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Lo que debe saber si labora el día del censo 2017



¿ Donde me empadrono si trabajo el dia del censo?
Si la empresa tiene mas de 20 trabajadores que laboraran el día del censo , debe hacerse cargo de solicitar un empadronamiento especial .
De no ser el caso , es decir si solo trabajan el dia del censo menos de 20 trabajadores , cada persona debe dirigirse a una ofician censal distrital y solicitar el empadronamiento especial

¿ Que necesito para empadronarme antes del censo?
El trabajador debera acercarse a la oficina censal del distrito donde vive . Debera portar una carta de su empleador , dirigida al Jefe de la Oficina Censal .
En ella se solicitara el empadronamiento especial.

¿ Donde puedo ubicar la oficina distrital que me corresponde?
Todas las direcciones de las oficinas censales distritales , se enceuntra en www.censo2017.pe

En ella se puede obtener los nombres de todos los jefes de oficinas censales.

¿Que datos debe incluir en la carta dirigida a la oficina censal , que preparada mi empleador?
Debe constar los nombres y apellidos , numero de DNI y la direccion domiciliaaria del trababajador.

La empresa debe decir que ha sido designado para laborar en la empresa , durante el dia del censo.


¿ Si ya pase el empadronamiento especial y laboro el dia del censo , debo pagar las horas ?
No.
El pago de las horas es solo para aquellos trabajadores que no laboraran entre las 8.00 a.m. y las 05.00 p.m. del dia del censo que no han pasado por el empadronamiento especial.

¿ Como me pagaran si laboro el dia del censo en mi empresa?
Como es de costumbre en su empresa. Nada a cambiado

¿ Si por algun motivo me veo obligado a salir brevemente de la empresa a la calle para hacer alguna gestión , me detendra la policia?
No.

Es inconstitucional el proceder de la policia ante esta situación. Ya se aclaro que solo lo podran invitar a que colabore con el censo , no lo llevaran a la comiseria y menos le detendran su DNI.

¿ Y si ha pesar de eso me detienen y me llevan a la comiseria?
Debe solicitar un habeas corpus e identificar a los que le detuvieron , para  que sigan un proceso penal en el Poder Judicial.



Obligaciones laborales del empleador por el censo nacional 22 Octubre 2017


Contenido
Nociones generales
1.-Censo de Población
2.- Censo de Vivienda
3.- ¿Cuál es la finalidad del censo?
4.- El censo nacional y el trabajador


Normas para trabajadores que laboran en su centro de trabajo el 22 de Octubre 2017
1.-Ámbito de aplicación
2.-Fechas del empadronamiento especial
3.-Solicitud del empadronamiento especial
Modelo carta solicitando empadronamiento especial de trabajador
4.- Desarrollo del empadronamiento especial
5.- Comportamiento del trabajador empadronador en forma especial el día 22 de Octubre 2017
Norma legal relacionada


Trabajador que cumplirá la función voluntario empadronador el 22 Octubre
1.-Requisitos para el gozo del día no laborable compensable
2.- Forma y plazo de compensación del día no laborable 23 de Octubre
3.-Gozo indebido del día no laborable compensable
Norma legal relacionada



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Costo documento Obligaciones laborales del empleador por el censo nacional 22 Octubre 2017

S/ 28.00 ( Veintiocho nuevos soles

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Forma de pago :

1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica

2.- Una vez efectuado el pago, se debe escanear el Boucher y enviarlo por email a : conrcc@gmail.com

3.- Llamar al 999062932 para informar del deposito realizado y escaneo del Boucher



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Forma de entrega :
Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación



En 05 minutos se remite el documento solicitado anexado a su correo electrónico.

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Deposite el importe en la cuenta del BANCO DE CRÉDITO DEL PERU

Cuenta : Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas


Código Interbancario : 00219410454447607893
El código interbancario se utiliza para realizar transferencias entre cuentas de bancos distintos al de Banco de Crédito del Perú.

También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).


Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 999062932

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Dia no laborable compensable 22 Octubre 2017

Declaran Jornada No Laborable el 22 de octubre de 2017 para los trabajadores de los sectores público y privado en todo el territorio nacional

Norma : DECRETO SUPREMO Nº 019-2017-TR
Publicado :  17/10/2017

Aclaración :
Solo aplicable a las personas que están obligadas a laborar el 22 de Octubre por razones de sus funciones en la entidad publica o en la empresa privada.

_________________________________

¿ Como se aplica el D.S. 019-2017-TR ?
 La jornada no laborable  el domingo 22 de Octubre 2017 , tendrá vigencia en todo el país entre las 8:00 y 17:00 horas , tiempo en el cual se ha dispuesto la inamovilidad de la población para garantizar que los peruanos esperen en sus domicilios a los voluntarios del censo.


Compensación
¿ Como debe recuperarse las horas dejadas de laborar?
Las horas no laboradas el domingo serán compensadas mediante acuerdo entre el empleador y los trabajadores.

¿ Y si no hay acuerdo?
Si no hubiera un acuerdo, decidirá el empleador

Algo mas :
La recuperación de horas, estará sujeta a parámetros de razonabilidad y no afectará el descanso
semanal obligatorio del trabajador.

En ningún caso la recuperación de horas será considerada como trabajo de sobretiempo.

Personas que de todos modos deben laborar entre las 8.00 y 17.00 horas del domingo 22 Octubre 2017
¿ A que se refiere eso de actividades necesarias para la comunidad?
Los trabajadores de los servicios públicos vitales:
Centros de Salud, Asistencias Públicas, Clínicas y Hospitales; y, de servicios básicos: agua, electricidad, teléfonos, telecomunicaciones, comisarías y bomberos, entre otros, así como los trabajadores de empresas que no es posible detener su funcionamiento.

¿Como se debe proceder en este caso?
Los titulares de las entidades públicas y empleadores del sector privado adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad la provisión de actividades necesarias mediante un empadronamiento especial de las personas que trabajarán el domingo.

Usted debe saber : Dicho empadronamiento especial ya ha sido establecido mediante Norma Técnica Censal Nº002-2017-INEI/CPV aprobada por Resolución Jefatural Nº 303-2017-INEI.


¿ Como debe pagarse dicho tiempo laborado?
Las labores realizadas ese día por este grupo de trabajadores serán remuneradas de manera ordinaria, conforme a las condiciones pactadas en el contrato de trabajo

Para aclarar el tema :
1.- Por lo general una trabajador labora los domingos porque goza del descanso semanal obligatorio en transcurso de la semana .
En este caso , lo indicado en el párrafo anterior es aplicable .

2.- En el caso de horas extras , que por razones de necesidad debe realizarse en la empresa ( aplicable al sector Privado) , primara la modalidad de pago pactada entre el empleador y el trabajador.



DECRETO SUPREMO Nº 019-2017-TR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo Nº 066-2015-PCM declara de interés y de prioridad nacional la ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017;
Que, el artículo 42 de las Normas para la ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017 aprobadas por Decreto Supremo Nº 062-2017-PCM dispone una orden de inamovilidad de la población a nivel nacional, desde las 08:00 horas hasta las 17:00 horas del día 22 de octubre de 2017;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2017-PCM se declara el domingo 22 de octubre de 2017 como “Día del Censo” para efectos de los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017;

Que, en atención a ello, resulta pertinente la adopción de medidas en materia laboral a fin de facilitar el cumplimiento eficiente del levantamiento y ejecución de los censos a nivel nacional;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:
Artículo 1º.- Jornada no laborable
Declárase jornada no laborable a nivel nacional para los trabajadores de los sectores público y privado, entre las 08:00 horas y 17:00 horas del día 22 de octubre de 2017.

Artículo 2º.- Compensación de horas no laboradas
Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, y atendiendo a las necesidades y características de las labores no ejecutadas, las horas dejadas de laborar podrán ser compensadas mediante acuerdo entre el empleador y los trabajadores. A falta de acuerdo, decide el empleador.

La recuperación de horas se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso la recuperación de horas será considerada como trabajo en sobretiempo.

Artículo 3º.- Precisiones relativas a las personas que con carácter excepcional deban trabajar el “Día del Censo”
Los titulares de las entidades públicas y empleadores del sector privado adoptan las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante la jornada no laborable establecida en el presente decreto supremo, la provisión de las actividades contempladas en el artículo 45 de las Normas para la ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017 aprobadas por Decreto Supremo Nº 062-2017-PCM y el artículo 1 de la Norma Técnica Censal Nº002-2017-INEI/CPV “Empadronamiento Especial de las Personas que trabajarán el Día del Censo entre las 08:00 horas a las 17:00 horas” aprobada por Resolución Jefatural Nº 303-2017-INEI.

Las labores realizadas en virtud de lo establecido en el párrafo anterior se remuneran de manera ordinaria, conforme a las condiciones pactadas en el contrato de trabajo.


Obligaciones laborales del empleador por el censo nacional 22 Octubre 2017

Dudas sobre el tema :
¿ Que obligaciones laborales trate el censo nacional 2017 al empleador?
¿ Es aplicable a todo tipo de empresa?
¿ Que sucedería si el empleador no cumple?
¿ Todo trabajador esta sujeto a las normas del censo nacional?
¿ En caso de incumplimiento interviene la SUNAFIL?



Documento 13 paginas
formato PDF
Usted recibira :
a.-Manual obligaciones laborales del empleador por el Censo Nacional 22 Octubre
b.-Modelo de solicitud solicitando empadronamiento en word



____________________________________________________________

Contenido
Nociones generales
1.-Censo de Población
2.- Censo de Vivienda
3.- ¿Cuál es la finalidad del censo?
4.- El censo nacional y el trabajador


Normas para trabajadores que laboran en su centro de trabajo el 22 de Octubre 2017
1.-Ámbito de aplicación
2.-Fechas del empadronamiento especial
3.-Solicitud del empadronamiento especial
Modelo carta solicitando empadronamiento especial de trabajador
4.- Desarrollo del empadronamiento especial
5.- Comportamiento del trabajador empadronador en forma especial el día 22 de Octubre 2017
Norma legal relacionada


Trabajador que cumplirá la función voluntario empadronador el 22 Octubre
1.-Requisitos para el gozo del día no laborable compensable
2.- Forma y plazo de compensación del día no laborable 23 de Octubre
3.-Gozo indebido del día no laborable compensable
Norma legal relacionada


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Costo documento Obligaciones laborales del empleador por el censo nacional 22 Octubre 2017

S/ 28.00 ( Veintiocho nuevos soles

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Forma de pago :

1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica

2.- Una vez efectuado el pago, se debe escanear el Boucher y enviarlo por email a : conrcc@gmail.com

3.- Llamar al 999062932 para informar del deposito realizado y escaneo del Boucher



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Forma de entrega :
Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación



En 05 minutos se remite el documento solicitado anexado a su correo electrónico.

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Deposite el importe en la cuenta del BANCO DE CRÉDITO DEL PERU

Cuenta : Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas


Código Interbancario : 00219410454447607893
El código interbancario se utiliza para realizar transferencias entre cuentas de bancos distintos al de Banco de Crédito del Perú.

También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).


Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 999062932

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