Mediante Decreto Supremo, se declaran días no laborables compensables para los trabajadores del sector público durante el año 2024 y enero del año 2025.
Norma: D.S. N° 11-2024-PCM
Entre los días declarados no laborables compensables se encuentra el viernes 06 de diciembre de 2024.
Características:
En el sector público:
- Compensación de horas: Las horas dejadas de laborar durante el 06 de diciembre de 2024 serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
- Provisión de servicios indispensables: Los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante el 06 de diciembre de 2024.
- Tributación: Para fines tributarios, dicho día (06 de diciembre de 2024) será considerado hábil.
En el sector privado:
- Opcional: Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.
- Recuperación de horas: Quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.
- Actividades económicas de especial relevancia para la comunidad: Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del 06 de diciembre de 2024 (día no laborable) y los trabajadores respectivos que continuarán laborando. Esto a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
- Tributación: Para fines tributarios, dicho día (06 de diciembre de 2024) será considerado hábil.
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