renuncia al horario de refrigerio

El horario de refrigerio es el tiempo utilizado por el trabajador que tiene como fundamento que el trabajador lo destien a la ingesta de su alimentación principal , cuando coincida con la oportunidad del desayuno , almuerzo o cena o de un refigerio propiamente dicho , o al descanso.

El tiempo dedicado al refrgerio no podra ser inferios a 45 minutos . No forma parte de la jornada ni horario de trabajo , salvo por convenio colectivo que disponga algo distinto.

Debera coincidir en lo posible con los horarios habituales de desayuno , almuerzo o cena.
El Empleador establecera el tiempo de refrigerio dentro del horario de trabajo , no pudiendo otrogarlo , ni antes , ni luego del mismo.

Renuncia al horario de refrigerio
En un prestigio colegio de Arequipa  se establecieron convenios personales con los trabajadores , mediante cartas , para no hacer uso de los 45 minutos de refrigerio.

No se puede renunciar al horario de refrigerio
Al año siguiente el mismo prestigio colegio de Arequipa ,  pràcticamente  quiere obligar a sus trabajadores  a hacer uso del horario de refrigerio ,  porque segùn ellos no quieren caer en falta. ¿ Es eso cierto?

El otorgamiento del horario de refrigerio es una obligación del empleador hacia sus trabajadores, el pretender anularlo via convenio o cartas personales es ilegal.

Lic. Ricardo Candela Casas

base legal :
D.S. 008-2002-TR , art 14 .
TUO D. Leg 854 , art 7 y 15

Vea también :
Manual horario de trabajo


Comentarios

  1. Entonces , a que se refiere cuando la ley dice " salvo convenio en contrario"? ...En el caso de trabajo en horario corrido, el trabajador tiene derecho a tomar sus alimentos de acuerdo a lo que establezca el empleador en cada centro de trabajo, salvo convenio en contrario.

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