Convenio Nº 183 de la OIT sobre Protección de la Maternidad, 2000: Ratificación
Mediante D.S. 012-2016-RE (pub.24-2-2016) se ha ratificado el Convenio Nº 183 de la OIT sobre Protección de la Maternidad, 2000 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Convenio N° 183 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Protección de la Maternidad, 2000” fue adoptado el 15 de junio de 2000, por la Conferencia Internacional del Trabajo en su Octogésima Octava Reunión (88a) celebrada en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, el 30 de mayo de 2000; y aprobado por Resolución Legislativa N° 30312, del 21 de marzo de 2015; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio N° 183 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Protección de la Maternidad, 2000”, adoptado el 15 de junio de 200