¿Los aportes al Seguro de Salud correspondientes a los trabajadores del sector agrario que perciben una remuneración diaria, que según lo dispuesto por el inciso a) del numeral 7.2 del artículo 7° de la Ley N.° 27360 incluye la compensación por tiempo de servicios y las gratificaciones por fiestas patrias y navidad, se deben determinar sobre el importe que se considera remuneración o sobre el total incluyendo tales conceptos?
Si.
El aporte a la Seguridad Social de los Trabajadores Agrarios equivale al 4 % sobre el total de la remuneración diaria ( R.D.) , que incluye los conceptos de :
a.- Compensación por tiempo de servicios
b.- Gratificaciones legales : Fiestas Patrias y Navidad
Fuente : Informe Sunat Nro 143-2016/5D0000
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