Despido del trabajador por ebriedad

¿Cuántas veces un trabajador tendría que llegar ebrio al trabajo para ser despedido?



Configuración de esta falta
¿Cuándo se configura esta falta?
1.- Asistir al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o estupefacientes.

2.- Reiterancia : 
Considerando la naturaleza de las funciones del trabajador , la norma a establecido dos situaciones :

2.1..- Cuando las naturaleza de las funciones no reviste gravedad
Se requiere la reiteración del hecho .

La reiteración del hecho se configura , cuando habiendo ocurrido la primera situación , el empleador sanciono con medida disciplina al trabajador . El no hacerlo elimina la reiterancia legal.

Sancionado el trabajador con medida disciplinaria ( sea amonestación o suspensión ) , el cumplirse una segunda oportunidad , el empleador estará en la disposición de cesar a dicho servidor


2.2.- Cuando la naturaleza de las funciones reviste gravedad
No se exige la reiterancia , basta la concurrencia en dicho estado una sola vez.

¿Cuántas veces un trabajador tendría que llegar ebrio al trabajo para ser despedido?
Como se comprende de lo hasta aquí revisado , el tema de al reiterancia ( ¿ Cuántas veces?) se aplica según la naturaleza de las funciones del trabajador.

En el cuadro adjunto se da una idea de lo indicado.


Fuente : Revista laboral electrónica Actualizate

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