC 662-2014-PA/TC, Huánuco, de 6-5-15 Manual ABC de la legislación laboral Peruana 2017 Documento en formato PDF 290 paginas ______________________