La regla general
La regla general es que los días que se computan son los días real y efectivamente laborados
Es decir , si usted labora de lunes a viernes son 05 dias de trabajo real y efectivamente laborados.
La excepción a la regla
Excepcionalmente, se computan días que si bien no son laborados se entiende por tales por la ley.
¿ Y cuales son esas excepciones ?
Es el caso de la licencia por maternidad.
¿ Pero como se computa la licencia por maternidad?
Durante la vigencia del la licencia por maternidad se computan aquellos días que la trabajadora hubiera, en condiciones normales, laborado.
Ejemplo : Si la trabajadora a tenido 20 días por licencia por maternidad
Se computara como días laborados esos 20 días para el calculo de la compensación por tiempo de servicios.
Base legal : D.Leg. 892, art. 2
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Catálogos manuales de legislación laboral peruana 2017
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