[ Lea también : ¿Qué derechos tiene un locador de servicios ? Ver aqui ]
Quienes son contratados por esta modalidad no cumplen las mismas funciones de un trabajador regular que se encuentre en planilla
La modalidad de contratar a una persona como locador de servicios es común en el sector privado y en el público, aunque la Ley 31298 lo prohíbe en el caso del Estado.
Característica clave :
De un locador solamente se espera un resultado.
No importa la manera en que lo realice.
Ni el tiempo que demore.
Siempre y cuando lo entregue dentro de la fecha coordinada.
Es completamente autónomo.
Por lo cual, por ejemplo no deberá recibir capacitaciones porque es un trabajo que ya conoce y debe hacerlo a su manera.
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