Mostrando entradas con la etiqueta regimen laboral especial. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta regimen laboral especial. Mostrar todas las entradas

Gobierno establecerá una pensión mínima en el régimen pesquero

 

Está pendiente que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emita el decreto supremo que defina cuál será el monto de la pensión mínima, de dónde provendrá su financiamiento, entre otros detalles.

Para recordar  :  En abril, el Gobierno aprobó establecer un monto mínimo de las prestaciones previsionales en el Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros (REP) y de la Transferencia Directa al Expescador (TDEP) a través de la ley del crédito suplementario. 

A la fecha está pendiente que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emita el decreto supremo que defina cuál será el monto de la pensión mínima, de dónde provendrá su financiamiento, entre otros detalles.

Del Régimen Especial de Pensiones para Trabajadores Pesqueros. Este Régimen Especial surgió en 2013 luego que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) decidiera disolver la Caja del Pescador (que funcionaba desde 1965) debido a que había suspendido el pago a sus afilados, presentaba insolvencia económica para obligaciones futuras, entre otros problemas financieros. 

Es asi que en el 2010 dejó de operar y se dispuso su proceso de liquidación integral.

Hoy ...

En la actualidad, el REP está administrado por la ONP, los beneficiarios deben haber acumulado 375 semanas de contribución y acreditar 25 años de trabajo en el sector para poder acceder a una pensión, cuyo monto máximo es de S/660. 

Así mismo se encuentra la Transferencia Directa al Expescador (TDEP), que es el mecanismo por el cual los pensionistas de la Caja del Pescador solicitan acceder a su pensión a través de la ONP

Desde Setiembre de 2022, la ONP tiene a su cargo la administración de 5.782 personas afiliadas bajo los Regímenes 30003 (REP y TDEP),  mientras que la cantidad de pensionistas asciende a 7.455.

 En cuanto al rango de pensiones, el 33,1% recibe un monto mayor o igual a S/660; un porcentaje mejor (10.7%) recibe entre S/250 y S/450.

Más  información  : En la última ley que se ha aprobado del crédito suplementario, se ha previsto también una evaluación directa de un régimen del que no hay mucha preocupación en la opinión pública, que tiene que ver con los pesqueros.

 Lo que se ha proyectado a propuesta del sector de Economía y Finanzas es que haya un proceso de reforma también del régimen pesquero, estableciendo pensiones mínimas que actualmente no están establecidas. 

Actualmente, no hay pensión mínima en el régimen pesquero.

Más  información  de interés  en 

Noticias  Laborales  Actualizate  Ingrese aqui



Modificación del régimen de trabajadores médicos

La Ley 30635 (publicada el  11-8-2017) ha modificado el D.Leg. 559, Ley del Trabajo Médico


¿ En que materias existe dicha modificación?
En las materias siguientes:
a.- Programación de la guardia de retén

Se ha restituido la vigencia de la norma (art.13) que regula la programación de la guardia de retén.

Para recordar : El D. Leg. 1153 dejó sin efecto las disposiciones que regulaban el servicio de guardia a fin

de implementar la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado.

b.- Las actividades que comprende el trabajo de guardia,
Se ha establecido que el trabajo de guardia comprende actividades múltiples y diferenciadas de las realizadas ordinariamente y su duración no puede ser mayor a las 12 horas continuas, salvo excepciones, en la que será de hasta 24.

De otro lado, se ha dispuesto que el trabajo del Médico Cirujano no puede ser discriminado en sus remuneraciones, bonificaciones, compensaciones y entregas económicas entre los que realizan las mismas funciones.

Se agrega que su haber mínimo en el sector privado no puede ser menor al del sector público

c.- Los derechos remunerativos de los médicos cirujanos y;

d.-  La remuneración especial por guardia extraordinaria.

Se ha dispuesto que la remuneración especial por guardia extraordinaria y la correspondiente a guardia ordinaria tiene como base la valorización principal o su equivalente. 

Los regimenes laborales especiales de la actividad privada en el Perú




¿ A que se denomina  “ régimen laboral especial de la actividad  privada”?
Algunas normas laborales han sido dictadas  , dando un trato diferente en la gestión de beneficios sociales  a cierto grupo de trabajadores.

Sea por razones de promoción de empleo , por la dificultad de la actividad económica  o por la parte muy su generis de la especialidad del trabajador.

Sin dejar de lado el trasfondo político del momento.



La coexistencia paralela
Coexisten en el ordenamiento legal regímenes especiales de forma paralela al régimen laboral común de la actividad privada, las cuales se encuentran regidos por su propia legislación.

Se trata de normas que fijan un trato diferenciado con relación a los derechos laborales.

Los motivos son varios, desde el tamaño de la empresa con base en sus ventas anuales en el caso de las mypes, hasta el sector en que se desenvuelven –régimen agrario– .


Por suerte solo existe un régimen laboral general de la actividad privada
En cambio en los regímenes laborales especiales , se cuentan 26 .

Cuadro parcial de regímenes laborales especiales actividad privada en el Perú

El ministerio de trabajo y sus 06 regímenes laborales especiales en la actividad privada
Según la actual administración en el Ministerio de trabajo , en las relaciones laborales del sector privado coexisten seis regímenes: general, pequeña empresa, microempresa, exportaciones no tradicionales, agrario y trabajadoras del hogar.
El MTPE planea reducirlos a tres:
a.- Un régimen general
b.- El régimen de la Mype
c.- Un régimen promotor .

La  pregunta es ¿ Que es lo que busca realmente el Ministerio de trabajo?
¿ Que hará con los regímenes del trabajador del hogar , trabajador artista , Futbolista profesional?
¿ Los considerara en su régimen promotor?

¿ Que hará con el régimen de construcción civil?
En ese sector el convenio colectivo anual es la constante .
¿Sera asimilado al régimen general?


________________________________________

Catalogo Manuales laborales legislación peruana 2017

Relación de documentos disponibles  
Actualizados  a la fecha

Descargue catalogo  PULSE AQUI


Computo indemnización despidió arbitrario en la CTS

  ¿ La indemnizacion por despido arbitrario es computable para el calculo de CTS?  No, porque la indemnizacion no tiene naturaleza remunerat...

Vea tambien ...