Intimidación en la renuncia

 *"Firma tu renuncia... o nadie te volverá a contratar"*  
_Casación Laboral N° 17325-2023-Lima_

*¿QUÉ PASÓ?*  
Banco llama a asesor de ventas. Le dan 2 opciones:  
1. Firmas renuncia → te vas "tranquilo" con liquidación  
2. No firmas → proceso disciplinario + "Nadie te va a querer en otras sucursales"

La empresa dijo: "Él renunció por voluntad propia"

*¿QUÉ DIJO LA CORTE SUPREMA?*  
Renuncia válida = *Libre + Voluntaria + Sin presión*   Art. 13 D.S. 003-97-TR

*LA LÍNEA DELGADA:*  
*Negociar SÍ:* "Vamos a iniciar proceso disciplinario" → Es tu derecho  
*Intimidar NO:* "Nadie te va a contratar en otra sucursal" → Afecta tu futuro profesional = Intimidación según Código Civil

*FALLO:*  
Renuncia viciada. *Ordenan reposición del trabajador.*  
No fue decisión libre, fue por miedo.

*LECCIÓN PARA EMPRESAS:*  
Puedes negociar la salida. Pero si condicionas su futuro laboral = despido encubierto.

*LECCIÓN PARA TRABAJADORES:*  
"Firma esto o..." = Alarma roja. La renuncia firmada bajo presión no vale.

*⬇️ Descarga la sentencia completa:*  
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*Lic. Ricardo Candela Casas*  
Derecho Laboral Peruano


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