Doble empleo remunerado en el sector publico
La constitución reconoce el derecho de los funcionarios o servidores públicos a desempeñar un empleo o cargo público remunerado y solo por función docente se permite el doble ingreso económico. Sin embargo esta facultad no es absoluta sino que tiene sus límites. =================================================== La constitución reconoce el derecho de los funcionarios o servidores públicos a desempeñar un empleo o cargo público remunerado y solo por función docente se permite el doble ingreso económico. Sin embargo esta facultad no es absoluta sino que tiene sus límites. El servidor público está prohibido de realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de trabajo , salvo labor docencia universitaria Base legal : Artículo 23 inciso a) D. Legislativo 276 Dicha disposición en la constitución no permite omitir los requisitos exigidos por la normatividad vigente en la materia para el desempeño de esa función docente , en consecuencia , dicho derecho no e