Disciplina y Modalidades formativas laborales

Aplicación de Medidas disciplinarias en las Modalidades formativas laborales


¿ A un participante en alguna modalidad formativa laboral se le puede suspender?
¿ Que se debe hacer cuando un participante en modalidad formativa incumple las normas internas de la empresa?
¿ No se puede aplicar las sanciones disciplinarias a los participantes en una modalidad formativa laboral , porque simplemente no son trabajadores?
¿ Se puede despedir a un participante en alguna modalidad formativa laboral ?
¿ Como prevengo el incumplimiento de las normas internas por parte de un participantes en alguna modalidad formativa laboral ?

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Manual modalidad formativa laboral Ver aquí
Las modalidades formativas laborales
Como recuerda existen varios tipos de modalidades formativas
a.- Aprendizaje
Con predominio en la empresa
Con predominio en el centro de formación profesional . Aquí se incluye las practicas pre profesionales

b.- Practicas profesionales
c.- Capacitación laboral juvenil
d.- Pasantía
Pasantía en la empresa
Pasantía de catedráticos o docentes
e.- Actualización para la reinserción laboral

Al inicio todo es fácil
Una empresa esta en la libertad de elegir la modalidad formativa que se adecue a sus objetivos .
En consecuencia deberá cumplir las exigencias legales para su debida aplicación.

Los intocables
¿ Que sucedería si un participante en alguna modalidad formativa no cumple las normas internas de la empresa ?
Por lo general esto se refiere a :
- Llega frecuentemente con tardanza
- Se retira antes de terminar su jornada formativa
- Se toma mas de una hora en el refrigerio
- No presenta los informes de su capacitación formativa
- Falta con frecuencia a la empresa
- La parte practica de su formación en la empresa , lo hace con desgano.
Y ahí mas .

¿ Es posible aplicarles una medida disciplinaria correctiva como a cualquier trabajador?
¿ Usted que cree ?
¿ No?
Las normas sobre modalidades formativas no tratan de este problema .
Reviselas.
¿ No se puede aplicar las sanciones disciplinarias a los participantes en una modalidad formativa laboral , porque simplemente no son trabajadores?
Es una conclusión muy apresurada.
¿ Si?

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Sufre peruano sufre...
¿ Que se debe hacer cuando un participante en modalidad formativa incumple las normas internas de la empresa?
La empresa debe informar al participante en una modalidad formativa las normas existentes en ella.
Esto a través de la entrega del reglamento interno de trabajo.

¿ Como prevengo el incumplimiento de las normas internas por parte de un participantes en alguna modalidad formativa laboral ?
Al conocer las disposiciones internas y las sanciones que se le puede aplicar , debería evitar que estas situaciones se presenten.

Muérdeme...
¿ A un participante en alguna modalidad formativa laboral se le puede suspender?
¿ Se puede despedir a un participante en alguna modalidad formativa laboral ?

Según las disposiciones contenidas en el reglamento interno de trabajo se le podrá :
Llamar la atención
Amonestar
Suspender

¿ Se puede despedir a un participante en alguna modalidad formativa laboral ?
La palabra despido no seria aplicable , mas bien se daría por terminada el proceso de formación .

¿ Y eso como se hace?
Por lo general debería existir en el convenio una clausula donde se determine las razones por la cual se da por terminado de manera anticipada el proceso de formación.

De no existir puede desarrollar una " adenda " ( termino legal para decir una clausula fuera del convenio original que deberán firmar el participante , la empresa y el centro de formación profesional y la cual será remitirá al Ministerio de Trabajo ) , donde se detalle las causas del termino anticipado del convenio.

Y en el peor de los casos , simplemente dirigirle una carta simple al participante y al centro de formación profesional donde se detalle la causa del termino anticipado de la capacitación.
Esto con copia al Ministerio de trabajo para su conocimiento.

¿ Liquidación de beneficios sociales?
Y esto no me originara tener que pagarle una liquidación de beneficios sociales.
No .
Eso es solo para trabajadores , el no es un trabajador es un aprendiz , practicante  o pasante.

Solo deberá pagarle los días que ha desarrollado la formación pendientes .
Nada mas.

¿ Y si me pide su certificado de formación laboral , pues así lo indica la ley?
Revise la ley y se dará cuenta que dicho certificado solo se otorga cuando la Modalidad formativa laboral a culminado . Aquí no se ha culminado nada , todo a quedado inconcluso.

Y para eso no existe certificado.

¿ Y si insiste que le doy?
Puede darle una constancia de haber estado en la modalidad formativa pero indicando el motivo por el cual quedo inconcluso.
A ver si lo recibe.

Eso ya lo sabia
En el futuro , si usted tiene personas bajo alguna modalidad formativa laboral y no cumplen con sus obligaciones , o si es peor no se adapta a las normas de la empresa , y quizás de muestra de no "comprender lo que hace " , puede decir con toda confianza en decirle :" gracias ".

Lic. Ricardo Candela Casas

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