¿Cese por limite de edad? ¿ Es legal ?



No existe estabilidad laboral para trabajador mayor de 70 años

Un trabajador (mayor de 70 años) demandó la reposición de su puesto de obrero permanente en cumplimiento del pacto tácito plasmado con la entidad demandada (una municipalidad).

El juez de primera instancia declaró infundada la demanda al considerar que la extinción de la relación laboral se debió a una causa objetiva (límite de edad y jubilación).

De otro lado, descartó la existencia de un pacto en contrario.

La Sala Superior revocó la sentencia, señalando que la demandada había consentido de forma tácita la continuidad de labores y que el cese había resultado unilateral y arbitrario.

Agregó que el trabajador sólo pudo ser despedido por una causa justa conforme a lo establecido en el D.S. 003-97-TR

En su recurso de casación el empleador denunció la infracción normativa por interpretación errónea del art. 21 del D.S. 003-97-TR



¿El despido fue válido a pesar de que se realizó luego de que el trabajador cumpliera 70 años de edad?

Fallo
Sí.

El empleador extinguió la relación laboral, pues el trabajador contaba con 70 años de edad; en ese sentido, correspondía su cese al haber alcanzado el límite establecido por Ley, de conformidad con el art. 21 (3er.párrafo del D.S. 003-97-TR)

En el caso en concreto no se ha configurado un despido incausado, pues la extinción de la relación
obedeció a un motivo contemplado en el ordenamiento legal.

Si bien al trabajador se le permitió continuar laborando meses después de haber cumplido 70 años, ello no impidió extinguir el vínculo por el motivo que la norma prevé; asimismo, tampoco se acreditó la existencia de un pacto en contrario.


Manual fin de la relación laboral por jubilación 2019

Extinción de la relación laboral por jubilación




Contenido
1.- La jubilación generación del derecho

2.- Adelanto de la jubilación

3.-Jubilación por disposición del empleador
Casos prácticos

4.- Jubilación automática por límite de edad
Casos prácticos

¿ Se puede cesar a un trabajador con mas de 70 años por falta grave?

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