No toda ley laboral es retroactiva, aunque favorezca al trabajador.
Sólo es retroactiva aquella ley laboral que expresamente así lo declara ella misma.
El principio ' pro operario". Lo más beneficioso para el trabajador.
La vigencia retroactiva "pro operario" de la ley laboral no es un efecto automático de la misma; antes , debe considerársela excepcional y sujeta a declaración expresa de la propia norma.
Un problema .
El articulo 187., segundo párrafo, de la Constitución Polltica dispone, como regla, el que ninguna
ley tiene fuerza ni efectos retroactivos; y, como excepción, el que sí puede tenerlos en materia penal, laboral o tributaria, cuando es más favorable al reo, trabajador o contribuyente, respectivamente.
Pero ...
¿ Toda ley laboral que favorece a los trabajadores es universal y
automáticamente retroactiva?
No.
Para que una ley laboral sea retroactiva se requiere de
declaración expresa de la propia ley, requisito que no se exige en la ley penal o tributaria.
Ejemplos ;
1) La Ley No. 24514 -Antigua ley de estabilidad laboral- dispuso expresamente en su primera disposición transitoria que quedaban sin efecto las cartas de
despido cursadas, a partir del 28 de julio de 1985, al amparo del artículo 28o. del decreto ley 22126.
De este enunciado se desprenden varias valiosas conclusiones:
a) No toda la ley es retroactiva
.Si lo fuera, este artículo sería,innecesario. Estaría demás.
b) La retroactividad está limitada en el tiempo: sólo se retrotraen las cosas al 28 de julio de 1985.
Si la ley fuera necesariamente retroactiva, la fijación de
este límite temporal seria ilegal , pues iría contra la Constitución.
2.Otro ejemplo :
Con el decreto ley 22126, los "salarios caídos" -remuneraciones dejadas de percibir durante el litigio debían ser pagados, en caso de triunfar el trabajador, hasta un monto máximo de 6 remuneraciones mensuales.
En la nueva este tope no existe.
Si la nueva ley fuera retroactiva, los jueces ordenarían hoy pagar !"salarios caídos" sin tope por despidos producidos con la anterior ley.
Como la nueva ley no es retroactiva en este punto, si tal hicieran incurrirían en irrazonable , un imposible de aplicar.
Regresemos a la fuente .
Si la Constitución hubiera querido darle a la ley laboral una fuerza y un efecto siempre retroactivos, habría tenido que ser formulada en términos inversos: la regla como regla y la excepción como excepcion: toda ley laboral es retroactiva salvo (excepcionalmente o por excepción) cuando es menos favorable al trabajador.
Luego, no toda ley ni la integridad de toda ley laboral son retroactivas, aunque favorezcan al trabajador.
Lo son sólo aquellas y en aquella parte que la propia ley declara.
Un oscuro por venir...
El proyecto de ley aprobado por el Congreso de la República sobre el régimen laboral del trabajador del hogar.
Su promulgación, tal.como está por el Ejecutivo traerá como resultado , el.dia siguiente de su publicación en el.diario Oficial.El.Peruano.dos grupos de trabajadores del Hogar.
Lo que tenían empleo antes de la promulgación de la ley.
A ellos no se les aplicaría.
Los que tendrán empleo desde la fecha de vigencia de la nueva ley.
A ellos sí se les aplicaría.
Algo similar ocurrió hace tiempo con el trabajador de una Mype.
Se llegó a tener , según aplicación de normas sobre el tema, de hasta tres tipos de trabajadores Mypes en una misma empresa, considerando su fecha de ingreso .
Un.parche
Salvo que el.Congreso de la República de una Ley " parche" , que otorgue retroactividad a la norma , en todo ( poco probable) o en parte.( Lo más seguro).
@ctualizate.
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