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Día del trabajador de construcción civil 25 Octubre 2017

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Lo que debe recordar : El 25 de octubre de cada año es día feriado no laborable con goce de remuneración para los trabajadores del ramo y sin que afecte el pago correspondiente al día de descanso semanal. ¿ Cual es el origen de dicha disposición? No es un convenio colectivo , es una ley dictada por el Congreso de la República. ¿ Y cual ley es esa? Es la LEY Nº 24324  dictada el 06/11/1985. ¿ Como se aplica ese feriado no laborable? A este feriado le son aplicables las normas comunes previstas en el D. Leg. 713 . Base legal :  Ley 24324. ¿ A quienes se denomina " trabajadores en construcción civil? Los que se encuentran en alguna de las categorías establecidas para el sector : Operario Oficial Peón. ¿ Ese feriado no laborable para construcción civil afectara en el monto que cobrara por dicha semana? Dicho feriado no  afectara el pago correspondiente al día de descanso semanal. ¿ Y los demás conceptos como la movilidad? Si no asisten a laborar no se paga

Manual régimen laboral de la Microempresa 2017

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¿ Sabe cuales son las obligaciones laborales de una microempresa  ? Manual Regimen laboral de la microempresa En formato PDF 299 paginas Al adquirir  este documento usted recibirá : a.-  Manual régimen laboral  de la Mircoempre 2017 en formato PDF b.- Boletín informativo sistema pensionario en formato word c.- Modelo de planilla microempresa en excell d.-  Modelo boleta de pago para micro  en word e.-  Documentos a entregar al trabajador al cese en word f.- Modelos de contratos para microempresa Contenido Capitulo I : Nociones Generales Ámbito de aplicación características para ser considerado en el régimen laboral especial La perdida del régimen especial Capitulo II : Capacitación en las Mypes Promoción de la iniciativa privada Crédito por gastos de capacitación Capitulo III: Régimen Laboral especial Mype La planilla de pago Mype a.- Inscripción del trabajador b.- La boleta de pago Trabajadores de Microempresa Formalidades Antes de la relac

¿ Cómo se aplica el feriado por el 01 de Noviembre 2017?

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Algo que debe saber : 1.- El feriado 01 de Noviembre no se labora, sin perder la remuneración por dicho día. 2.- El descanso por el 01 de Noviembre no es compensable. Es decir, el empleador no puede pretender hacer "recuperar las horas " por el feriado. 3.- El descanso es aplicable tanto al personal empleado, como obrero. 4.- El descanso es aplicable sin importar el tipo de contrato de trabajo suscrito con el empleador , o estando en periodo de prueba. Situaciones que pueden presentarse : Personas que laboran el día 01 de Noviembre 2017 1.- Aquellos que acuerdan laborar el 01 de Noviembre . Por lo general son acuerdos entre el empleador y el trabajador a.- Con descanso del feriado en otra fecha Según acuerdo con los trabajadores , el empleador debe acordar otro día en el cual se descanse el feriado. b.- Sin descanso del feriado en otra fecha En este caso el empleador deberá pagarle al trabajador : Un día por el feriado Un día por la labor realiza

Proyecto de “Protocolo de Fiscalización para la Formalización Laboral"

Disponen la publicación del Proyecto de “Protocolo de Fiscalización para la Formalización Laboral” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 212 -2017-SUNAFIL Publicado : 28/10/2017 ====================================== ¿ Que se busca con dicho protocolo? Establecer reglas y criterios específicos para la verificación del adecuado registro en la planilla electrónica del personal del sujeto inspeccionado, así como su inscripción en la seguridad social en salud y pensiones, durante el desarrollo de las actuaciones inspectivas de investigación. Proyecto de protocolo Lima, 25 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe N° 212-2017-SUNAFIL/INII, de fecha 22 de setiembre de 2017, de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva; el Informe N° 327-2017-SUNAFIL/ SG-OGPP, de fecha 27 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 399-2017-SUNAFIL/SG/OGAJ, de fecha 03 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás anteceden

¿ Cuando se justifica el despido en el régimen laboral privado?

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Respuesta : En el regimen laboral privador existen dos grandes grupos de situaciones que justifican el despido de un trabajador : 1.- Por causas originadas a su desempeño.( capacidad) 2.- Por causas originadas por su conducta. En las primeras se encuentra a.- El bajo rendimiento "anormal" de sus funciones .las normas hablan de un detrimento de las facultades fisicas o mentales , e incluso de la inesptitud sobrevenidad ( esto por supuesto verifica por entidades como el propo Ministerio de trabajo). b.- El rendimiento deficiente en relación a la capacidad del trabajador comparado con el rendimiento promedio de sus compañeros. ( Igualmente debe ser verificado ). c.- Negativa injustificada a someterse examen medico previamente convenido o establecido por ley , determinantes para continuar con la relacion laboral ( Se debe aclarar que esto no es una puerta libre para aplicar cualquier examen medico , como por ejemplo : contra el SIDA). En el segundo grupo , orig

Manual régimen laboral construcción civil 2017-2018

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=============================== Documento de 436  paginas en formato PDF Incluye : Convenio Colectivo 2017-2018 En formato Excel :  a.- Tabla de jornales construcción civil 2017-2018  b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago  c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil  d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel  e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2017-2018 Resolverá sus dudas mas frecuentes ..  ¿ A que empresas se aplica el régimen laboral de construcción civil ? El Contrato de trabajo en construcción civil.  ¿ Existe un contrato de trabajo en construcción civil ?  ¿ Se debe presentar ante el Ministerio de trabajo  el contrato de trabajo en construcción civil?  ¿ Existe la obligación que todo trabajador de construcción civil este registrador en el  Registro Nacional de trabajadores de construcción civil (RETCC)?  ¿ Que sucedería si el trabajador no esta inscrito en el Registro Nacional

¿ Cuanto me tocara por compensación tiempo de servicios?

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En este mes de Noviembre  , el empleador debe realizar el deposito por el semestre Mayo 2017  - Octubre 2017 por compensación tiempo de servicios. ¿ Sabe usted cuanto le tocara recibir por compensación tiempo de servicios ? El calculo Para realizar el calculo usted debe considerar a.- Si tiene derecho a CTS , es obvio no. b.- El tipo de actividad o empresa donde labora c.- El tiempo que ha laborado d.- La remuneración que percibe a.- Si tiene derecho a CTS , es obvio no. Si usted al 30 de Octubre  2017 no cumple un mes de servicio completo , no tendra derecho a que le depositen su CTS en  Noviembre 2017. Ese periodo de tiempo no depositado sera considerado para el semestre Mayo-Octubre 2015 . b.- El tipo de actividad o empresa donde labora Si la empresa donde labora es una microempresa que ha cumplido con el registro de tal en la Remype . Usted no tendar derecho a compensación por tiempo de servicios . La ley es asi. c.- El tiempo que ha laborado en el semestre