Si , debido a que los conceptos remunerativos que integran la gratificación son aquellas cantidad que regularmente percibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación de su labor.
Por lo tanto , al ser la asignacuion familiar un concepto remunerativo por opción legal forma parte del calculo de la gratificación.
Base legal :
Articulo 2 Ley 27735
Nota : Existe otro criterio que considera a la asignación familiar como un concepto no remunerativo , por lo cual no es incluido en el calculo de la gratificacion legal.
Pero ese criterio no es compartido por el Ministerio de Trabajo.
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