¿ El jefe le revisa su correo electrónico sin permiso?

En una empresa el jefe de contabilidad acostumbra revisar el correo electrónico asignado por la empresa  de su personal , esto con la finalidad de ver que no lo utilicen para fines no laborales.

¿ Eso es correcto?



A pesar que el correo electrónico ha sido proveeido por la empresa para el desarrollo de las funciones y tareas de su personal , esto no le autoriza y menos tiene la potestad de  ingresar ni revisar su contenido sin que exista autorización expresa del trabajador.

¿ Y si lo hace?
Si lo hace, constituye una violación al secreto de las comunicaciones, así como a su derecho a la intimidad y privacidad.

¿ Que puede hacer el trabajador en este caso?
Sin perjuicio de las acciones civiles y penales que el trabajador pudiera adoptar y en la medida que el supuesto materia de consulta constituye una violación de derechos constitucionales, el empleador podría ser objeto de una denuncia ante la Sunafil y ser pasible de una sanción de multa por la comisión de una falta muy grave en materia de relaciones laborales, conforme a lo establecido en el art. art. 25, num. 25.14 del RLGIT (actos de hostilidad y el hostigamiento sexual, así como cualquier otro acto que afecte la dignidad del trabajador o el ejercicio de sus derechos constitucionales).


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