Res. 039-2016-SUNAFIL


Se aprueba la Directiva 001-2016-SUNAFIL/INII denominada "Reglas Generales para el ejercicio de la función inspectiva
Norma : Res. 039-2016-SUNAFIL
Publicado :  03/04/2016
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Esta directiva consolida en un solo cuerpo normativo todas las reglas generales y aspectos comunes de la actuación inspectiva en la etapa de diligencias previas al procedimiento sancionador.

La resolución y su anexo se publicaron en el portal web de la SUNAFIL el 3-4-16.
http://www.sunafil.gob.pe/portal/


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Lima, 31 de marzo de 2016
VISTOS: El Informe Nº 044-2016-SUNAFIL/INII de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y el Acta de Reunión Nº 05-2016-SUNAFIL/INII; y,

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral -
Sunafil, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 29981, la Sunafil es la autoridad central y el ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo a que se refiere la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo y en función de ello dicta normas y establece procedimientos para asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de su competencia;

Que, la Sunafil, en su calidad de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, ha procedido a realizar una revisión integral de la Ley General de Inspección del Trabajo, Ley Nº 28806, y de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2006- TR, tomando en cuenta su aplicación práctica desde su entrada en vigencia;

Que, producto de tal revisión se advirtió la necesidad de emitir una directiva de alcance nacional, que consolide en un solo cuerpo normativo, todas aquellas reglas generales y aspectos comunes de la actuación inspectiva en la etapa de diligencias previas al procedimiento sancionador, posibilitando una mayor estandarización de procedimientos durante la ejecución de las actuaciones inspectivas de investigación;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 189-2015-SUNAFIL, se publicó el proyecto de directiva denominada “Reglas generales para el ejercicio de la función inspectiva” a fin de que cualquier persona natural o jurídica formulen sus comentarios sobre dicha propuesta;

Que, de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunafil, aprobado
por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, la Intendencia Nacional de Inteligencia lnspectiva, es un órgano con autoridad técnico-normativa a nivel nacional, responsable de elaborar y proponer la Política Institucional en materia de Inspección del Trabajo, así como los planes, normas y reglamentos; emite directivas, lineamientos y mecanismos; y establece los procedimientos en el marco de sus competencias;

Que, según indica la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, en el informe del visto, el
mencionado proyecto normativo ha recibido diversos comentarios, los cuales han sido debidamente evaluados a fin de su consideración en la versión fi nal de aquel;

Con el visado del Secretario General, del Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y el literal q) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado con Decreto Supremo Nº 009- 2013-TR;

SE RESUELVE:
Artículo 1.-
APROBAR la Directiva Nº 001-2016-SUNAFIL/INII denominada “Reglas generales
para el ejercicio de la función inspectiva” la que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- DISPONER que la presente resolución y su anexo se publiquen en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral– Sunafi l (www.sunafil.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el diario ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese


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