Despido por abandono al puesto de trabajo
Debe recordar : Constituye falta grave el abandono de trabajo por más de tres días consecutivos, (...) Empleador no podrá despedir sin antes otorgar al trabajador por escrito un plazo razonable no menor de seis días para defenderse por escrito de los cargos que se le formulen. El caso : En el caso en análisis, una empresa cursó a un trabajador una carta de pre aviso de despido, tras haber dejado constancia, mediante un acta, de haber hecho abandono de su centro laboral. El empleador envió, además, una misiva al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunicando a la autoridad administrativa de la existencia de tal falta grave. Jurisprudencia laboral El abandono de trabajo como causal de despido prevista en la ley, requiere ser acreditado en forma debida con documentos idóneos que demuestren de manera indubitable dicha falta grave. base legal :Sentencia de Casación Laboral N° 1603-2015 JUNÍN, Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, en