¿ Cuando se justifica el despido en el régimen laboral privado?
Respuesta :
En el regimen laboral privador existen dos grandes grupos de situaciones que justifican el despido de un trabajador :
1.- Por causas originadas a su desempeño.( capacidad)
2.- Por causas originadas por su conducta.
En las primeras se encuentra
a.- El bajo rendimiento "anormal" de sus funciones .las normas hablan de un detrimento de las facultades fisicas o mentales , e incluso de la inesptitud sobrevenidad ( esto por supuesto verifica por entidades como el propo Ministerio de trabajo).
b.- El rendimiento deficiente en relación a la capacidad del trabajador comparado con el rendimiento promedio de sus compañeros. ( Igualmente debe ser verificado ).
c.- Negativa injustificada a someterse examen medico previamente convenido o establecido por ley , determinantes para continuar con la relacion laboral ( Se debe aclarar que esto no es una puerta libre para aplicar cualquier examen medico , como por ejemplo : contra el SIDA).
En el segundo grupo , originados por la conducta del trabajador.
a.- Aqui se hallan las llamadas " faltas graves " , las cuales estan normadas en la ley .
Se incluye la condena penal por delito doloso .
b.-la inhabilitacion del trabajador ( Por ejemplo un chofer cuyo brevete de manejo se la haya cancelado definitivamente por problemas graves con las autoridades de transito).
c.- Este grupo se concluye con la "falsa queja" por hostigamiento sexual ( Es el caso de un proceso interno originado por una denuncia sobre este tema , en el cual el afectado no demuestra dicha situación ).
El empleador debe cumplir el procedimiento legal establecido para despedir " correctamente" a un trabajador.( Aqui se habla de una oportunidad de defensa del trabajador ).
Base legal : D.S. 003-97-TR
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