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Derechos fundamentales de la persona
Toda persona tiene derecho:
(…)
2. A la igualdad ante la ley.
Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.
Base legal : Constitución Política del Perú 1993 , artículo 2 inciso 2
Ejemplo: en el caso de personas que profesan determinada religión o pertenezcan a un partido político.
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