Un trabajador que se desempeña como
chofer de una empresa , sufre un accidente en su casa que le compromete el
sentido visual.
Según el informe medico , no podrá volver
a conducir un vehiculo.
¿ Se puede
cesar a esta persona por incapacidad sobrevenida para el puesto que desempeña?
El poder judicial desarrolló los alcances del despido por
incapacidad sobrevenida a la contratación laboral que impide el desempeño de
las tareas del trabajador, regulado en el TUO de la Ley de productividad y
competitividad laboral (LPCL).
Se trata de la Casación Laboral Nº 21599-2018-Sullana, la cual ratifica que la
invocación de esta causal exige la formalidad del artículo 33 del reglamento de
la LPCL, esto es, contar con una certificación de Essalud, el Ministerio de
Salud o una junta de médicos designada por el Colegio Médico del Perú a
solicitud del empleador.
Con ello, el Poder judicial confirma la
validez del despido por deficiencias físicas, intelectuales, mentales o
sensoriales sobrevenidas debido a que el contrato impone sobre el trabajador
prestaciones personalísimas, quedando las partes habilitadas para extinguir la
relación cuando se presenta una situación de fuerza mayor que convierte en
imposible su cumplimiento.
Sin embargo, para invocar dicha causal
de despido, la Corte Suprema ratifica que resulta exigible la formalidad del
artículo 33 del reglamento de la LPCL, esto es, que debe ser corroborada por
una autoridad competente en salud a solicitud del empleador.
¿ Como era
antes ?
Antes de la sentencia, la exigencia de
esta norma era dudosa, al tener por finalidad reglamentar el texto original del
artículo 23 literal a) de la LPCL, que fue modificado por la Ley de la persona
con discapacidad.
En buena cuenta, al día de hoy, el
despido de una persona con discapacidad sobrevenida, para que sea válido, debería
satisfacer esta formalidad.
El caso es especialmente interesante
porque se discute la procedencia o arbitrariedad del despido de un trabajador
que, en el devenir del vínculo laboral, adquirió una enfermedad común –no
profesional– que le impedía trabajar en sus ocupaciones habituales.
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