Ante el incumplimiento por parte del empleador del pago de algunos de los derechos o beneficios laborales , surge el derecho del trabajador de reclamarlos ante el Poder Judicial.
Sin embargo , en caso el trabajador haga su reclamo fuera del plazo legalmente establecido , perderá el derecho de accionar judicialmente en contra del empleador.
En este caso , se entenderá que ha prescrito ( vencido) , el derecho del trabajador da exigir judicialmente aquellos beneficios adeudados.
El plazo de prescripción ( vencimiento ) es de 04 años
Contados desde el momento en que el trabajador cesa en su relación laboral
( Ley 27321)
Ejemplo Un trabajador renuncia en diciembre 1992 y en el mes de diciembre 2001 el empleador aun no le paga sus beneficios sociales
¿ El trabajador puede iniciar un proceso laboral para el pago de su derechos y beneficios?
No.
A diciembre 2001 no puede exigir el pago en el poder judicial ,pues tuvo plazo hasta Julio 1998.
Fuente : Manual ABC de la legislación laboral peruana 2019
Manual ABC Legislación Laboral Peruana 2019
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