Fallecimiento del trabajador
Consecuencias laborales
Fin de la relación laboral Una de las causas que extinguen la relación laboral es el fallecimiento del trabajador.
Obligaciones del empleador ...
1.Planilla electrónica : El empleador debe dar de baja en el T-Registro de PDT-PLANILLA ELECTRONICA-PLAME .
Se debe colocar la fecha de cese y el motivo de la bajo fallecimiento) sustentando lo información con el certificado de defunción del trabajador.
2.Liquidación Beneficios sociales :
- La liquidación de beneficios sociales del trabajador fallecido será cobrada por sus deudos. Esto se realizara a través del reconocimiento de herederos por medio del testamento o, a falta de este, en la sucesión intestada.
El plazo máximo para cumplir con otorgar la liquidación de beneficios sociales es de 48 horas desde que el empleador ha tomado conocimiento del deceso."
- Compensacion por tiempo de servicios : En caso de fallecimiento del trabajador, el empleador deberá entregar al depositario (entidad financiera) el importe de la compensación que hubiera tenido que pagarle directamente dentro de las 48 horas de haber tomado conocimiento del fallecimiento del trabajador.
3. El Seguro Vida Ley : Indemnización Se paga ante la muerte natural una monto de 16 remuneraciones mensuales.
Esto indemnización deberá ser entregada a su cónyuge o conviviente y sus descendientes, o demás beneficiarios ( declaración de beneficiarios).
Para recordar : El empleador tiene la obligación de contratar este seguro a partir del inicio de la relación laboral, obteniendo
Base legal : D. Leg. N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral N° 001-96-TR Reglamento de Ley de Fomento al Empleo TUO de la Ley de CTS aprobado por DS N° 001-97-TR Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, DL N° 688 DS N° 005-2002-TR Gratificaciones.
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