El descanso pre y postnatal
El nuevo régimen establece 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal.
La nueva norma establece que el goce de 98 días podrá ser diferido, parcial o totalmente y acumulado en el periodo post natal, a decisión de la trabajadora gestante, tal como sucede en la actualidad.
Tal decisión deberá ser comunicada al empleador con una antelación no menor de dos meses a la fecha probable del parto”, finaliza la reciente ley.
Para recordar :
Hasta ahora era de 45 días en cada caso
Aprobación del congreso
El Pleno del Congreso aprobó el 21/10/2015 por unanimidad extender la licencia por maternidad de las trabajadoras peruanas de los actuales 90 días hasta los 98 días.
El proyecto fue aprobado por 92 votos a favor y cero en contra y abstenciones.
Aplicación de ley que extiende licencia por maternidad deberá esperar a la publicación de su reglamento
Primero la autógrafa de ley deberá ser promulgada por el Ejecutivo y luego se requerirá de un reglamento –que tardaría entre 60 a 90 días- donde se definirá si ampliación también se aplicará para quienes ya se encuentren en el periodo de licencia. Ampliación a 98 días solo regirá para trabajadoras del sector privado.
Usted debe saber :
Cabe recordar que en marzo 2015 el Congreso había anticipado esta decisión, tras publicar una Resolución Legislativa donde aprobaba el Convenio 183 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual dispone “el otorgamiento de la licencia por maternidad de al menos 14 semanas” (98 días), para todas las trabajadoras gestantes del país que suscriba el Convenio.
La ejecución de esta norma de la OIT quedó en manos del Ministerio de Trabajo, pero en vista de que pasaron los meses y no se dispuso nada, el Congreso tomó hoy la decisión de aprobar directamente un proyecto de ley donde se dispone la ampliación de la licencia de maternidad.
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