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Asignación familiar para hijo con discapacidad

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El hijo de un trabajador mayor de edad con discapacidad ¿ Tiene derecho a percibir la asignación familiar establecida por ley para el régimen laboral privado? No. El motivo fundamental es que siendo mayor de edad y no cursando estudios superiores , esta fuera del ámbito de aplicación de la ley sobre asignación familiar. ¿ Pero eso es injusto , dicha persona tiene discapacidad? Si. Pero no debemos confundir con la situación física de la persona , cuyos derechos no están siendo afectados y el otorgamiento de un beneficio económico que tiene sus propias reglas. ¿ Y cuales son esas reglas para negarle el derecho a la asignación familiar? a.- Ser menor de edad ( Menor de 18 años) b.- Si es mayor de edad ( A partir de los 18 años ) , debe estar cursando estudios superiores. Si no cumple alguno de estos requisitos , el empleador no estará obligado a otorgar dicho beneficio al padre de dicha persona. ¿ Y si a pesar de no cumplir con alguno de estos requisitos , el empleador

¿ La asignación familiar debe pagarse integro siempre?

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Es decir, si yo tengo dias con descanso medico o di­as de permiso sin goce remunerativo ,  ¿La asignación familiar se me debe pagar en concordancia con las horas o dI­as trabajados?. Según interpretación del Ministerio de trabajo , la asignación familiar se otorga de manera integra . No es proporcional a los días efectivos de labor.  Fuente : Informe 385-2011-MTPE/4/8 Informe 028-2012-MTPE/2/14  Por lo tanto si usted goza de asignación  familiar. Y tiene dias de permiso sin pago o descansos medicos , la asignación familiar no sera afectada. Siempre recibira S/ 85.00 al mes ___________________________________ Manual Asignación familiar regimen laboral privado 2017 Manual laboral practico :  La asignación familiar Documento : en formato PDF Nro. de paginas : 53 paginas   Mas información aqui

Descuento por tardanzas

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Me han descontado por tardanzas. ¿ El empleador esta obligado a detallar (día, hora, tiempo) como sustento del importe de la tardanza?  ¿' Lo puedo solicitar en una carta simple? _________________________________________________ No existe descuento por tardanza Simplemente no le han pagado el tiempo que no laborado eso es todo. Ejemplo : Si usted labora 08 horas al día , le deben pagar por esas 08 horas Si usted laboral solo 7.50 horas al día , por que llego tarde 10 minutos . A usted se le pagara solo por las 7.50 horas , pues no ha laborado las 08 horas completas. La boleta de pago debe contener la información mínima establecida por  la R.M. 020-2008-TR . Dentro de esa información debe indicar la cantidad de horas ordinarias que usted a laborado en la semana, quincena o mes . ¿ Lo puedo solicitar por carta simple? No es necesario , revise su boleta. Si no tiene la información indicada  , dígale a su empleador que no esta cumpliendo con la ley.

Manual Asignación familiar regimen laboral privado 2017

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Manual laboral practico :  La asignación familiar Documento : en formato PDF Nro. de paginas : 53 paginas _______________________________________ ======== Contenido ========== 1.-  Concepto ¿ A que se denomina " Asignación familiar? 2.-Derecho al pago de la asignación familiar ¿Quiénes tiene derecho a percibir la asignación familiar? 3.- Personas que tienen derecho al pago de asignación familiar ¿Quiénes no tienen derecho a percibir la asignación familiar? 4.- Inicio del cobro de la asignación familiar ¿ Cuando se  inicia el goce del pago asignación familiar? 5.- Monto de la asignación familiar ¿ A cuanto asciende el monto por asignación familiar ? ¿ El pago de la asignación familiar es por cada hijo? 6.- Base de calculo de la asignación familiar Conceptos remunerativos computables ¿ La asignaciónb familiar esta conformada por otros conceptos remunerativos? 7.-   Conceptos remunerativos no computables ¿ La asignación familiar se le

Cambio de modalidad de contrato

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¿ Si actualmente estoy bajo un contrato por necesidad del mercado pueden cambiarme mi contrato al de otra naturaleza es decir al de naturaleza accidental por suplencia ? ______________________________________ Aquí se presentan dos situaciones en las cuales usted como trabajador debe decidir. a.- Usted acepta el cambio  Si usted acepta el cambio del tipo de contrato suscrito debe comprender desde el inicio de sus labores . Total un contrato es un acuerdo entre el trabajador y el empleador. Firmara el nuevo documento y recibirá una copia. Recuerde que entre un contrato por necesidad de mercado y uno de suplencia existe una gran diferencia . Pero es su decisión. Para saber mas  : En la actualidad ya no se envía copia del contrato al Ministerio de trabajo para su registro. Eso facilita el cambio. b.- Usted no acepta. Solo es posible realizar dicho cambio una vez concluido el vigente . El empleador no puede obligarlo . Salvo que usted  renuncie y lo vuelvan a co

Actualizate del 01 al 15 Marzo 2017

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Ademas de la revista usted recibirá el Manual  Otras formas de terminación de la relación laboral  Ademas de las formas ya conocidas , la legislación laboral peruana permite al empleador establecer su sistema de terminación de la relación laboral. Con un poco de preparación y mucho de organización , el empleador evitara incurrir en ceses injustificados y en situaciones en las cuales se ve impedido de reducir personal. Por lo tanto usted no tiene que esperar a que el trabajador renuncie , cometa una falta grave para despedirlo , que sufra una lesión que lo declare invalido permanente o que se jubile.... Contenido de la edición Actualizate del 01 al 15 Marzo 2017 ______________________________________ Modelos y formatos Descuento por aporte sindical  ¿Cómo se procede para establecer la cotización sindical? ¿Cuándo termina la obligación del empleador de efectuar el descuento al trabajador por cotización sindical? __________________________________

La hora de lactancia para Mype

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Una pregunta: ¿ La ''HORA DE LACTANCIA'' le corresponde a un trabajador de MYPE ?¿O solo a trabajadores de grandes empresas ? ________________________________ ¿A que se llama hora de lactancia Materna? Es el derecho, que tiene la madre trabajadora, a gozar de una hora diaria de permiso para lactar al hijo ¿Quién es el beneficiario de este derecho? Madre trabajadora en el sector privado.  Base legal: Ley 27240 , articulo 1 ¿Solo al sector privado ? Este beneficio también es de aplicación a quienes trabajan en el sector público  Base legal: Ley 27591.  ¿ Y sobre la pregunta la hora de lactancia es solo para la gran empresa? El derecho a la hora de lactancia es para todo tipo de empresa : Sea gran empresa Sea microempresa Sea pequeña empresa Incluso para trabajadores de hogar Trabajadores extranjeros ... En realidad no existe limitación o diferenciación alguna. El aplicar un criterio distintivo entre a los de la gran