No.
El empleador tiene la obligación de entregar el Boletín Informativo a los Trabajadores que no tienen un régimen de pensiones ya elegido.
Este Boletin sobre Afiliación a los Sistemas Pensionarios ,es el elaborado por el MTPE en coordinación con la ONP y la SBS, que contiene las características, diferencias y demás peculiaridades de los sistemas pensionarios vigentes - Ley 28991, art. 15. R.M. 044-2013-TR.
¿ Existe algún plazo para cumplir con dicha obligación ?
Tal obligación debe cumplirse dentro de los 10 días hábiles siguientes de iniciada la relación laboral - D.S. 009-2008-TR (pub. 27-11-08). Modificado por Res SBS 6202-2013 ( Publicado el 17/10/2013)
¿ Y si el empleador no cumple , que sucedería ? El incumplimiento constituye infracción leve en materia de relaciones laborales (Rgto. LGIT, art. 23.2)
¿ Cuál es el plazo que tiene el trabajador para comunicar su decisión ? El Trabajador tiene un plazo de 10 días para comunicar su elección , utilizando para tal fin el formato de “elección del sistema pensionario “ aprobado por R.M. 112-2013-TR
En caso no comunique se le afiliaría en el Sistema Privado de Pensiones.
Documento Laboral
Manual Obligaciones del empleador al ingreso de nuevos trabajadores
No todo es hacerle firmar su contrato e ingresar al trabajador en planilla.
Conozca en detalle cada obligación , evitando infracciones laborales.
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