Ejecutivo presenta propuesta alternativa para la devolución de aportes del Fonavi

 


Devolución aportes  Fonavi

Ejecutivo plantea que el cálculo de la devolución total de los aportes sea aplicando la actualización de la tasa de interés 

Consejo de Ministros aprobó el 21 /04/21  un proyecto de ley con carácter de urgencia que fue remitido al Congreso como una propuesta alternativa a la autógrafa de la devolución de fondos del Fonavi, que fue observada Ejecutivo.

La autógrafa  del Congreso ..
La autógrafa del Congreso dispone la devolución total de los aportes a los fonavistas independientes y dependientes, tanto por lo descontado de sus remuneraciones como los efectuados por sus empleadores.

Para ello, se busca dejar sin efecto el cálculo de 10 soles por cada aporte establecido anteriormente, y garantizar la devolución del monto total actualizado con el Índice de Precios al Consumidor
También desintegra la actual Comisión Ad Hoc, para instalar una nueva con mayor representación de fonavistas. Es así que ahora estaría conformado por dos integrantes del MEF, uno de la ONP y cuatro de la Federación Nacional de Fonavistas del Perú.

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Lo que propone el Ejecutivo..

1. Excluye a los fonavistas que se beneficiaron de sus recursos.

2  Solo considera los aportes de lo descontado de sus remuneraciones, y omite lo efectuado por sus empleadores

3  Plantea que el cálculo de la devolución total de los aportes sea aplicando la actualización de la tasa de interés legal, correspondiente al periodo entre el inicio de cada aportación hasta la fecha en que se efectúe la liquidación de la cuenta.

4. Esta devolución sería en efectivo o mediante depósito en cuenta en el Banco de la Nación.

5. La aplicación de la nueva fórmula de cálculo sería para aquellos fonavistas que hasta la fecha no han recibido nada y también para los que figuraron en las 19 listas publicadas hasta noviembre del 2019. Ya que el cálculo anterior solo otorgaba 10 soles por cada aporte realizado.

6  En las disposiciones complementarias, el Ejecutivo propone que la Comisión Ad Hoc quedará facultada de establecer un monto máximo a devolver, en función a la cantidad de beneficiarios, los aportes recaudados y los recursos efectivamente recuperados.

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