Despido por incapacidad sobrevenida del trabajador


Manual ¿ Como despedir legalmente al trabajador?
Guía del empleador
Ver aquí
El detrimento de la facultad física o mental o la ineptitud sobrevenida, determinantes para el desempeño de sus tareas.

Siempre que no exista un puesto vacante al que el trabajador pueda ser transferido y que no implique riesgos para su seguridad y salud o la de terceros

Base legal : LPCL artículo  23 , inc. a. modificado por Ley 29973 séptima disposición complementaria modificatoria.

¿ Quién certifica la incapacidad sobrevenida al trabajador?
Este hecho debe ser certificado por él Es Salud, el Ministerio de Salud o la Junta de Médicos designada por el Colegio Médico del Perú, a solicitud del empleador.
La negativa injustificada y probada del trabajador a someterse a los exámenes correspondientes es considerada como tácita aceptación de la existencia de la causa justa de despido
Base legal : Rgto. 728, art. 33.



Configuración de la falta
¿Qué requisitos deben presentarse para configurar esta falta?
1.-  La incapacidad
Esta incapacidad debe afectar el normal desarrollo de las actividades del trabajador en la empresa

2.- Constatación
Este hecho debe ser certificado por él Es Salud, el Ministerio de Salud o la Junta de Médicos designada por el Colegio Médico del Perú, a solicitud del empleador

3.- Principio de inmediatez
Es decir debe existir un nexo de causalidad entre la conducta que ha sido sancionada penalmente y la decisión del empleador de despedir al trabajador condenado.

4.- Principio de razonabilidad
Por razonabilidad debemos entender que toda sanción del empleador debe guardar estrecha proporcionalidad con la falta cometida.

Fuente : Manual ¿ Como despedir legalmente al trabajador? Guía del empleador

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