Disponen la pre publicación del documento denominado “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción”, en el portal institucional del Ministerio
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 122-2019-TR
Lima, 26 de abril de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 236-2019-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; el Informe Técnico Nº 021-2019-MTPE/2/15.2 de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y el Informe Nº 1018-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2013-TR, tiene como uno de sus objetivos generales promover un marco normativo armónico, coherente e integral sobre seguridad y salud en el trabajo, adaptado a las necesidades de protección de los/as trabajdores/as;
Que, alineado a ello, el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2017-TR, establece como una de sus líneas de acción la actualización y adecuación de los reglamentos en materia de seguridad y salud en el trabajo sectoriales existentes, entre los cuales se menciona el correspondiente al sector construcción;
Que, en virtud de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo
N° 005-2012-TR, y modificatorias, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo coordinará la expedición de las reglamentaciones sectoriales y la elaboración de instrumentos técnicos con los sectores competentes;
Que, por ello, mediante Resolución Suprema N° 023-2018-TR, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la elaboración del informe técnico que contenga el proyecto de reglamento de seguridad y salud en el trabajo para el sector construcción, cuya conformación contó con la participación de los/las representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, en calidad de invitados, de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú y de la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO;
Que, la referida Comisión Multisectorial remitió al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el informe final que contiene un proyecto de reglamento de seguridad y salud en el trabajo para el sector construcción, que tiene como objeto establecer disposiciones mínimas para la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en el sector construcción, a nivel nacional;
Que, conforme con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y modificatorias, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el documento denominado “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción”, con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo;
Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, de la Directora General (e) de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y modificatorias; la Ley N° 29381, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2014-TR, y su modificatoria; la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y modificatoria, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la Oficina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la pre publicación del documento denominado “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción”, en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe); con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en general interesadas, por el plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Disponer que a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones, éstas se remitan a los correos electrónicos siguientes: ecaro@trabajo.gob.pe o lpalomino@trabajo.gob.pe.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten y la posterior elaboración del proyecto normativo que corresponda.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Documento de 457 paginas en formato PDF
En formato Excel :
a.- Tabla de jornales construcción civil 2019-2020
b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2019-2020
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 122-2019-TR
Lima, 26 de abril de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 236-2019-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; el Informe Técnico Nº 021-2019-MTPE/2/15.2 de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y el Informe Nº 1018-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2013-TR, tiene como uno de sus objetivos generales promover un marco normativo armónico, coherente e integral sobre seguridad y salud en el trabajo, adaptado a las necesidades de protección de los/as trabajdores/as;
Que, alineado a ello, el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2017-TR, establece como una de sus líneas de acción la actualización y adecuación de los reglamentos en materia de seguridad y salud en el trabajo sectoriales existentes, entre los cuales se menciona el correspondiente al sector construcción;
Que, en virtud de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo
N° 005-2012-TR, y modificatorias, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo coordinará la expedición de las reglamentaciones sectoriales y la elaboración de instrumentos técnicos con los sectores competentes;
Que, por ello, mediante Resolución Suprema N° 023-2018-TR, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la elaboración del informe técnico que contenga el proyecto de reglamento de seguridad y salud en el trabajo para el sector construcción, cuya conformación contó con la participación de los/las representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, en calidad de invitados, de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú y de la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO;
Que, la referida Comisión Multisectorial remitió al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el informe final que contiene un proyecto de reglamento de seguridad y salud en el trabajo para el sector construcción, que tiene como objeto establecer disposiciones mínimas para la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en el sector construcción, a nivel nacional;
Que, conforme con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y modificatorias, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el documento denominado “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción”, con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo;
Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, de la Directora General (e) de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y modificatorias; la Ley N° 29381, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2014-TR, y su modificatoria; la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y modificatoria, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la Oficina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la pre publicación del documento denominado “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción”, en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe); con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en general interesadas, por el plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Disponer que a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones, éstas se remitan a los correos electrónicos siguientes: ecaro@trabajo.gob.pe o lpalomino@trabajo.gob.pe.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten y la posterior elaboración del proyecto normativo que corresponda.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Manual régimen laboral construcción civil 2019-2020
En formato Excel :
a.- Tabla de jornales construcción civil 2019-2020
b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2019-2020
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