Proyecto ley
Congreso de la República
Se propone que el trabajador podrá laborar hasta el 31 de diciembre del año que cumpla 70 años
Proyecto de Ley 10260-2024-CR de fecha 18 de febrero de 2024
Planteamiento : Se planteó la modificación del artículo 57 del Decreto Legislativo 728, Ley de fomento del empleo, artículo versado sobre la jubilación obligatoria. ( D.S. 003-97-TR)
En la presente iniciativa se plantea modificar el artículo indicado para establecer la precisión en que caso se da la jubilación obligatoria, indicándose que se daría en el supuesto que el trabajador cumpla 70 años pudiendo continuar en su puesto de trabajo hasta el 31 de diciembre de año en el que el trabajador cumple dicha edad, salvo que se pacte lo contrario.
Legislación laboral vigente..
LPCL = D.S. 003-97-TR
Rgto 728 = D.S. 001-96-TR
El empleador puede cesar inmediatamente al trabajador cuando cumpla 70 años de edad, a menos que exista un acuerdo entre empleador y trabajador, o con el sindicato, que le impida ejercer tal potestad
Base legal : LPCL , art. 21).
Además es necesario para que opere automáticamente el cese que el trabajador esté en condiciones de percibir una pensión de jubilación, cualquiera sea su monto y con prescindencia del trámite que se siga para obtenerla
Base legal : Rgto. 728, art. 30).
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